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59 NORMAS LEGALES Sábado 6 de enero de 2024 El Peruano / Cesan por límite de edad a Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Cusco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 027-2024-MP-FN Lima, 5 de enero de 2024VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio Nº 011-2024-MP-FN-OREF, cursado por la abogada Silvia Karina Avila Lam, Gerenta de la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, mediante el cual informa que la abogada Rosa Alcira Yabar Salazar, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Wanchaq, cumplirá 70 años de edad, el 13 de enero del año en curso, adjuntando copia de la consulta en línea efectuada al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 13 de enero de 2024, a la abogada Rosa Alcira Yabar Salazar, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Wanchaq, y su adecuación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 181-2020-MP-FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 03 de febrero de 2020 y 29 de enero de 2021, respectivamente; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2250753-1 Cesan por límite de edad a Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 028-2024-MP-FN Lima, 5 de enero de 2024VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio Nº 010-2024-MP-FN-OREF, cursado por la abogada Silvia Karina Avila Lam, Gerenta de la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, mediante el cual informa que el abogado Freddy Mariano Torres Parodi, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designado en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo, cumplirá 70 años de edad, el 18 de enero del año en curso, adjuntando copia de la consulta en línea efectuada al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.SE RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 18 de enero de 2024, al abogado Freddy Mariano Torres Parodi, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designado en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1772-2021-MP-FN, de fecha 14 de diciembre de 2021; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2250754-1 Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Pasco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 029-2024-MP-FN Lima, 5 de enero de 2024VISTOS Y CONSIDERANDO:Los o fi cios Nros. 2154, 2207, 2337 y 2454-2023-MP- FN-PJFSPASCO, cursados por el abogado Ever Luis Zapata Lavado, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Pasco, mediante los cuales eleva las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Paucartambo-Pasco, con sede en el Distrito de Paucartambo, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la Ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. El Fiscal de la Nación Interino como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa verifi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al