TEXTO PAGINA: 71
71 NORMAS LEGALES Domingo 22 de diciembre de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante la Resolución Ministerial Nº 564-2023-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 334 060 122,00 (CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SESENTA MIL CIENTO VEINTIDOS Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el numeral 1 de la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza en el Año Fiscal 2024, a los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, a modi fi car su presupuesto institucional respecto a los recursos correspondientes a saldos de balance por las fuentes de fi nanciamiento distintas a Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, solo para reducir su Presupuesto Institucional Modi fi cado; asimismo, el numeral 3 de la citada Disposición Complementaria Final, establece que la modi fi cación del presupuesto institucional se aprueba mediante resolución del titular de la entidad para el caso de los pliegos del Gobierno Nacional, y mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal para el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente; disponiendo que, la resolución del titular de la entidad y el acuerdo del consejo regional se publica en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del consejo municipal se publica en la sede digital del gobierno local; siendo que, copia de la resolución, acuerdo de consejo regional y acuerdo de consejo municipal, según corresponda, se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, mediante el Memorando Nº D00782-2024- VIVIENDA/VMCS-PNSR, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR) remite los Informes Nº D00317-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSR-3.1 y Nº D00284-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSR-UPP-SU-P de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº D03815-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSR-4.1 y el Informe Nº D00012-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSR-UTP-SU-E-JCE de la Unidad Técnica de Proyectos, el Memorando Nº D01586-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSR-4.2 de la Unidad Técnica de Gestión Territorial y el Memorando Nº D00701-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSR-AMAZONIARURAL de la UGP-Amazonía Rural, con los cuales se sustenta y solicita la reducción del presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, por la suma de S/ 29 066 385,00 (VEINTINUEVE MILLONES SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias y por la suma de S/ 5 762 193,00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, en el marco de lo dispuesto en la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, con el Memorando Nº D03684-2024-VIVIENDA/ SG-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo y remite el Informe Nº D00302-2024-VIVIENDA/SG-OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, mediante el cual, en el marco de lo dispuesto en la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la citada Ley Nº 32185, emite opinión favorable para la reducción del presupuesto institucional para el Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, por la suma de S/ 29 015 775,00 (VEINTINUEVE MILLONES QUINCE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias y por la suma de S/ 5 762 193,00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados; Que, mediante el Informe Nº D00390-2024- VIVIENDA/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en el numeral 3 de la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, corresponde se expida una Resolución Ministerial para la modi fi cación del presupuesto institucional para el Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural; Que, en consecuencia, es necesario modi fi car el presupuesto institucional para el Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, por la suma de S/ 29 015 775,00 (VEINTINUEVE MILLONES QUINCE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias y por la suma de S/ 5 762 193,00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Modifíquese el Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, hasta por la suma de S/ 29 015 775,00 (VEINTINUEVE MILLONES QUINCE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, y hasta por la suma de S/ 5 762 193,00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, en el marco de lo establecido en la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, de acuerdo al detalle de los Anexos Nº 01 “Detalle de Ingresos” y Nº 02 “Detalle de Egresos”, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Notas para Modi fi cación Presupuestaria La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a la Unidad Ejecutora, a fi n que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria”, que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos se remiten dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/ vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2356531-1