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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2024 (16/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Sábado 16 de marzo de 2024 El Peruano / 13. (...) después de una exhaustiva revisión, se percató que la costura del expediente se encontraba alterada, aclarando que éste no había sido solicitado posteriormente al 02JUL2019, después que Manuel LUNA CHOQUE PATA, lo tuviera en su poder fuera del Segundo Módulo Civil (...). Asimismo, añadió que de ninguna manera está permitido que especialistas y secretarios judiciales de otros juzgados, tengan acceso a expedientes que no se encuentren a su cargo y menos que los lleven fuera del módulo al que pertenecen y que en esta oportunidad, accedió a prestar el expediente a Carlos MONTAÑEZ LUDEÑA, de buena fe y sin medir las consecuencias, desconociendo que Manuel LUNA CHOQUE PATA, lo sacaría del módulo y los fi nes de tal acto. (...)17. (...), Carlos Alberto MONTAÑEZ LUDEÑA, (...), a fi rmó que Augusto Julio CARPIO SOTO, se habría acercado a su escritorio aproximadamente a las 10:40 indicándole que el expediente que le solicitó ya se encontraba donde Lew Kent FLORES TORRES, agradeciéndole el favor e indicándole que ya se acercaría a sacar las copias, siendo el caso que a las 12.40 aprox., nuevamente se acercó a su escritorio Manuel LUNA CHOQUE PATA, a quien le indicó que el expediente ya se encontraba donde el encargado de sacar las copias (Lew Kent FLORES TORRES) y que hablara con éste para que le permitiera sacar las copias; luego a las 14:15 aprox. se le acercó Julio Augusto CARPIO SOTO, indicándole que el expediente tercamente se lo había llevado Manuel LUNA CHOQUE PATA, fuera del Segundo Módulo Civil, a pesar que no estaba permitido, respondiéndole que una vez que terminaría el proyecto de resolución que estaba haciendo, lo iría a buscar a su módulo, lo cual no fue necesario porque a las 14:45 aprox., regresó Manuel LUNA CHOQUE PATA, con el expediente, quien ante el reproche que le hizo, le manifestó que se fue al Primer Módulo a sacar las copias porque Lew Kent FLORES TORRES no habría querido sacarle, recibiendo el expediente aparentemente normal, el cual inmediatamente se lo devolvió a Augusto Julio CARPIO SOTO para que éste a su vez lo internara en el archivo. (...)19. Por su parte, Manuel LUNA CHOQUE PATA, Asistente Judicial a cargo del Archivo Modular del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, negó las imputaciones efectuadas por sus compañeros, aduciendo que Vanesa PRESBÍTERO VARGAS y Edy PRESBÍTERO VARGAS son sus amistades y que el 2JUL2019, fueron ellos quienes le solicitaron ver el Expediente N° 3914-2018-0-0401-JR-CI-06, a pesar que éste no se encontraba en su módulo, por lo que ante la insistencia de éstos le solicitó por teléfono a su amigo Carlos MONTAÑEZ LUDEÑA le consiguiera el expediente, quien según re fi ere, a los cinco minutos cuando lo volvió a llamar, le habría indicado que ya tenía el expediente en su escritorio, por lo que subió a su módulo y éste personalmente, (...) fue quien le habría entregado el expediente, el cual lo sacó del Segundo Módulo y se llevó al Primer Módulo, donde supuestamente en la sala de lectura les habría prestado a sus amistades Vanessa y Edy PRESBÍTERO VARGAS, quienes revisaron el mismo y le solicitaron que les sacara unas copias, las cuales sacó en su módulo y que después de unos 20 a 30 minutos aproximadamente, habría subido nuevamente donde Carlos MONTAÑEZ LUDEÑA y según sus argumentos le habría devuelto el expediente sin ninguna novedad. 20. Asimismo, Manuel LUNA CHOQUE PATA a fi rmó que hasta en dos oportunidades tuvo acceso al expediente por intermedio de Carlos MONTAÑEZ LUDEÑA, a pesar que no está permitido tener acceso a los expedientes que no se encuentran dentro de sus juzgados, lo cual según refi ere hizo de buena fe y a solicitud de sus amistades, quienes se quedaron solos con el expediente en la sala de lectura y podrían ser los sospechosos de cambiar los folios como parte interesada en el proceso; sin embargo, aceptó tener amplio conocimiento del armado, cosido, descosido y foliado de expedientes, por haber trabajado aproximadamente cinco años como pool en el Primer Juzgado Civil. 