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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (22/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Domingo 22 de diciembre de 2024 El Peruano / el numeral 156.1 del artículo 156 establece sobre los Parámetros de E fi ciencia que son: «Valores necesarios que la Autoridad Nacional del Agua deberá establecer para determinar de forma objetiva, si los usuarios de agua y los operadores de infraestructura hidráulica, hacen uso efi ciente del recurso hídrico»; Que, asimismo el numeral 156.2 del artículo 156 del citado Reglamento prescribe que: Los criterios a considerar para el establecimiento y evaluación de los Parámetros de E fi ciencia son determinados por la Autoridad Nacional del Agua; Que, en ese sentido, la Dirección de Administración de Recursos Hídricos con informe técnico del visto sustenta los «Lineamientos para determinar los parámetros de efi ciencia y entrega de incentivos por el aprovechamiento de los recursos hídricos» que comprende las directrices para establecer los parámetros de e fi ciencia para el aprovechamiento de los recursos hídricos aplicables a los operadores y usuarios de agua, su clasi fi cación, la responsabilidad para su implementación y el otorgamiento de certi fi cados de e fi ciencia; además, se indica que los Lineamientos se encuentran alineados con los Objetivos de Desarrollo Sostenible - ODS 6: Agua Limpia y Saneamiento, de la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible; Que, cabe mencionar además que los Lineamientos fueron publicados mediante Resoluciones Jefaturales N° 107-2016-ANA y N° 142-2019-ANA, habiéndose recepcionado los aportes y comentarios de interesados y público en general; Que, los Lineamientos han incluido la opinión de los sectores productivos conforme establece el numeral 156.3 del artículo 156 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos según se advierte con Ofi cio N° 00030-2011-MINAM/VMGA/DGCA del Ministerio del Ambiente, el O fi cio N° 030-2021-MINEM/ VME del Ministerio de Energía y Minas, el O fi cio N° 00000369-2021-PRODUCE/SG del Ministerio de la Producción y el O fi cio N° 094-2021-VIVIENDA/VMC- S-DGPRCS del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, se advierte además que los Lineamientos cuentan con opinión de la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos con Informe Técnico N° 0001-2024-ANA-DPDRH/JCRS, la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos con Informe Técnico N° 0004-2024-ANA-DCERH/NSP y la Dirección de Organización de Usuarios de Agua con Informe Técnico N° 0016-2024-ANA-DOUA/AMVB y de la Dirección del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos con Memorando N° 0256-2024-ANA-DSNIRH; Que, asimismo cuenta con la opinión favorable de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto según es de verse en el Informe N° 0053-2024-ANA-OPP-UPM del Unidad de Planeamiento y Modernización y de la O fi cina de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal de vistos, en el cual se opina que legalmente es viable su aprobación; Que, los «Lineamientos para determinar los parámetros de e fi ciencia y entrega de incentivos por el aprovechamiento de los recursos hídricos» se sustentan en lo previsto en el numeral 14 del artículo 15 de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 156 de su Reglamento; asimismo la propuesta se enmarca como Estrategia de Intervención del Eje de Política: Gestión de la Cantidad contemplado en la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos aprobada por Decreto Supremo N° 006-2015-MINAGRI; Con los vistos de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, de la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos, de la Dirección del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la Gerencia General; y de conformidad con lo dispuesto en Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, el Decreto Supremo N° 006-2015-MINAGRI; en uso de las facultades previstas por el literal g) artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de Lineamientos Aprobar los «Lineamientos para determinar los Parámetros de E fi ciencia y entrega de incentivos por el aprovechamiento de los recursos hídricos», y sus anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Web Institucional: www.gob.pe/ana. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ GENARO MUSAYÓN AYALA Jefe 2356526-1 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Autorizan la Segunda Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 166-2024- CONCYTEC-P Lima, 20 de diciembre de 2024 VISTOS: Los O fi cios Nº(s) 000391-2024-CG/SGE, 000499-2024-CG/SGE y 000268-2024-CG/PLPREPI de la Contraloría General de la República; el Memorando Nº D000871-2024-CONCYTEC-OGPP y el Informe Nº D00047-2024-CONCYTEC-OGPP-OPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y; el Informe Nº D000110-2024-CONCYTEC-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 14º de la Ley Nº 31250, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sinacti), el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Concytec) es un organismo técnico especializado, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros: tiene personería jurídica de derecho público interno y autonomía cientí fi ca, administrativa, económica y fi nanciera. Constituye un pliego presupuestal. Asimismo, el Concytec tiene por fi nalidad normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación y promover e impulsar su desarrollo mediante la acción articulada y complementaria entre los integrantes del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sinacti); Que, con Resolución de Presidencia Nº 153-2023-CONCYTEC-P, de fecha 27 de diciembre de 2023, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, conforme a lo señalado en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, establece las normas y disposiciones requeridas para el fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, con la fi nalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y e fi ciente del control gubernamental, así como de optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción;