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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (28/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de febrero de 2024 El Peruano / febrero, 3 y 17 de marzo, 15 de junio, 7 y 21 de julio, 4 y 16 de agosto, 1 y 15 de setiembre de 2023. c) Actas de las sesiones ordinarias de concejo, del 3 y 20 de enero, 3 y 17 de febrero, 3 y 17 de marzo, 14 y 21 de abril, 15 de junio, 7 y 21 de julio, 4 y 16 de agosto, 1 y 15 de setiembre de 2023. d) Solicitud de vacancia, presentada, el 2 de noviembre de 2023, por don Marco Antonio Mariñas Aguilar en contra del señor regidor, por las inasistencias a las sesiones ordinarias del 12 y 19 de mayo y 2 de junio de 2023. e) Carta, preavisos y cédulas de noti fi cación, para las sesiones ordinarias del 12 y 19 de mayo y 2 de junio de 2023. f) Actas de las sesiones ordinarias, del 12 y 19 de mayo y 2 de junio de 2023, g) Carta Nº 187-2023-MDM/SG, del 9 de noviembre de 2023, dirigida al señor regidor, sobre convocatoria para la sesión extraordinaria de concejo programada para el 17 del mismo mes y año. h) Acta de preaviso de noti fi cación, del 9 de noviembre de 2023. i) Cédula de Noti fi cación Nº 001-MDM/SG, del 10 de noviembre de 2023. j) Acta de Sesión Extraordinaria Nº 00009-2023 del Concejo de la Municipalidad Distrital de Matara, del 17 de noviembre de 2023 (en adelante, Acta de Sesión Extraordinaria Nº 00009-2023), que contiene el Acuerdo de Concejo Nº 088-2023-MDM/CM, sobre la declaración de la vacancia del señor regidor. k) Acta de preaviso de noti fi cación, del 17 de noviembre de 2023, respecto a la Carta Nº 198-2023-MDM/SG. l) Carta Nº 198-2023-MDM/SG, del 20 de noviembre de 2023, sobre noti fi cación del Acta de Sesión Extraordinaria Nº 00009-2023. m) Cédula de Noti fi cación Nº 001-MDM/SG, del 20 de noviembre de 2023, sobre el Acta de Sesión Extraordinaria Nº 00009-2023. n) Informe Nº 0003-2024-MDM/SG, emitido el 18 de diciembre de 2023, por la responsable de la O fi cina de Secretaría General de la municipalidad, respecto a no impugnación a la decisión adoptada por el concejo distrital. o) Resolución de Alcaldía Nº 0024-2024-MDM/A, del 30 de enero de 2024, que declaró consentido el Acuerdo de Concejo Nº 0088-2023-MDM/CM. p) Comprobante de tasa electoral. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. Los numerales 4 y 5 del artículo 178 establecen como atribuciones del Jurado Nacional de Elecciones las siguientes: 4. Administrar justicia en materia electoral. 5. Proclamar a los candidatos elegidos; el resultado del referéndum o el de otros tipos de consulta popular y expedir las credenciales correspondientes. En la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones 1.2. Los literales j y u del artículo 5 señalan como funciones de este organismo electoral: j. Expedir las credenciales a los candidatos elegidos en los respectivos procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares; […] u. Declarar la vacancia de los cargos y proclamar a los candidatos que por ley deben asumirlos; […] En la LOM1.3. El numeral 7 del artículo 22 prescribe que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses. 1.4. El tercer y cuarto párrafo del artículo 13 determinan lo siguiente: Artículo 13.- Sesiones del concejo municipal […] En la sesión extraordinaria solo se tratan los asuntos prefi jados en la agenda; tiene lugar cuando la convoca el alcalde o a solicitud de una tercera parte del número legal de sus miembros. En el caso de no ser convocada por el alcalde dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la petición, puede hacerlo el primer regidor o cualquier otro regidor, previa noti fi cación escrita al alcalde. Entre la convocatoria y la sesión mediará cuando menos un lapso de 5 (días) hábiles. 1.5. El artículo 23 precisa que: La vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notifi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. El acuerdo de concejo que declara o rechaza la vacancia es susceptible de recurso de reconsideración, a solicitud de parte, dentro del plazo de 15 (quince) días hábiles perentorios ante el respectivo concejo municipal. El acuerdo que resuelve el recurso de reconsideración es susceptible de apelación. El recurso de apelación se interpone, a solicitud de parte, ante el concejo municipal que resolvió el recurso de reconsideración dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes, el cual elevará los actuados en el término de 3 (tres) días hábiles al Jurado Nacional de Elecciones, que resolverá en un plazo máximo de 30 (treinta) días hábiles, bajo responsabilidad. La resolución del Jurado Nacional de Elecciones es defi nitiva y no revisable en otra vía. […] En el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 1 (en adelante, TUO de la LPAG) 1.6. El numeral 1 del artículo 10 dispone: Artículo 10.- Causales de nulidad Son vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, los siguientes: 1. La contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias. 1.7. El artículo 21 prevé: Artículo 21.- Régimen de la noti fi cación personal 21.1 La noti fi cación personal se hará en el domicilio que conste en el expediente, o en el último domicilio que la persona a quien deba noti fi car haya señalado ante el órgano administrativo en otro procedimiento análogo en la propia entidad dentro del último año. 21.2 En caso que el administrado no haya indicado domicilio, o que éste [ sic] sea inexistente, la autoridad deberá emplear el domicilio señalado en el Documento Nacional de Identidad del administrado. De veri fi car que la notifi cación no puede realizarse en el domicilio señalado en el Documento Nacional de Identidad por presentarse alguna de las circunstancias descritas en el numeral 23.1.2 del artículo 23, se deberá proceder a la noti fi cación mediante publicación. 21.3 En el acto de noti fi cación personal debe entregarse copia del acto noti fi cado y señalar la fecha y hora en que es efectuada, recabando el nombre y fi rma de la persona con quien se entienda la diligencia. Si ésta [ sic] se niega a fi rmar o recibir copia del acto notifi cado, se hará constar así en el acta, teniéndose por bien noti fi cado. En este caso la noti fi cación dejará constancia de las características del lugar donde se ha notifi cado.