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86 NORMAS LEGALES Sábado 8 de julio de 2023 El Peruano / dirigida al señor regidor para que asista a la sesión de juramentación e instalación del Concejo Distrital de Pacasmayo, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad. Consecuentemente, corresponde declarar insubsistente el procedimiento de vacancia incoado en su contra, por la causa prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la LOM, por cuanto, previamente a la sustanciación de dicho procedimiento, la autoridad cuestionada debe haber asumido el cargo para el que fue electo –lo cual ocurre desde la respectiva juramentación (ver SN 1.3. y 1.4.). 2.7. En ese sentido, corresponde disponer lo siguiente: a. Al señor alcalde, para que, en el plazo improrrogable de tres (3) días hábiles , luego de la noti fi cación de la presente resolución, convoque y cite al concejo municipal a efectos de llevar a cabo la ceremonia de juramentación del señor regidor en el cargo para el que fue electo; asimismo, al realizar la citación señalada, deberá cumplir con las formalidades de noti fi cación previstas en el artículo 21 del TUO de la LPAG ; bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias autenticadas de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a fi n de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe la conducta del burgomaestre, de acuerdo con sus competencias. b. Al señor regidor, para que asista a la ceremonia de juramentación a la que será convocado y cumpla con el deber de juramentar en el cargo para el que fue electo; bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de dejar sin efecto la credencial que le fue otorgada y convocar al candidato no proclamado en su reemplazo. c. Al señor alcalde, para que en el plazo improrrogable de tres (3) días hábiles , luego de la realización de la ceremonia antes precisada, remita a este órgano electoral los documentos que acrediten el cumplimiento del mandato contemplado en los literales a) y b) de este considerando; bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias autenticadas de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a fi n de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe la conducta del burgomaestre, de acuerdo con sus competencias. 2.8. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. Declarar NULO el acto de noti fi cación a la sesión de juramentación e instalación del Concejo Distrital de Pacasmayo, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad, dirigida a don Luis Alberto Ulfe Ventura, regidor electo para la referida comuna; e INSUBSISTENTE el procedimiento de vacancia incoado en su contra, por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses; prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. REQUERIR a don Ricardo Orlando Guanilo Ayala, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacasmayo, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad, para que, dentro del plazo de tres (3) días hábiles, luego de habérsele noti fi cado con el presente pronunciamiento, cumpla con convocar y citar al concejo municipal a efectos de llevar a cabo la ceremonia de juramentación de don Luis Alberto Ulfe Ventura en el cargo para el que fue electo; asimismo, al realizar la citación señalada, deberá cumplir con las formalidades de noti fi cación previstas en los artículos 21 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. Todo ello, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias autenticadas de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a fi n de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe la conducta del burgomaestre, de acuerdo con sus competencias. 3. REQUERIR a don Luis Alberto Ulfe Ventura, regidor electo del Concejo Distrital de Pacasmayo, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad, para que asista a la ceremonia de juramentación a la que será convocado y cumpla con el deber de juramentar en el cargo para el que fue electo; bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de dejar sin efecto la credencial que le fue otorgada y convocar al candidato no proclamado en su reemplazo. 4. REQUERIR a don Ricardo Orlando Guanilo Ayala, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacasmayo, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad, para que, dentro del plazo de tres (3) días hábiles, luego de la realización de la ceremonia antes precisada, remita a esta institución los documentos que acrediten el cumplimiento del mandato contemplado en los numerales 2 y 3 de la presente resolución; bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias autenticadas de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a fi n de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe la conducta del burgomaestre, de acuerdo con sus competencias. 5. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENAS ESPINOZA VALENZUELARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAROYARCE YUZZELLIMarallano Muro Secretaria General (e) 1 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 2193835-1 MINISTERIO PÚBLICO Aceptan renuncia de fiscal del Distrito Fiscal de La Libertad RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 038-2023-MP-FN-JFS Lima, 3 de julio de 2023 VISTO Y CONSIDERANDO: La carta del abogado Carlos Alberto Pinedo Sandoval, presentada el día 29 de mayo de 2023, a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos contra la Criminalidad Organizada, elevada al Despacho de la Fiscalía de la Nación el día 2 de junio del presente año; mediante la cual, renuncia al cargo de fi scal adjunto provincial especializado contra la criminalidad organizada de La Libertad, del Distrito Fiscal de La Libertad por