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28 NORMAS LEGALES Martes 14 de noviembre de 2023 El Peruano / Que, mediante el Informe N° D000270-2023-PCM- SSGD, la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros señala que, se encuentra pendiente de atención los acuerdos y compromisos asumidos en el marco del espacio creado; por lo que, persiste la necesidad de continuar articulando y coordinando acciones con las entidades públicas y privadas, y otros actores locales y nacionales, para coadyuvar a la solución de la problemática social de la provincia de Alto Amazonas; Que, la referida Subsecretaría, propone y sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 11 de la Resolución de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 016-2022-PCM/SGSD, modi fi cado por la Resolución Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 007-2023-PCM/SGSD, a fi n de ampliar el periodo de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 14 de mayo del 2024, a efecto que se cumpla con su objeto de creación; agrega la Subsecretaría, que se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 11 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 016-2022-PCM/SGSD, modi fi cado por la Resolución Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 007-2023-PCM/SGSD Modifíquese el artículo 11 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 016-2022-PCM/SGSD, modi fi cado por la Resolución Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 007-2023-PCM/SGSD, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 11.- Periodo de vigencia El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 14 de mayo del 2024. Dicha vigencia puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica”.Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEXANDRA AMES BRACHOWICZ Secretaria de Gestión Social y Diálogo 2234295-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Decreto Supremo que dispone la puesta en ejecución del Cuarto Protocolo Adicional al Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio DECRETO SUPREMO N° 006-2023-MINCETUR LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el 17 de octubre de 2003 fue suscrito el Acuerdo Marco para una Asociación Económica más Cercana entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Reino de Tailandia, aprobado por el Congreso de la República mediante Resolución Legislativa N° 28431 del 23 de diciembre de 2004 y rati fi cado mediante Decreto Supremo N° 010-2005-RE, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 27 de enero de 2005; Que, mediante Decreto Supremo N° 120-2011-RE, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 25 de octubre LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES