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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (28/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Sábado 28 de diciembre de 2024 El Peruano / de las entidades públicas o privadas y la ciudadanía en general; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; el Decreto Supremo Nº 017-2015-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Disponer la publicación del proyecto de “Resolución Ministerial que tiene por objeto aprobar las disposiciones para facilitar la aplicación y elaboración del Informe Técnico Sustentatorio y su contenido mínimo, así como la comunicación previa respecto de acciones que no requieren modi fi cación respecto de la industria manufacturera y comercio interno” y sus anexos en la sede digital del Ministerio de la Producción (www. gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, por el plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la referida publicación, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas o privadas y la ciudadanía en general. Artículo 2.- Mecanismo de participación Disponer que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto normativo al que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial sean presentados a través de la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) o en la Mesa de Partes del Ministerio de la Producción, ubicada en la Calle Uno Oeste Nº 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, con atención a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, o remitidos a la dirección de correo electrónico: dgaami@ produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2357619-1 Designan Asesor II de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000503-2024- PRODUCE Lima, 27 de diciembre de 2024 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II de la Secretaría General del Ministerio de la Producción, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo;De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar, a partir del 2 de enero de 2025, al señor LUIS ALBERTO ANDRADE OLAZO en el cargo de Asesor II de la Secretaría General del Ministerio de la Producción. Artículo 2.- El mencionado servidor debe presentar su Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas y su Declaración Jurada de Intereses, conforme al procedimiento y plazos establecidos en la normatividad vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2357615-1 Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 del Ministerio de la Producción (Ajustado al PIA) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000504-2024- PRODUCE Lima, 27 de diciembre de 2024VISTOS: El Memorando N° 00001255-2024- PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 00000416-2024-PRODUCE/OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 00001386-2024-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que, corresponde a los Ministros de Estado la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el inciso 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, indica que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440 dispone entre otros que, el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente,