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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (22/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Viernes 22 de noviembre de 2024 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ES TATALES Aprueban la Política Antisoborno de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales RESOLUCIÓ N Nº 0064-2024/SBN San Isidro, 19 de noviembre de 2024 VISTOS: El Informe N° 01720-2024/SBN-OPP, de fecha 12 de noviembre de 2024 de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; e Informe N° 00429-2024/SBN-OAJ de fecha 13 de noviembre del 2024, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, que tiene como objetivo general contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía; Que, la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, se organiza en tres ejes, estableciendo objetivos específi cos a fi n de dotar al Estado Peruano de mecanismos que garanticen la prevención y sanción de la corrupción, propiciar el mejoramiento continuo de las instituciones, corrigiendo aquellas fallas del sistema que aprovecha la corrupción; Que, la Norma Técnica Peruana NTP ISO 37001 :2017, “Sistema de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso”, aprobada por Resolución Directoral N° 012-2017-INACAL-DN, establece en su requisito 5.2 que la Alta Dirección debe establecer, mantener y revisar una Política Antisoborno que, entre otros, explique las consecuencias de no cumplir con la Política Antisoborno; asimismo, el numeral 5.3.1 de la citada norma establece que la Alta Dirección es la responsable de implementar y cumplir con el Sistema de Gestión Antisoborno, asegurándose que el mismo incluya, entre otros, la Política Antisoborno; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales con Resolución N° 0036-2024/SBN, de fecha 05 de julio de 2024, aprueba la Política Antisoborno de la entidad; Que, la Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2024-PCM/SIP, establece que la Ofi cina de Integridad Institucional o la que haga sus veces en las entidades de la administración pública, es la responsable de ejercer la función de integridad en la entidad, la cual consiste en asegurar la implementación del modelo de integridad, el desarrollo de mecanismos dirigidos a promover la integridad, la observancia e interiorización de los principios vinculados con el uso adecuado de los fondos, recursos, activos y atribuciones de la función pública; Que, de acuerdo a lo previsto en los literales c) y n) del Artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por Resolución N° 066- 2022/SBN, la Gerencia General ejerce las funciones de “Proponer y aprobar planes, políticas institucionales, normativa y demás documentos en el ámbito de su competencia”, así como, “Supervisar y coordinar la implementación de las actividades y herramientas destinadas a asegurar y fomentar una cultura de integridad y ética pública, la gestión de intereses y la transparencia y el acceso a la información pública, como parte de las acciones de prevención y lucha contra la corrupción”; Que, al mismo tiempo, el Artículo 2 de la Resolución N° 0046-2024/SBN-GG, precisa que la Unidad Funcional de Integridad Institucional, dependiente de la Gerencia General, tiene entre otras funciones: conducir la gestión de riesgos que afectan la Integridad pública, monitorear la implementación del Modelo de Integridad, así como, implementar y dirigir la estrategia institucional de integridad y lucha contra la corrupción; Que, en ese contexto, en mérito al Modelo de Integridad para las entidades del sector público, se efectuó en la entidad del 05 al 07 de noviembre de 2024 la Auditoría Interna, en el marco de la implementación de la ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁREA AFECTADA DE UN (01) INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO: “RED DORSAL NACIONAL DE FIBRA ÓPTICA: COBERTURA UNIVERSAL NORTE, COBERTURA UNIVERSAL SUR Y COBERTURA UNIVERSAL CENTRO”. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARI OSUJETOS PASIVOSCÓDIGO: NODO LOCUMBAÁREA AFECTADA: 156.47 m2 AFECTACIÓN: Parcial del InmuebleVALOR DE LA TASACIÓN (S/)COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VÉRTICES LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESROSA ELVIRA SANCHEZ TEJADA SMIDZINIA HAYDEE LEVANO SANCHEZ GUIDO JAIRZINHO LEVANO SANCHEZ YAMIL FABRIZZIO LEVANO TITO HECTOR ANDRES LEVANO TITOLINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: FRENTE: Colinda con carretera Locumba - Ilabaya con 3.00 mDERECHA: Colinda con el Predio Remanente con 11.07 m, 13.50 mIZQUIERDA: Colinda con el Predio Remanente con 13.42 m, 5.40 m, 13.50 mFONDO: Colinda con Propiedad de Terceros (Terreno A1) 9.03 m.A A-B 9.03 313073.3599 8051414.8268 46 471,59B B-C 13.50 313075.7599 8051423.5356 C C-D 11.07 313088.7641 8051419.9106 PARTIDA REGISTRAL: 05100521 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Tacna - Zona Registral N° XIII - Sede Tacna. INFORME TÉCNICO N° 013-2024-LMBC: Con fecha 19 de julio de 2024, suscrito por el verificador catastral.D D-E 3.00 313098.5140 8051425.1465 E E-F 13.42 313099.7925 8051422.4326 F F-G 5.40 313087.7930 8051416.4191 G G-A 13.50 313086.3661 8051411.2089 2345761-1