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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2023 (16/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Jueves 16 de marzo de 2023 El Peruano / Comisiones Ordinarias. El acuerdo determinará quien la presidirá y precisará el encargo y el plazo. Artículo 88º .- Para la conformación de comisiones investigadoras se requiere el voto favorable de no menos del 25 % (veinticinco por ciento) del total de miembros hábiles del concejo. Los informes y conclusiones de las comisiones investigadoras son públicos y puestos en consideración del concejo municipal. Artículo 89º .- Las Comisiones Investigadoras tienen un Presidente, quién será responsable de: i) Convocar, por escrito, con cargo de recepción y presidir las sesiones; ii) Suscribir el despacho de la Comisión;iii) Suscribir con el Secretario (a), las Actas de las sesiones de la Comisión; iv) Informar al Concejo sobre las actividades de la Comisión. Artículo 90º .- Los regidores y las comisiones dispondrán de ambientes adecuados y contarán con apoyo administrativo para el cumplimiento de sus funciones. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera : Deróguese la Ordenanza Nº 269-MDSMM, así como cualquier otro dispositivo que resulte contrario a la presente ordenanza Segunda : Durante los periodos de Emergencia Sanitaria y Estados de Emergencia declarados por la autoridad competente, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 13 A de la Ley Orgánica de Municipalidades, las sesiones del Concejo Municipal del Distrito de Santa María del Mar y las reuniones de trabajo de sus comisiones de regidores, podrán desarrollarse de manera virtual o remota, utilizando las herramientas digitales pertinentes. Tercera : Facúltese al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias necesarias para la debida aplicación de la presente ordenanza. Cuarta : La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, encargándose a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el mismo, y a la Ofi cina de Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional. 2159293-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Declaran situación de emergencia en el distrito de La Perla, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales ACUERDO DE CONCEJO N° 18-2023-MDLP La Perla, 14 de marzo de 2023EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA PERLAVISTO:En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 14 de Marzo de 2023; el Informe N° 312-2023-SGGRD-GDU-MDLP emitido por la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres con fecha 14 de marzo de 2023; Informe N° 059-2023-GDU-MDLP emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano con fecha 14 de marzo de 2023; el Informe N° 195-2023-GAJ-MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica con fecha 14 de marzo de 2023; el Memorándum N° 384-2023-GM-MDLP emitido por Gerencia Municipal con fecha 14 de marzo de 2023; y,CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Informe Situacional Nº D000005- 2023-INDECI-DIRES, de fecha 11 de marzo de 2023, emitido por el Director de Respuesta de dicha entidad, en el cual se señala que, en base a los informes emitidos por el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI, el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED) y la Sub Dirección de Sistematización de Información sobre Escenarios de Riesgo de Desastres – SD SIERD de la Dirección de Preparación del INDECI, se ha determinado que varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lima, Moquegua, Puno y Tacna; y, de la Provincia Constitucional del Callao, son los más expuestos al peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales; Que, en el citado Informe Situacional, la Dirección de Respuesta del INDECI señala que se ha identi fi cado la presencia de elementos expuestos ante la probabilidad de intensas precipitaciones pluviales, identi fi cándose más de 2’000,000 de pobladores expuestos en el nivel de Riesgo Muy Alto ante la probabilidad de intensas precipitaciones pluviales, así como, viviendas, instituciones educativas, puentes, infraestructura productiva pública y privada, vías de comunicación, entre otros; Que, mediante Decreto Supremo N° 035-2023-PCM publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 13 de marzo de 2023, el Gobierno Central declaró el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lima, Moquegua, Puno y Tacna; y, de la Provincia Constitucional del Callao por encontrarse en peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan; Que, de conformidad con la Ley N° 29664 – Ley que crea el Sistema Nacional del Riesgo de Desastres – SINAGERD, en los gobiernos locales son los responsables y ejecutores de los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres dentro de sus respectivos ámbitos de competencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29664, el mismo que en su Artículo 11° numeral 11.4 establece que los gobiernos locales en los casos de peligro inminente establecen los mecanismos necesarios de preparación para la atención a la emergencia con el apoyo del INDECI; Que, mediante el Informe N° 312-2023-SGGRD-GDU- MDLP de fecha 14 de marzo de 2023, la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres señala que al estar excluido el distrito de La Perla de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 035-2023-PCM, es recomendable declarar la situación de emergencia en el distrito de La Perla por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias del riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan; Que, mediante Informe N° 059-2023-GDU-MDLP de fecha 14 de marzo de 2023, la Gerencia de Desarrollo Urbano solicita a Gerencia Municipal priorizar la atención e implementación de medidas y acciones necesarias en respuesta a la reducción del riesgo existente o al peligro inminente de las personas expuestas, considerando que los daños continuaran aumentando en las próximas horas a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales; Que, mediante Informe N° 195-2023-GAJ-MDLP de fecha 14 de marzo de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de declarar la situación