21. Ante estos hechos, Vanessa VARGAS PRESBÍTERO, a fi rmó ser parte del proceso seguido en el Expediente N° 3914-2018-0-0401-JR-CI-06, (...) con relación a los hechos materia de investigación, contradictoriamente a lo indicado por Manuel LUNA CHOQUE PATA, a fi rmó que el 2JUL2019, se apersonó sola a la Corte Superior de Justicia de Arequipa con la fi nalidad de sacar copias del mencionado expediente, siendo el caso que en circunstancias que se encontraba tratando de averiguar dónde sacar las copias, según re fi ere circunstancialmente se habría encontrado con Manuel LUNA CHOQUE PATA, quien muy amablemente se había ofrecido ayudarla, solicitándole su DNI y que después de 15 a 20 minutos aprox., regresó con el expediente y le sacó las copias en su módulo, luego de lo cual se las entregó y se retiró, quedando éste con el expediente, del cual según sus argumentos, no sustituyeron ningún folio porque no habría necesidad de hacer eso. (...)”. vi) La declaración del señor Lew Kent Flores Torres, quien labora en la concesionaria de fotocopias de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, de fojas trescientos cincuenta y nueve a trescientos sesenta y uno, en la cual señala respecto al expediente materia de cuestionamiento: “(...). me lo fue entregado por el señor Augusto Julio CARPIO SOTO, el día 2JUL2019, aproximadamente a las 11:30, diciéndome que se acercaría a mi máquina a sacar copias el especialista Carlos MONTAÑEZ y que solamente saque copias en mi máquina y guarde el expediente, por lo cual tuve en mi poder dicho expediente desde las 11:30 aprox. hasta las 12:15 aprox., en que se acercó el señor Manuel LUNA, quien me pidió dicho expediente, quien a pesar que le dije que quien tenía que sacar copias era el especialista Carlos MONTAÑEZ, me dijo que él sacaría copias, pero a pesar que le dije que me habían dado indicaciones que yo sacara las copias y a pesar que en ese momento me encontraba desocupado, éste prepotentemente y sin darme otra alternativa se llevó el expediente a pesar que le dije que no lo hiciera y que me dijeron que yo sacara las copias, siendo así que dicha persona se llevó el expediente y que sacaría las copias abajo en el Primer Módulo Civil, (...) posteriormente a las 13:00 horas cuando llegó el señor Augusto Julio CARPIO SOTO, me preguntó sobre el expediente, diciéndole que el señor Manuel LUNA en forma prepotente y sin hacer caso a mi negativa de entregárselo, se llevó el expediente, el mismo que se indignó y molestó, a lo cual le dije que yo había tratado de evitar que se lo llevara pero este fi nalmente se lo llevó, (...)”. vii) Copia del “Cuaderno de entrega de expedientes del Archivo”, se advierte que el Expediente número cero tres mil novecientos catorce guion dos mil dieciocho guion cero guion cero cuatrocientos uno guion JR guion CI guion cero seis, fue recibido por el señor Julio Carpio Soto con fecha dos de julio de dos mil diecinueve, como consta de fojas ciento treinta y uno, por el pedido del servidor judicial Carlos Alberto Montañez Ludeña. viii) Por otra parte, la señora Gilda Antonia Vargas Belón presentó tomas fotográ fi cas de la minuta de cesión de derechos, que se habría encontrado a fojas dos y tres del Expediente número cero tres mil novecientos catorce guion dos mil dieciocho guion cero guion cero cuatrocientos uno guion JR guion CI guion cero seis, de fojas ciento seis a ciento siete; y, que luego habría sido sustituida por la minuta de fojas ciento catorce a ciento quince, de los mismos que se advierte que di fi eren en el contenido, fi rmas, certi fi cación notarial y posición de las huellas digitales. 6.3. Contrastando el hecho infractor imputado al investigado con los medios de prueba actuados, se tiene acreditado lo siguiente: a) La existencia del proceso judicial, Expediente número cero tres mil novecientos catorce guion dos