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17 NORMAS LEGALES Viernes 29 de marzo de 2024 El Peruano / Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo N° 095-2022-PCM, establece que todas las entidades que integran el SINAPLAN articulan sus planes estratégicos a los objetivos nacionales, objetivos especí fi cos y acciones estratégicas previstas en el PEDN al 2050; asimismo, dispone que, en un plazo no mayor de trescientos treinta (330) días calendario, los sectores formulen y aprueben su PESEM articulado al PEDN al 2050; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00037-2023/CEPLAN/PCD se aprueba la ampliación de plazo para la formulación y aprobación del PESEM, hasta el último día útil del mes de diciembre de 2023; Que, posteriormente, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 112-2023/CEPLAN/PCD, se dispone la ampliación excepcional de plazo para la formulación y aprobación del PESEM articulado al PEDN al 2050, aprobado mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00037-2023/CEPLAN/PCD, hasta el 31 de marzo de 2024, plazo que resulta aplicable a todos los sectores del Poder Ejecutivo del Gobierno Nacional; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 009-2023/CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial, que tiene por objetivo establecer y detallar la metodología para el proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM), conforme al ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, conforme a la citada Guía, el PESEM es el instrumento del SINAPLAN que presenta la estrategia de uno o más sectores a cargo de un Ministerio para el logro de los objetivos nacionales que se han priorizado en el PEDN y en las políticas nacionales; orienta las intervenciones públicas del sector y su implementación involucra a los tres niveles de gobierno, según sus funciones y competencias; y es aprobado mediante Resolución Ministerial. Asimismo, en el proceso de formulación del PESEM, se de fi ne al horizonte temporal, se construye la imagen actual y la imagen del futuro deseado del Sector, y se de fi ne los elementos estratégicos del PESEM, es decir, los objetivos estratégicos sectoriales (POES) y las acciones estratégicas sectoriales (AES) con sus respectivos indicadores y logros esperados; Que mediante Resolución Ministerial Nº 0092-2023- JUS se formaliza el proceso de formulación del PESEM 2024-2030 del Sector Justicia y Derechos y se conforma el Grupo de Trabajo denominado “Grupo de Trabajo para Formular el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Justicia y Derechos Humanos”, de naturaleza temporal, encargado del proceso de formulación del PESEM del Sector; Que, mediante Acta N° 07-2024-JUS/GT PESEM 2024-2030, el Grupo de Trabajo para la formulación del PESEM 2024-2030 del Sector Justicia y Derechos Humanos valida los productos de las fases del proyecto de PESEM, con énfasis en la selección de objetivos y acciones estratégicas sectoriales, y valida el proyecto de PESEM 2024-2030 del Sector Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante el Informe Técnico Nº 000006-2024-CEPLAN-DNCPPESEM, de fecha 27 de marzo de 2024, la Coordinación de Políticas Nacionales y Planes Sectoriales del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, veri fi ca y valida el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Justicia y Derechos Humanos; Con el visado de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Supremo N° 095-2022-PCM, que aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050; la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 009-2023/CEPLAN/PCD, que aprueba la Guía metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Justicia y Derechos Humanos, que en Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0537-2018-JUS, la Resolución Ministerial N° 0020- 2021-JUS y la Resolución Ministerial N° 0106-2022-JUS. Artículo 3.- Noti fi car la presente Resolución a los miembros del Grupo de Trabajo para la formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Justicia y Derechos Humanos, conformado por Resolución Ministerial N° 0092-2023-JUS. Artículo 4.- Difundir la presente Resolución Ministerial a todos los Órganos, Unidades Orgánicas, Consejos, Comisiones y Programas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como a los organismos públicos adscritos al Sector Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2274869-1 PRODUCE Aprueban el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 - 2030 del Sector Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00088-2024-PRODUCE Lima, 27 de marzo de 2024 VISTOS: El O fi cio Nº 000161-2024-CEPLAN- PCD y el Informe Técnico N° 000002-2024-CEPLAN-DNCPPESEM del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), el Memorando N° 00000307-2024-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 00000106-2024-PRODUCE/OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Informe N° 00000292-2024-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que los Ministerios tienen como función general, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158 dispone que, corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;