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64 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de febrero de 2024 El Peruano / Hasta el 30 de junio de 2024 Corte Superior de Justicia de Junín- 1° Juzgado de Trabajo Transitorio-HuancayoCorte Superior de Justicia de Lima- 9° Juzgado Civil Transitorio-LimaCorte Superior de Justicia de Lima Norte- 2° Juzgado de Trabajo Transitorio-IndependenciaCorte Superior de Justicia de Lima Sur- Juzgado Civil Transitorio-San Juan de Mira fl ores - Juzgado de Paz Letrado de Familia Transitorio-Villa El Salvador Hasta el 31 de julio de 2024Corte Superior de Justicia de Cajamarca- Sala Civil Transitoria-CajamarcaCorte Superior de Justicia de Huánuco- Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar-Rupa Rupa Corte Superior de Justicia de Junín- 2° Juzgado de Trabajo Transitorio de Ejecución- Huancayo Corte Superior de Justicia de Lambayeque- Juzgado de Familia Transitorio-JaénCorte Superior de Justicia de Lima- 7° Juzgado Civil Transitorio-Lima - 10° Juzgado Civil Transitorio-Lima Corte Superior de Justicia de Lima Este- Sala Civil Transitoria-AteCorte Superior de Justicia de Piura - 1° Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar-Piura Corte Superior de Justicia de la Sullana- Juzgado de Paz Letrado Transitorio-SullanaCorte Superior de Justicia de Ucayali- Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar-Coronel Portillo Artículo Segundo.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca: a) Que la Sala Civil Permanente de la provincia y Corte Superior de Justicia de Cajamarca redistribuya aleatoriamente a la Sala Civil Transitoria de la misma provincia y Corte Superior, como máximo 300 y 100 expedientes en etapa de trámite de las subespecialidades civil-civil y civil-constitucional, considerándose aquellos expedientes que no tengan vista de causa programada al 31 de marzo de 2024; así como aquellos a los que se les haya programado audiencias de vista de causa con posterioridad al mes de mayo de 2024 y con fecha más lejana, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. b) Desestimar la solicitud del presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, sobre la asignación de un órgano jurisdiccional para que atiende expedientes en etapa de ejecución; y en su defecto, que dicha presidencia disponga que las áreas técnicas efectúen el seguimiento a las actividades realizadas para la ejecución de sentencias judiciales emitidas en los procesos de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), a fi n de dar mayor celeridad a la culminación de los expedientes en etapa de ejecución de dicha subespecialidad, en bene fi cio de los justiciables c) Que el 2° Juzgado de Trabajo Permanente de la provincia de Cajamarca redistribuya aleatoriamente al Juzgado de Trabajo Transitorio de la misma provincia, un máximo de 250 expedientes en etapa de trámite de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de marzo de 2024; no debiendo considerarse en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de cali fi cación y ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. d) Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca adopte las medidas administrativas pertinentes para mejorar el nivel resolutivo de la Sala Civil Permanente de la provincia de Cajamarca y del Juzgado de Trabajo Transitorio de la misma provincia, en razón de que al mes de diciembre de 2023 presentaron respectivamente un avance de meta del 89% y 90%, menores al avance ideal del 100% que debieron presentar en dicho período. Artículo Tercero.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Huaura: a) Prorrogar, a partir del 1 de marzo hasta el 31 de mayo de 2024, el turno abierto del 1° Juzgado de Trabajo Transitorio del distrito de Huacho, para recibir expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP). b) Prorrogar, a partir del 1 de marzo hasta el 31 de mayo de 2024, el cierre de turno del 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes del distrito de Huacho, para recibir expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP). c) Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura adopte las medidas administrativas necesarias para elevar el bajo nivel resolutivo del 1° Juzgado de Trabajo Transitorio del distrito de Huacho, en razón de presentar un bajo avance de meta del 83%, el cual es menor al avance ideal del 100% que corresponde al mes de diciembre de 2023, observándose que tiene un atraso cercano a los dos meses. Artículo Cuarto.- Disponer que el presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad adopte las medidas administrativas necesarias, para elevar el bajo nivel resolutivo del 3° Juzgado de Trabajo Transitorio de Descarga de la provincia de Trujillo al haber alcanzado un avance de meta del 88% en el mes de diciembre de 2023, cifra inferior al avance ideal del 100% correspondiente al mencionado mes. Artículo Quinto.- Disponer que la Secretaria General comunique al señor Segundo Reynaldo García Vergara que, si bien la creación de órganos jurisdiccionales es una atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, esta implementación depende de una asignación presupuestal que disponga el Gobierno Central, y, asimismo, que el requerimiento de un Juzgado de Paz Letrado Mixto para el distrito de Laredo de la provincia de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad, está incluido dentro de la propuesta de creación de quinientos sesenta y nueve nuevos órganos jurisdiccionales permanentes, cuyo trámite estará a cargo de la Gerencia General de este poder del Estado. Artículo Sexto.- Disponer que el 1° Juzgado de Familia Permanente de la provincia de Jaén, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, redistribuya de manera aleatoria