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18 NORMAS LEGALES Viernes 29 de marzo de 2024 El Peruano / Que, por el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN) como conjunto articulado e integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales cuya fi nalidad es coordinar y viabilizar el proceso de planeamiento estratégico nacional para promover y orientar el desarrollo armónico y sostenido del país; y, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como el órgano rector y orientador de dicho Sistema Nacional, con competencias de alcance nacional; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 095-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050, establece que todas las entidades que integran el SINAPLAN articulan sus Planes Estratégicos a los Objetivos Nacionales, Objetivos Especí fi cos y a las Acciones Estratégicas previstas en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050; y que los sectores formulan y aprueban su Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) articulados al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050; Que, a través del Decreto Supremo N° 103-2023- PCM, se aprueba la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050, aprobado por Decreto Supremo N° 095-2022-PCM, que constituye el instrumento técnico de planeamiento estratégico para implementar la visión del país al 2050, las Políticas de Estado del Acuerdo Nacional y los compromisos asumidos por el Perú en el ámbito internacional; Que, por el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, se aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, que constituyen decisiones de política para resolver un determinado problema público de alcance nacional y sectorial o multisectorial en un periodo de tiempo; y, defi nen los objetivos prioritarios, los lineamientos, así como los contenidos principales de las políticas públicas, los estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas; Que, los numerales 11.1 y 11.2 del artículo 11 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, relativos a la vinculación de las políticas nacionales con el SINAPLAN, establecen que las Políticas Nacionales desarrollan sus objetivos a través de metas, indicadores y responsables en los respectivos Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), Planes Estratégicos Institucionales (PEI) y Planes Operativos Institucionales (POI) de los Ministerios y sus organismos públicos, según corresponda, en el marco del SINAPLAN; y, que las Políticas Nacionales no requieren la elaboración de planes de implementación o ejecución distintos a los establecidos en el SINAPLAN; Que, a través del Decreto Supremo N° 016-2022-PRODUCE, se aprueba la Política Nacional de Desarrollo Industrial (PNDI), que identi fi ca como problema público a atender la “Limitada Competitividad de la Industria Manufacturera”, frente al cual plantea principalmente Objetivos Prioritarios (OP), lineamientos, servicios e indicadores; Que, mediante el Decreto Supremo N° 001-2023-PRODUCE, se aprueba la Política Nacional de Acuicultura al 2030 (PNA), que ha de fi nido como problema público la “Limitada Competitividad de la Cadena de valor de la Actividad Acuícola”, frente a lo cual plantea principalmente Objetivos Prioritarios (OP), lineamientos, servicios e indicadores; Que, con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 009-2023/CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial, que tiene por objetivo, establecer y detallar la metodología para el proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM), conforme al ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, la Guía metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial, establece que el PESEM es el instrumento del SINAPLAN que presenta la estrategia de uno o más sectores a cargo de un Ministerio para el logro de los objetivos nacionales que se han priorizado en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y en las Políticas Nacionales; asimismo, el PESEM orienta las intervenciones públicas del sector, y su implementación involucra a los tres (3) niveles de gobierno, según sus funciones y competencias; además, la aprobación del PESEM se efectúa mediante Resolución Ministerial; Que, en este sentido, la estrategia del Sector Producción para el logro de los Objetivos Nacionales que se han priorizado en el PEDN al 2050 y, primordialmente, en la PNDI y la PNA al 2030, debe plasmarse en el PESEM 2024 - 2030 del sector; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 112-2023/CEPLAN/PCD, el CEPLAN dispone la ampliación excepcional de plazo para la formulación y aprobación del Plan Estratégico Sectorial Multianual articulado al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050, aprobado por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00037-2023/CEPLAN/PCD, hasta el 31 de marzo de 2024, plazo que será aplicable a todos los sectores del Poder Ejecutivo del Gobierno Nacional; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 000120-2023-PRODUCE, se formaliza el inicio del proceso de formulación del PESEM 2023-2030 del Sector Producción; y, se crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, denominado “Grupo de Trabajo de Planeamiento Estratégico del Sector Producción”, que tiene como objeto formular la propuesta de Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2023-2030 del Sector Producción; Que, por medio del Acta N° 002-2024-PRODUCE, de fecha 7 de marzo de 2024, el Grupo de Trabajo Sectorial denominado “Grupo de Trabajo de Planeamiento Estratégico del Sector Producción” valida el proyecto de Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Producción; Que, mediante el O fi cio Nº 000161-2024-CEPLAN- PCD, la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN remite el Informe Técnico N° 000002-2024-CEPLAN- DNCPPESEM de la Coordinadora de Políticas Nacionales y Planes Sectoriales, que contiene la opinión favorable al proyecto de Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Producción 2024 - 2030, que cumple con lo dispuesto en la Guía Metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 009-2023/ CEPLAN/PCD, y recomienda continuar con los trámites correspondientes para su aprobación; Que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Guía Metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial, con el Memorando N° 00000307-2024-PRODUCE/OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe N° 00000106-2024-PRODUCE/OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización, que hace suyo, a través del cual se propone y sustenta la aprobación del proyecto de PESEM 2024-2030 del Sector Producción, considerando que cuenta con la validación del Grupo de Trabajo Sectorial denominado “Grupo de Trabajo de Planeamiento Estratégico del Sector Producción” y con la opinión favorable emitida por el CEPLAN; Que, por el Informe N° 00000292-2024-PRODUCE/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que resulta jurídicamente viable la emisión de la Resolución Ministerial que aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 - 2030 del Sector Producción, según la propuesta presentada y sustentada por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su