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64 NORMAS LEGALES Sábado 14 de diciembre de 2024 El Peruano / 2024, así como en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1.- Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia 1.1. Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 10 308 577,00 (DIEZ MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio del Interior, en el marco de la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : M del Interior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 904 007,002.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 2 435 349,00 2.3 Bienes y Servicios 2 769 221,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 3 200 000,00 =========== TOTAL EGRESOS 10 308 577,00 =========== A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 7 108 577,00 GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 3 200 000,00 =========== TOTAL EGRESOS 10 308 577,00 =========== 1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo I “Transferencia de Partidas del Ministerio del Interior a favor de la Reserva de Contingencia” que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2.- Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos locales 2.1. Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 21 697 724,00 (VEINTIUN MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de diversos gobiernos locales para fi nanciar gastos asociados a la lucha contra la delincuencia, a través de la continuidad y sostenibilidad de los servicios básicos relacionados con la seguridad ciudadana, en el marco de lo establecido en el literal c) del numeral 1 y en el numeral 2 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 15 311 645,00 GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 6 386 079,00 =========== TOTAL EGRESOS 21 697 724,00 =========== A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos localesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 973 393,00 2.3 Bienes y Servicios 14 338 252,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 6 386 079,00 =========== TOTAL EGRESOS 21 697 724,00 =========== 2.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 2.1, se encuentra en el Anexo II “Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de gastos asociados a la lucha contra la delincuencia”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3.- Procedimiento para la aprobación institucional 3.1 El titular del pliego habilitador en la transferencia de partidas del numeral 1.1 del artículo 1 y de los pliegos habilitados en las transferencias de partidas del numeral 2.1 del artículo 2, aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en los citados artículos del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 3.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 3.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como