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41 NORMAS LEGALES Sábado 28 de diciembre de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al puesto de Asesor(a) de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Betty Armida Sotelo Bazán, en el puesto de Asesora de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2357774-1 Resolución Directoral que establece la Programación de Compromisos Anual (PCA) para el Año Fiscal 2025 y dispone otra medida RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0042-2024-EF/50.01 Lima, 26 de diciembre de 2024CONSIDERANDO:Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene como funciones, entre otras, el programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; así como promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria; Que, el artículo 1 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, señala que el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2025, comprende, entre otros, los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales; Que, conforme al artículo 37 del Decreto Legislativo N° 1440, la Programación de Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de programación del gasto público, de corto plazo, por toda fuente de fi nanciamiento, que permite compatibilizar la programación de caja de ingresos y gastos, con la real capacidad de fi nanciamiento para el año fi scal respectivo, en el marco de las reglas fi scales vigentes; estableciendo, entre otros, que dicho instrumento es determinado por la Dirección General de Presupuesto Público; Que, mediante la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0009-2024- EF/50.01, se regula, entre otros, los procedimientos de determinación, revisión y actualización de la PCA en los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, disponiendo en su artículo 8 que la PCA es determinada antes del inicio del año fi scal y aprobada mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Presupuesto Público, a nivel de pliego; Que, en consecuencia y de conformidad con las competencias de la Dirección General de Presupuesto Público, resulta necesario establecer la PCA del Año Fiscal 2025 para los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales; Que, asimismo, en el marco de las facultades de la Dirección General de Presupuesto Público, establecidas en el inciso 4 del numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, referidas a promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria, es necesario disponer medidas excepcionales, durante el Año Fiscal 2025, para que la actualización de la PCA de los pliegos del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales, en las genéricas del gasto de la categoría del gasto “Gasto de Capital”, se realice de forma inmediata a través del SIAF-SP, dándoles una mayor fl exibilidad a la ejecución de dichos recursos; asimismo, se establece que los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales consideren la capacidad de ejecución de los recursos en dichas genéricas del gasto a fi n de contribuir a una mayor efi ciencia y predictibilidad en la ejecución de los gastos de capital; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y en el artículo 8 de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Establecer la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente al Año Fiscal 2025, para los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, ascendente a la suma de S/ 175 383 395 776,00 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento. Los montos aprobados de la PCA por nivel de gobierno y a nivel de pliego se detallan en el Anexo I: Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente al Año Fiscal 2025, Anexo II: Programación de Compromisos Anual correspondiente al Año Fiscal 2025 del Gobierno Nacional, Anexo III: Programación de Compromisos Anual correspondiente al Año Fiscal 2025 de los gobiernos regionales y Anexo IV: Programación de Compromisos Anual correspondiente al Año Fiscal 2025 de los gobiernos locales, que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Disposiciones sobre la PCA La PCA no convalida los actos o acciones que realicen los pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la utilización fi nanciera de los recursos públicos asignados conforme a la normatividad vigente; así como tampoco, en ningún caso, la PCA constituye el sustento legal para la aprobación de las resoluciones que aprueben modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, de acuerdo a lo señalado en el numeral 10.3 del artículo 10 de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01. Artículo 3.- Compromiso Los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, para realizar el compromiso correspondiente a los gastos que se fi nancian con cargo a fuentes de fi nanciamiento distintas a la de Recursos Ordinarios, deben considerar la previsión en la recaudación, captación y obtención de recursos por las fuentes de fi nanciamiento antes mencionadas que esperan obtener en el Año Fiscal 2025, en concordancia