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65 NORMAS LEGALES Domingo 10 de marzo de 2024 El Peruano / contratación, que deban realizarse ante el OSCE, el Tribunal de Contrataciones del Estado y la Contraloría General de la República, entre otros, gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y pedidos de información y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades vinculadas a la contratación estatal, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 y 49 del TUO de la Ley Nº 30225 y los artículos 25, 26 y 27 del Reglamento. 13. Evaluar y aprobar la oferta económica que supere el valor estimado en las contrataciones de bienes, servicios y consultorías en general; y hasta el límite máximo del valor referencial previsto en la Ley en caso de consultorías de obras, de acuerdo al artículo 68 del Reglamento, concordante con los numerales 28.1 y 28.2 del TUO de la Ley Nº 30225. 14. Iniciar las comunicaciones sobre la presunta comisión de infracciones, actuaciones y otros actos vinculados a los procedimientos de contrataciones, que deben realizarse ante el OSCE y el Tribunal de Contrataciones del Estado, de acuerdo a la normatividad vigente. 15. Aprobar los expedientes de contratación y las solicitudes de expresión de interés para selección de consultores individuales o solicitudes de cotización para comparación de precios, según el Reglamento. En materia de Gestión de Recursos Humanos:16. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás servidores de la Municipalidad. 17. Autorizar y resolver las acciones de personal respecto al cese de los trabajadores, rotaciones, así como aquellas que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal comprendido, en los diferentes regímenes laborales de la Administración Pública. En materia administrativa y de gestión:18. Representar a la Municipalidad ante cualquier autoridad y/o dependencia administrativa para solicitar y proseguir procedimientos administrativos destinados a la obtención de autorizaciones, permisos, saneamiento físico legal, inscripción y/o modi fi caciones registrales, cambio de titularidad de dominio y/o cualquier otro derecho que sea necesario para asegurar los intereses de la entidad, para lo cual podrán presentar todo tipo de escritos, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas. 19. Suscribir actas de transferencia vehicular, escrituras públicas y cualquier otra documentación pública y/o privada a favor de la Municipalidad y/o en bene fi cio de otra entidad y/o empresa, que se tramiten ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP y cualquier entidad pública o privada. 20. Ejercer la representación legal de la Entidad, en la suscripción de contratos bancarios y fi nancieros. 21. Ejercer la representación legal, en el ámbito de su competencia, ante el Programa Nacional de Bienes incautados, para que gestione y autorice ante el citado Programa, los trámites relacionados con la solicitud de asignación en uso temporal y declinación o conclusión de asignación en uso temporal de bienes muebles e inmuebles. 22. Autorizar el pago por reconocimiento de crédito devengado y el enriquecimiento sin causa . En este caso, se dispondrá el inicio del deslinde de responsabilidades que correspondan, poniendo en conocimiento los hechos a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios. 23. Suscribir contratos en materia civil para el ejercicio de sus funciones. 1.4. O fi cina de Logística y Control Patrimonial Se delega en la O fi cina de Logística y Control Patrimonial la facultad de aprobar los expedientes de contratación de solicitudes de cotización para comparación de precios, según lo dispuesto en los artículos 41 y 48 del Reglamento de la Ley Nº 30225.1.5. O fi cina General de Comunicaciones e Imagen Institucional Se delega en la O fi cina General de Comunicaciones e Imagen Institucional la facultad de presentar los anexos respectivos de autorización previa de publicidad estatal en razón de necesidad o utilidad pública en periodo electoral, así como el Formato de reporte posterior de publicidad estatal. 1.6. Gerencia de Desarrollo Urbano Se delegan en la Gerencia de Desarrollo Urbano las siguientes facultades: 1. Aprobar los Expedientes Técnicos de ejecución o consultoría de obras, sea que se realice por contrata o por ejecución presupuestaria directa. 2. Aprobar, suscribir u observar la liquidación de proyectos de inversión pública, liquidación técnica fi nanciera de obra y consultoría, de su competencia, previo informe técnico del área usuaria. 3. Designar a los supervisores o inspectores de obras, de conformidad a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 1.7. Gerencia de Desarrollo Humano Se delega en la Gerencia de Desarrollo Humano la facultad de aprobar, suscribir u observar la liquidación de proyectos de inversión pública, de su competencia, previo informe técnico del área usuaria. 1.8. Gerencia de Gestión Ambiental Se delega en la Gerencia de Gestión Ambiental la facultad de aprobar, suscribir u observar la liquidación de proyectos de inversión pública, de su competencia, previo informe técnico del área usuaria. 1.9. Gerencia de Seguridad Ciudadana Se delega en la Gerencia de Seguridad Ciudadana la facultad de aprobar, suscribir u observar la liquidación de proyectos de inversión pública, de su competencia, previo informe técnico del área usuaria. 1.10. Gerencia de Administración Tributaria Se delega en la Gerencia de Administración Tributaria la facultad de aprobar, suscribir u observar la liquidación de proyectos de inversión pública, de su competencia, previo informe técnico del área usuaria. Artículo 2.- Los Funcionarios y directivos públicos que cuenten con delegación a través de la presente Resolución deberán dar cuenta a la Gerencia Municipal y a la Alcaldía de las resoluciones y actos administrativos emitidos como producto de la presente delegación de funciones, según corresponda. Artículo 3.- Los actos administrativos que se expidan en base a la delegación de facultades contenidas en la presente resolución deben efectuarse con observancia a las disposiciones legales y administrativas que las rigen, bajo responsabilidad funcional y administrativa del funcionario competente que autoriza el acto administrativo pertinente. Artículo 4.- Las facultades y representación delegadas son expresas, no sujetas a interpretación por extensión o analogía. Artículo 5.- Dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 098-2022-MDL, y sus modi fi catorias aprobadas con las Resoluciones de Alcaldía Nº 137-2022-MDL, Nº 050-2023-MDL, Nº 075-2023-MDL, Nº 094-2023-MDL, Nº 134- 2023-MDL y la Nº 141-2023-MDL y toda disposición que se oponga a la presente Resolución. Artículo 6.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional (www.gob.pe/munilince). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MALCA SCHNAIDERMAN LARA Alcaldesa 2268791-1