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28 NORMAS LEGALES Viernes 29 de marzo de 2024 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ES TATALES Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN Nº 0017-2024/SBN San Isidro, 27 de marzo de 2024 VISTOS:El O fi cio N° 000200-2024-CG/SGE de fecha 19 de marzo de 2024 de la Contraloría General de la República; el Informe N° 00420-2024/SBN-OPP de fecha 22 de marzo de 2024, emitido de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorándum N° 00191-2024/SBN-OAF del 27 de marzo de 2024, de la O fi cina de Administración y Finanzas; y el Informe N° 00112-2024/SBN-OAJ del 27 de marzo de 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante Resolución N° 062-2023/SBN de fecha 27 de diciembre de 2023, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, hasta por la suma de S/ 39 506 971,00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, la Vigésima Séptima Disposición Complementaria Final de la citada Ley, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, durante el Año Fiscal 2024, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para fi nanciar las transferencias fi nancieras que se efectúen a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742 antes mencionada, autoriza la incorporación de los órganos de control institucional de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado para tal efecto por la Contraloría General de la República; Que, a través del tercer párrafo de la precitada Disposición Complementaria Final se dispone que, para efectos del fi nanciamiento, las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales están autorizados a realizar transferencias fi nancieras a favor de la Contraloría General de la República, hasta por el monto equivalente al total del gasto devengado al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación, correspondiente a la Actividad 5000006 “Acciones de Control y Auditoría”, así como los gastos en personal y otros ejecutados para el funcionamiento de los órganos de control institucional, por toda fuente de fi nanciamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fi scal correspondiente a la efectiva incorporación; Que, conforme a lo dispuesto en el cuarto y quinto párrafo de la citada Disposición Complementaria Final, las transferencias fi nancieras autorizadas se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; la resolución se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30742 señala que la incorporación de plazas y recursos de los órganos de control institucional a la Contraloría General de la República se realiza de forma progresiva ceñido al plan de implementación y comprende las remuneraciones, contraprestaciones, retribuciones y otros ingresos pagados en el marco de las disposiciones legales vigentes; agrega que, la incorporación de recursos incluye, adicionalmente, el fi nanciamiento de los contratos de locación de servicios, contratos administrativos de servicios, y otros tipos de contratación directa o indirecta de personas que prestan servicios en los órganos de control institucional; Que, a través de Resolución de Contraloría N° 355- 2018-CG, se aprueba el Plan de Implementación de la Incorporación y Transferencia de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República; y mediante Resolución de Contraloría N° 349-2023-CG, aprueban la Directiva N° 012-2023-CG/GMPL “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, que tiene por fi nalidad establecer las disposiciones para el proceso de incorporación progresiva de los órganos de control institucional a la Contraloría General de la República; Que, con Resolución de Contraloría Nº 422-2023-CG se aprueba el Inicio del Proceso de Incorporación de ciento setenta y cinco (175) Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, entre los cuales se encuentra el Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, el numeral 7.1.4 de la aludida Directiva N° 012- 2023-CG/GMPL establece que las entidades ejecutan las transferencias fi nancieras de acuerdo al monto indicado por la Contraloría General de la República, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la recepción por parte del Titular de la Entidad del o fi cio de solicitud de transferencia; Que, mediante O fi cio N° 000200-2024-CG/SGE, la Contraloría General de la República mani fi esta que viene desarrollando las etapas del proceso de incorporación en el marco de la Directiva N° 012-2023-CG/GMPL, “Directiva de Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, y por consiguiente ha recepcionado los documentos remitidos por la SBN, entre ellos, el Formato 03; el mismo que determina el monto de S/ 69 000,00 (SESENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 SOLES), a transferir a la Contraloría, importe que comprende los recursos que fi nancian los contratos de locación de servicios que ejecutan labores de control; Que, por medio del Informe N° 00420-2024/SBN- OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, luego de tomar conocimiento del precitado o fi cio, indica que, previa evaluación a los recursos presupuestarios correspondientes a la Actividad 5000006 “Acciones de Control y Auditoría” y en la meta presupuestal 012, la cual ha sido asignada al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, observa que en la especí fi ca de gasto 23.29.11 Locación de servicios realizados por Persona Natural, cuenta con un Presupuesto Institucional Modi fi cado (PIM) 2024 por el importe de S/ 105 000,00 (CIENTO CINCO MIL Y 00/100 SOLES), de los cuales la locación de servicios asciende al importe de S/ 69 000,00 (SESENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 SOLES); por lo que, solicita la autorización para la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República; Que, mediante Memorándum N° 00191-2024/SBN- OAF, la O fi cina de Administración y Finanzas, expresa su conformidad al Informe N° 00420-2024/SBN-OPP y solicita, proceda a efectuar la transferencia de la suma aludida, con cargo al Presupuesto Institucional de Apertura del ejercicio 2024 correspondiente a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República (Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 0112-2024/SBN-OAJ, emite opinión legal