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19 NORMAS LEGALES Viernes 29 de marzo de 2024 El Peruano / modi fi catoria; y la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 009-2023/CEPLAN/PCD, que aprueba la Guía Metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 - 2030 del Sector Producción, el que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Articulo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 00168-2022-PRODUCE, que aprueba la ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2024 del Sector Producción, hasta el año 2025 quedando denominado como “Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2025 del Sector Producción”, y sus normas conexas. Artículo 3.- Disponer que el Ministerio de la Producción y sus organismos públicos adscritos articulen sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales con el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 - 2030 del Sector Producción, aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, de acuerdo a las disposiciones y plazos que el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) señale. Artículo 4.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, el seguimiento y la evaluación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 - 2030 del Sector Producción aprobado. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) y en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio de la Producción, el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARIA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Producción 2274840-1 Formalizan la designación de representante del Sector Privado ante el Consejo Directivo del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00089-2024-PRODUCE Lima, 27 de marzo de 2024 CONSIDERANDO: Que, el artículo 9 del Decreto Supremo N° 009-2021-PRODUCE, Decreto Supremo que crea el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE, establece que dicho Programa cuenta con un Consejo Directivo cuya función es supervisar la implementación de los lineamientos aprobados por el ente rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT) y el Ministerio de la Producción, así como el funcionamiento y la utilización de los recursos asignados al PROINNOVATE; asimismo, dispone que el Consejo Directivo está conformado por siete (7) miembros, entre los cuales se encuentran dos (2) representantes del Sector Privado; Que, el artículo 9 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, aprobado por Resolución Ministerial N° 145-2021-PRODUCE, establece el procedimiento de designación del Consejo Directivo de PROINNOVATE señalando que en el caso de actores del sector privado y del sector académico, su designación se formaliza mediante resolución ministerial del Ministerio de la Producción; Que, mediante Resolución Ministerial N° 00200-2021-PRODUCE se formalizó la designación del señor FRANCISCO JUVENAL MARTINOTTI SORMANI representante de la Sociedad Nacional de Industrias – SNI, como miembro ante el Consejo Directivo de PROINNOVATE en representación del Sector Privado; Que, PROINNOVATE remite la propuesta de la Sociedad Nacional de Industrias – SNI, que propone como su representante al señor CARLOS ARMANDO DE LA FLOR TIRADO como miembro ante el Consejo Directivo de PROINNOVATE en representación del Sector Privado; por lo que corresponde dar por concluida la designación del señor FRANCISCO JUVENAL MARTINOTTI SORMANI; así como formalizar la designación del nuevo miembro ante el citado Consejo Directivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 009-2021-PRODUCE, Decreto Supremo que crea el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catoria; y, la Resolución Ministerial N° 145-2021-PRODUCE, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor FRANCISCO JUVENAL MARTINOTTI SORMANI como representante del Sector Privado ante el Consejo Directivo del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Formalizar la designación del señor CARLOS ARMANDO DE LA FLOR TIRADO como representante del Sector Privado ante el Consejo Directivo del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución al Consejo Directivo del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE y a las personas indicadas en los artículos precedentes para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARIA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Producción 2274841-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a la empresa NEW ERA DIGITAL S.A.C. Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 134-2024-MTC/01.03 Lima, 25 de marzo de 2024 VISTO, el escrito de registro N° T-058278-2024, mediante el cual la empresa NEW ERA DIGITAL S.A.C., solicita otorgamiento de Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio portador local, en la modalidad conmutado, será el servicio a prestar inicialmente; y,