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76 NORMAS LEGALES Sábado 14 de diciembre de 2024 El Peruano / Construcción y Saneamiento en el marco de sus competencias, desarrolla como función exclusiva el aprobar la regulación reglamentaria sectorial y el plan nacional en materia de saneamiento, así como asignar recursos y transferirlos a las empresas prestadoras de los servicios de agua potable y saneamiento y eventualmente a los gobiernos regionales y locales a fi n de que ejecuten proyectos de inversión en saneamiento, conforme a la normativa en la materia; Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es el Ente rector en materia de los servicios de agua potable y saneamiento, y como tal le corresponde planifi car, diseñar, normar, ejecutar y hacer cumplir las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno, en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; Que, la Ley N° 32041, Ley que dispone la implementación de los sistemas de gestión de calidad (SGC) ISO 9000, ISO 9001 e ISO 9004 en las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS), tiene por objeto disponer la implementación de los sistemas de gestión de calidad basados en las normas ISO 9000, ISO 9001 e ISO 9004, así como otras normas técnicas aplicables a los referidos sistemas, en las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento, con la fi nalidad de alcanzar la mejora de la calidad de los servicios de agua potable y saneamiento para ayudar a reducir la brecha en el acceso a dichos servicios; Que, la Única Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32041 establece que, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se aprueba el Reglamento de la citada norma; Que, el artículo 81 y el literal b) del artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, establecen que la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento es el órgano de línea del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento responsable de formular y proponer las políticas nacionales y sectoriales en la materia de saneamiento; y, tiene como función, entre otras, el proponer o aprobar y difundir normas, planes, reglamentos, lineamientos, directivas, procedimientos, metodologías, mecanismos y estándares, entre otros, de alcance nacional en la materia de saneamiento, en el marco de las políticas y normas que se vinculen; Que, a través de los documentos de vistos, la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, sustenta y propone el proyecto de Reglamento de la Ley N° 32041, Ley que dispone la implementación de los sistemas de gestión de calidad (SGC) ISO 9000, ISO 9001 e ISO 9004 en las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS), el cual tiene por objeto regular la citada norma; así como, establecer la implementación progresiva de los sistemas de gestión de calidad en las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento, que contribuya con la mejora de los servicios de agua potable y saneamiento, siempre que exista disponibilidad presupuestal y que no se afecte la sostenibilidad y la prestación de los mismos; Que, el numeral 14.7 del artículo 14 del Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por el Decreto de Supremo N° 007-2022-JUS, establece que todo proyecto de reglamento ejecutivo debe ser publicado para recibir opiniones de la ciudadanía, de conformidad a las normas establecidas en el Capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, o la norma que lo sustituya; Que, de acuerdo con el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; añadiendo el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del mencionado Reglamento que el plazo para la recepción de comentarios, aportes u opiniones sobre proyectos normativos publicados no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación; Que, conforme al sustento propuesto por la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, corresponde disponer, por medio de Resolución Ministerial, la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32041, Ley que dispone la implementación de los sistemas de gestión de calidad (SGC) ISO 9000, ISO 9001 e ISO 9004 en las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS); Que, a través del Informe N° D00321-2024-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, desde el punto de vista legal, emite opinión favorable a la emisión de la presente Resolución Ministerial; De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y modifi catoria; la Ley N° 32041, Ley que dispone la implementación de los sistemas de gestión de calidad (SGC) ISO 9000, ISO 9001 e ISO 9004 en las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS); el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y modifi catoria; y, el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del proyecto de Decreto Supremo Disponer la publicación del proyecto Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32041, Ley que dispone la implementación de los sistemas de gestión de calidad (SGC) ISO 9000, ISO 9001 e ISO 9004 en las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS), en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 2.- Plazo Establecer un plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de publicación de la presente Resolución Ministerial, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía. Artículo 3.- De la presentación de la Información Los comentarios, aportes u opiniones pueden ser presentados en el enlace: “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32041, Ley que dispone la implementación de los sistemas de gestión de calidad (SGC) ISO 9000, ISO 9001 e ISO 9004 en las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS)”, ubicado en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda). Artículo 4.- Consolidación de información Encargar a la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento la consolidación de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Regístrese, comuníquese y publíquese.DURICH FRANCISCO WHITTEMBU RY T ALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2353544-1