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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2023 (16/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Jueves 16 de marzo de 2023 El Peruano / de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto a la Compensación Económica del Señor alcalde y la Dieta de los Señores Regidores de la Municipalidad Distrital de Mala, remite los actuados para su elevación al Pleno del Concejo Municipal del Distrito de Mala; Que, estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9º numeral 28) y el artículo 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del acta, el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- APROBAR la Compensación Económica mensual del Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mala, para el Ejercicio Fiscal 2023, en la suma de S/. 7500.00 (Siete Mil Quinientos y 00/100 soles), en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1° y Anexo Rango I del Decreto Supremo N° 413-2019-EF. Artículo Segundo.- APROBAR el monto de la Dieta que percibirá cada Regidor del Concejo Distrital de Mala, para el Ejercicio Fiscal 2023, por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo ascendiente a la suma de S/. 487.50 (Cuatrocientos Ochenta y Siete y 50/100 soles), resultando aplicable hasta 02 Dietas mensuales por asistencia efectiva a las dos Sesiones Ordinarias realizadas al mes, por el importe total de S/. 975.00 (Novecientos Setenta y Cinco y 00/100 soles). Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, y a la Sub Gerencia de Recursos Humanos, el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, DISPONER a la Sub Gerencia de Estadística e Informática, cumpla con realizar la publicación del presente acuerdo en la página web del portal institucional de la Municipalidad Distrital De Mala (www.munimala.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JULIO MARQUINHO ESPICHAN ASIN Alcalde del Distrito de Mala 2160698-2 Designan responsable de la actualización del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de Mala RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 039-2023-MDM/C Mala, 6 de enero del 2023VISTO:El Memorándum N° 015-2023-GM-MDM, de fecha 06 de enero del 2023, suscrito por la Gerencia Municipal y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Título IV, sobre Descentralización, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; las Municipalidades son personas jurídicas de derecho público con autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se promueve la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la información pública consagrado en el numeral 2 del artículo 5 de la Constitución Política del Perú; asimismo; mediante Ley N° 27927, Ley que modi fi ca la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se modi fi can e incorporan varios artículos a la Ley Nº 27806; Que, con fecha 11 de diciembre de 2019, se publica el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, el cual aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública - TUO de Ley Nª 27806; Que, el artículo 3º, del mencionado marco normativo, establece que, “Todas las actividades y disposiciones de las entidades comprendidas en la presente Ley están sometidas al principio de publicidad. Los funcionarios responsables de brindar la información correspondiente al área de su competencia deberán prever una adecuada infraestructura, así como la organización, sistematización y publicación de la información a la que se re fi ere esta Ley. (…) La entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada”. Que, el artículo 5º, señala que, “Las entidades de la Administración Pública establecerán progresivamente, de acuerdo a su presupuesto, la difusión a través de internet de la siguiente información: 1. Datos generales de la entidad de la Administración Pública que incluyan principalmente las disposiciones y comunicados emitidos, su organización, organigrama, procedimientos, el marco legal al que está sujeta y el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos, que la regula, si corresponde; 2. La información presupuestal que incluya datos sobre los presupuestos ejecutados, proyectos de inversión, partidas salariales y los beneficios de los altos funcionarios y el personal en general, así como sus remuneraciones y el porcentaje de personas con discapacidad del total de personal que labora en la entidad, con precisión de su situación laboral, cargos y nivel remunerativo; 3. Las adquisiciones de bienes y servicios que realicen. La publicación incluirá el detalle de los montos comprometidos, los proveedores, la cantidad y calidad de bienes y servicios adquiridos; 4. Actividades oficiales que desarrollarán o desarrollaron los altos funcionarios de la respectiva entidad, entendiéndose como tales a los titulares de la misma y a los cargos del nivel subsiguiente; y 5. La información adicional que la entidad considere pertinente”; Que, el último párrafo del mencionado artículo 5ª, establece que, “La entidad pública deberá identi fi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet”. Asimismo, el artículo 4ª del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, señala “(...) La designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial EI Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas”; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 063-2010- PCM, Decreto Supremo que aprueba la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las Entidades de la Administración Pública, establece: “Aprobar la implementación del Portal de Transparencia estándar en las entidades de la administración pública. Dicha herramienta informática contiene formatos estándares bajo los cuales cada entidad registrará y actualizará su información de gestión de acuerdo a lo establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica ya los plazos establecidos en ella, sin perjuicio de la información adicional que la Entidad considere pertinente publicar. Dicha herramienta se presenta en una versión amigable con de fi niciones expresadas en un lenguaje claro y sencillo para un mejor entendimiento de la ciudadanía en general.”; Que, mediante Memorándum N° 015-2023-GM- MDM, de fecha 06 de enero del 2023, suscrito por la Gerencia Municipal solicita se designe a Bach. Angela Raquel Trinidad Suarez en su condición de Gerente