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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (22/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Viernes 22 de noviembre de 2024 El Peruano / Que, mediante Resolución Ministerial Nº 048-2024- TR se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 - 2030 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo; en el cual se establece como acción estratégica sectorial el “AES1.6. Fortalecer la capacidad rectora del Sector Trabajo y Promoción del Empleo a nivel nacional”; Que, los artículos 29 y 30 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR señala que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto es el órgano responsable de conducir e implementar las acciones del Sistema Administrativo de Modernización de Gestión Pública en el Ministerio y coordina con los órganos competentes de los Gobiernos Regionales y Locales sobre aspectos relativos a la implementación de las Políticas Sectoriales; teniendo como función el proponer a la Alta Dirección las políticas, planes, lineamientos, programas y proyectos sectoriales, presupuestos y acciones de organización y modernización de la gestión administrativa del Ministerio; Que, en los numerales 7.1 y 7.3 de la Directiva Nº 003-2024-MTPE/4, “Directiva para la Formulación, Aprobación, Registro, Difusión y Modifi cación de los Documentos Normativos y Orientadores del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y sus Programas”, aprobada mediante Resolución de Secretaría General Nº 000045-2024-TR-SG, se establece que los Lineamientos son un Documento normativo de carácter técnico, que regula la implementación de una política sectorial o nacional, establece los enfoques, principios, objetivos, etapas, fases y medidas a adoptar respecto a un aspecto de responsabilidad funcional de los órganos de la entidad. Son aprobados con Resolución Ministerial cuando regulan alguna materia sectorial que vincula a ambos Despachos Viceministeriales o en aquellas que la Alta Dirección considere aprobar por su naturaleza o importancia; Que, mediante el documento de vistos, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite la propuesta de “Lineamientos para la gobernanza, rectoría y gestión articulada de servicios del Sector trabajo y promoción del empleo”, que tiene por objetivo contar con un documento normativo que desarrolle el modelo y los lineamientos de Gobernanza, Rectoría y Gestión articulada de servicios, que promueva que los diferentes actores del Sector Trabajo y Promoción del Empleo tengan claridad en sus roles, responsabilidades y los mecanismos que promuevan la disponibilidad y accesibilidad de los servicios del ámbito de responsabilidad sectorial, bajo un enfoque territorial, articulado y orientado a resultados en benefi cio de las personas; Con el visado del Viceministerio de Trabajo, del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo Nº 103-2022-PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR; y la Resolución de Secretaría General Nº 000045-2024-TR-SG, que aprueba la Directiva Nº 003-2024-MTPE/4, “Directiva para la Formulación, Aprobación, Registro, Difusión y Modifi cación de los Documentos Normativos y Orientadores del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y sus Programas”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Lineamientos para la gobernanza, rectoría y gestión articulada de servicios del Sector Trabajo y Promoción del Empleo”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Artículo 3.- Encargar a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto evaluar periódicamente los resultados de la implementación del documento normativo aprobado por la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2346500-1 Autorizan viaje de representante del Ministerio a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 185-2024-TR Lima, 21 de noviembre de 2024VISTOS: La Carta SG/E/DGDEC/1883/2024 y la comunicación electrónica de fecha 4 de noviembre de 2024 de la Dirección General de Desarrollo Social, Cooperación y Propiedad Intelectual de la Comunidad Andina; la Hoja de Elevación N° 000359-2024-MTPE/4/10 de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Memorándum N° 002059-2024-MTPE/4/11 de la Ofi cina General de Administración; y la Hoja de Elevación N° 000602-2024-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Carta SG/E/DGDEC/1883/2024 y comunicación electrónica de fecha 4 de noviembre de 2024, la Dirección General de Desarrollo Social, Cooperación y Propiedad Intelectual de la Comunidad Andina traslada la convocatoria al “I Congreso sobre Procesos de Califi cación de Origen y Pérdida de Capacidad Laboral: Experiencias y Retos en el Marco de Cooperación Internacional”; el cual se desarrollará en el marco del Plan de Trabajo del Comité Andino de Autoridades en Seguridad Social, Seguridad y Salud en el Trabajo (CAASSSST); a realizarse el 27 de noviembre 2024, en la ciudad de Cartagena, República de Colombia; Que, el Comité Andino de Autoridades en Seguridad Social, Seguridad y Salud en el Trabajo (CAASSSST) es el mecanismo de coordinación y trabajo entre los Países Miembros de la Comunidad Andina, conformado por las autoridades nacionales competentes en materia de seguridad y salud en el trabajo de cada uno de los Países Miembros; cuya fi nalidad es acelerar el crecimiento y la generación de empleo productivo, facilitar la participación de los países en el proceso de integración regional, con miras a la formación gradual de un mercado común latinoamericano, entre otros; Que, por lo expuesto, resulta de interés sectorial, la participación de la señora LESLIE VANESSA AREVALO ORTECHO como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) en el mencionado evento, en tanto contribuirá a fortalecer las capacidades y recoger experiencias de los Estados participantes sobre la implementación de acciones de capacitación laboral y mejora integral de los servicios del sector, generando un impacto en los servicios que se brindan al ciudadano; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos son cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de