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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Jueves 30 de noviembre de 2023 El Peruano / OPP y el Informe N° 00091-2023/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 00475-2023/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego, así como del Jefe de la O fi cina General de Administración y del Jefe de la O fi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisando además que las transferencias fi nancieras en el caso del Gobierno Nacional, se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego y se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, con la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprobó el Tarifario que establece el monto de la retribución económica; así como, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG, la Contraloría General de la República aprobó la Directiva N° 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, la cual tiene por fi nalidad establecer el marco normativo de los procesos de la Gestión de Sociedades de Auditoría que comprenden el registro, designación y contratación de las Sociedades de Auditoría, a fi n de desarrollar las atribuciones de la Contraloría General de la República en el marco de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control de la Contraloría General de la República, y modi fi catorias, que permita contribuir oportunamente con la efi ciencia, economía y legalidad en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado; Que, mediante O fi cio N° 000456-2023-CG/GAD, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República solicita a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, la transferencia de la retribución económica y documentos necesarios para la designación y contratación de la sociedad de auditoría encargada de realizar la auditoría fi nanciera por los periodos 2023 y 2024, así como el pago por derecho de designación por los periodos antes mencionados; Que, el numeral 76.1 del artículo 76 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; Que, el literal a) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, deberá efectuar su registro cuando la ejecución corresponde a gastos corrientes, se registran en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.1. Donaciones y Transferencias Corrientes”; Que, con Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 058- 2023, se autorizó la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001: Agencia de Promoción de la Inversión Privada del Pliego 055: Agencia de Promoción de la Inversión Privada, hasta por la suma de S/ 156,326.00 (Ciento Cincuenta y Seis Mil Trescientos Veintiséis con 00/100 Soles) a favor de la Unidad Ejecutora 196: Contraloría General de la República, para la contratación de la Sociedad de Auditoría por el periodo 2023, y que corresponde a la totalidad de la retribución económica del referido periodo; Que, mediante el Informe N° 00097-2023/OA/FIN, el Área de Finanzas de la O fi cina de Administración, en atención al O fi cio N° 000456-2023-CG/GAD de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República, recomienda a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto impulsar el acto resolutivo que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para los servicios de auditoría fi nanciera correspondiente al periodo 2024; Que, por medio del Proveído N° 02868-2023/OA, la Ofi cina de Administración hace suya la recomendación del Informe N° 00097-2023/OA/FIN, y solicita a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto tomar acción a efectos de cumplir con la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para los servicios de auditoría fi nanciera correspondiente al periodo 2024; Que, mediante Memorándum N° 00307-2023/OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 00091-2023/OPP, por el cual emite opinión favorable sobre la aprobación de la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República a efectos de fi nanciar el 100% de la retribución económica para la contratación de la sociedad de auditoría encargada de la auditoría fi nanciera gubernamental por el periodo 2024; Que, a través del Informe Legal N° 00475-2023/ OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que es legamente viable emitir el acto resolutivo que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Que, conforme lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por el Decreto Supremo N° 185-2017-EF, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad y del pliego presupuestal, correspondiéndole por tanto emitir el acto resolutivo, que apruebe la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada parcialmente por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG; la Directiva N° 05-2022- CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, aprobada por la Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG; y, el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por el Decreto Supremo N° 185-2017-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001: Agencia de Promoción de la Inversión Privada del Pliego 055: Agencia de Promoción de la Inversión Privada, hasta por la suma de S/ 156,326.00 (Ciento Cincuenta y Seis Mil Trescientos Veintiséis con 00/100 Soles) a favor de la Unidad Ejecutora 196: Contraloría General de la República del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar el 100% de la retribución económica, destinada a la contratación de la Sociedad de Auditoría que realizará la auditoría fi nanciera gubernamental por el periodo 2024. Artículo 2.- Financiamiento La autorización a la que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución será atendida con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 055: Agencia de Promoción de la Inversión Privada para el año fi scal 2023, según el siguiente detalle: