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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Jueves 30 de noviembre de 2023 El Peruano / DEL En Soles PLIEGO : 055 Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : 001 Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN CATEGORÍA PRESUPUESTARIA : 9001 Acciones CentralesPRODUCTO : 3999999 Sin ProductoACTIVIDAD : 5000003 Gestión AdministrativaFUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 2.4.1 Donaciones y Transferencia2.4.1.3 A Otras Unidades del Gobierno2.4.1.3.1 A Otras Unidades del Gobierno2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional 156,326.00 -------------- TOTAL 156,326.00 -------------- AL PLIEGO : 019 Contraloría General UNIDAD EJECUTORA : 196 Contraloría General 156,326.00 --------------- TOTAL 156,326.00 --------------- Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe) y en la sede digital de PROINVERSIÓN (www.gob.pe/proinversion), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Director Ejecutivo 2240186-1 CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Aprueban la Guía para el Plan de Desarrollo Local Concertado Provincial y Distrital para la mejora de planes estratégicos con enfoque territorial RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 0094-2023/CEPLAN/PCD Lima, 28 de noviembre de 2023VISTO: El Proveído N° 002639-2023-CEPLAN-DE de la Dirección Ejecutiva; el Memorandos N° D000318-2023-CEPLAN-DNCP, el Memorando N° D00351-2023-CEPLAN-DNCP, el Informe N° D000058-2023-CEPLAN-DNCP-JSL y el Informe N° D000064-2023-DNCP-JSL, de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico; y el Informe Nº 00300-2023-CEPLAN-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN; y, CONSIDERANDO:Que, los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Perú reconocen la autonomía política, económica y administrativa de los gobiernos regionales en los asuntos de su competencia, disponiendo, además, que dichos gobiernos promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, el artículo 3 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, dispone que la descentralización tiene como fi nalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en bene fi cio de la población; Que, el artículo 97 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que los planes de desarrollo municipal concertados y sus presupuestos participativos tienen un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales, son aprobados por los respectivos concejos municipales. De igual forma, el artículo IX del Título Preliminar de la norma citada, establece que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando las municipalidades con sus vecinos; Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las políticas nacionales y sectoriales consideran los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales y locales, concordado con el carácter unitario y descentralizado del gobierno de la República; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el sub numeral 3 del numeral I artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1088, dispone que una de las funciones generales del CEPLAN es asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollos, con la fi nalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, que establece los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y con una visión de largo plazo; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 001-2017/CEPLAN/PCD, “Directiva para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, establece que la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN aprueba las guías e instrumentos metodológicos necesarios para orientar la actualización de planes y políticas a diferentes niveles, considerando el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00060-2021/CEPLAN/PCD, de fecha 16 de diciembre del 2021, se dispone la publicación del proyecto de Guía para el Plan de Desarrollo Local Concertado-Provincial para la mejora de planes estratégicos con enfoque territorial en el portal institucional, a efectos de recibir comentarios y sugerencias que permitan optimizar el contenido de dicho proyecto; Que, mediante Memorando N° D000318-2023- CEPLAN-DNCP, la Directora de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico hace suyo el Informe N° D000058-2023-CEPLAN-DNCP-JSL, a través del cual se señala que dado el tiempo transcurrido desde la última publicación, no han existido cambios sustanciales en la legislación u otros, que hagan necesaria una nueva publicación antes de su aprobación; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2009-PCM, establece en el literal w) de su artículo 13 que es