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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (07/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de febrero de 2024 El Peruano / Que, asimismo, el literal a) del artículo 3 de la Ley N° 28874, dispone que, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, para la autorización de realización de publicidad estatal, se debe contar como requisito con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las cuales deben adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, el artículo 68 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM, establece que la Secretaría de Comunicación Social es el órgano de línea con autoridad técnico normativa responsable de desarrollar, coordinar e implementar la política de comunicación social del Poder Ejecutivo, la publicidad o fi cial del gobierno y la generación de contenidos de interés público que respondan a las necesidades de comunicación de la sociedad con los objetivos de la gestión gubernamental; Que, bajo dicho marco normativo, mediante el Informe N° D000050-2024-PCM-SCS-DN-MAYL e Informe N° D000102-2024-PCM-DN-MAYL, la Secretaría de Comunicación Social propone y sustenta la necesidad de aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros - Año 2024, con el objetivo de comunicar a la ciudadanía las acciones llevadas a cabo por el Poder Ejecutivo; Que, a través del Informe N° D000004-2024-PCM- OPL e Informe N° D000013-2024-PCM-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, emite opinión favorable sobre la citada propuesta, en el ámbito de planeamiento y presupuesto, respectivamente; Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros - Año 2024; Con el visado de la Secretaría de Comunicación Social, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros - Año 2024; el mismo que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/ pcm), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2259289-1 Designan Jefe de Oficina I de la Oficina de Relaciones Nacionales e Internacionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 031-2024-PCM Lima, 6 de febrero de 2024 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe/a de O fi cina I de la O fi cina de Relaciones Nacionales e Internacionales de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al/a la servidor/a que desempeñará el citado cargo;De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor EDUARDO MIGUEL HILARION PEREZ DEL SOLAR MARCENARO, en el cargo de Jefe de O fi cina I de la O fi cina de Relaciones Nacionales e Internacionales de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2259357-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 026-2024-MINCETUR Lima, 5 de febrero de 2024 VISTOS, el Informe N° 0020-2024-MINCETUR/SG/ OGPPD/OPP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; el Memorándum N° 111-2024-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; el Memorándum N° 052-2024-MINCETUR/DM/OCI, de la Jefa (e) del Órgano de Control Institucional; el Informe N° 0016-2024-MINCETUR/SG/OGA/OAF/SDC de la Sub Dirección de Contabilidad de la O fi cina de Administración Financiera; el Memorándum Nº 147-2024-MINCETUR/SG/OGA/OAF de la O fi cina de Administración Financiera; el Memorándum N° 099-2024-MINCETUR/SG/OGA y Memorándum Nº 100-2024-MINCETUR/SG/OGA de la O fi cina General de Administración; el O fi cio N° 000055-2024-CG/SGE de la Contraloría General de la República; y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, esta Entidad es el Organismo Rector del Sector Comercio Exterior y Turismo, que forma parte del Poder Ejecutivo y constituye un pliego presupuestal con autonomía administrativa y económica de acuerdo a ley; Que, por Resolución Ministerial Nº 393-2023-MINCETUR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, en adelante, Ley Nº 30742, tiene por objeto establecer normas y disposiciones requeridas para el fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, con la fi nalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y e fi ciente del control gubernamental, así como de optimizar sus capacidades orientadas a la lucha contra la corrupción;