NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (12/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 77
77 NORMAS LEGALES Jueves 12 de setiembre de 2024 El Peruano / públicos sin contrapres tación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario. 76.2 Las transferencias fi nancieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público.”; Que, la tercera Disposición Complementaria del Decreto de Urgencia Nº 06-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para la sostenibilidad fi scal, el equilibrio presupuestario y la efi ciencia del gasto público, que modifi ca el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13º de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, establece que, “13.1 Se autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias fi nancieras, conforme se detalla a continuación: (…) h) Las que se realicen para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el 30 de junio de 2024, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado.”; Que, el artículo 11º de la Ley Nº 32103, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica y dicta otras medidas, señala nuevo plazo para transferencias fi nancieras autorizadas en el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley 31953, Ley Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024. “Se dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas en el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se efectúan hasta el 16 de setiembre de 2024”; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, que Aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, constituyendo el principal instrumento orientador de la modernización de la Gestión Pública en el Perú, establece la visión, los principios y lineamientos para la actuación coherente y efi caz del sector público, en todos sus niveles, fomentando la articulación intergubernamental, el control de la gestión y la transparencia; Que, la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada por Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01, dispone: “Artículo 17. Transferencias Financieras. 17.1. El pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, deberá efectuar su registro de acuerdo a lo siguiente: (…). 17.2. Los pliegos que reciben las transferencias fi nancieras incorporan dichos recursos a través de un crédito suplementario, en la meta presupuestaria para la cual fueron transferidas, y en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, salvo en el caso que la normatividad vigente disponga que los recursos materia de la transferencia se registran en una fuente de fi nanciamiento distinta. 17.3. Los pliegos que reciben los recursos aprueban mediante Resolución la desagregación de estos a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del dispositivo legal que autoriza la transferencia fi nanciera. 17.4 En el caso de transferencias fi nancieras destinadas a fi nanciar proyectos, la Ofi cina de Presupuesto del pliego, o la que haga sus veces, que realiza la transferencia fi nanciera registra la información sobre los convenios y adendas correspondientes en el “Módulo de información de convenios”. 17.5 La DGPP aprueba, de ser necesario, los procedimientos y lineamientos adicionales respecto a la información y registro de las transferencias fi nancieras que los pliegos deben remitir para su seguimiento respectivo.”;Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, artículo modifi cado por el Artículo 3 de la Ley Nº 31433 establece: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (…)” Que, son Atribuciones del Consejo Regional conforme lo estipulado por el artículo 17º numeral 12) del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco del Gobierno Regional del Cusco, aprobado por Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC.CUSCO publicado el 18 de octubre del 2017, “Autorizar las transferencias fi nancieras que hiciere el Gobierno Regional a otros Pliegos Presupuestales, Instituciones Privadas e Internacionales”; Que, a través del Ofi cio Nº 396-A-MPC-2024, de fecha 19 de junio de 2024 el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cusco, remite expediente técnico aprobado de la IOARR: “Adquisición de terreno; en el(la) Botadero de Jaquira en el Centro Poblado Jaquira, distrito de Santiago, provincia Cusco, departamento Cusco”, con CUI Nº 2647139, aprobado mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 255-2024-MPC/GM de fecha 17 de junio de 2024, por el monto total de inversión de S/ 4 377,614.65 (cuatro millones trescientos setenta y siete mil seiscientos catorce con 65/100 soles), con un plazo de ejecución de 180 días calendario, a ejecutarse bajo la modalidad de administración directa, la misma que se remite para su evaluación y continuidad de trámite para el fi nanciamiento correspondiente; para tal fi n adjunta el Acuerdo Municipal Nº 47-2024-MPC, convenio de cooperación interinstitucional y expediente técnico aprobado mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 255-2024-MPC/GM. Que, con Memorándum Nº 2406-2024-GR CUSCO/ GRPPM, de fecha 05 de agosto de 2024, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, hace suyo el Informe Nº 747-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPL de fecha 02 de agosto de 2024 emitido por la Subgerencia de Planeamiento, solicita opinión sobre contenidos mínimos del expediente técnico de la IOARR: “Adquisición de terreno; en el(la) Botadero de Jaquira en el Centro Poblado Jaquira, distrito de Santiago, provincia Cusco, departamento Cusco”, con CUI Nº 2647139. Que, según el Memorándum Nº 3949-2024-GR CUSCO/GRSLI, de fecha 12 de agosto de 2024, la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Inversiones, hace suyo el Informe Nº 752-2024-GR CUSCO/GRSLI-CELT emitido por el Coordinador de Evaluación y Liquidación Técnica, e Informe Nº 021-2024-GR CUSCO/GRSLI-CELT-JCPO emitido por el evaluador de la Coordinación de Evaluación y Liquidación Técnica, que otorga opinión favorable a los contenidos mínimos del expediente técnico de la IOARR: “Adquisición de terreno; en el(la) Botadero de Jaquira en el Centro Poblado Jaquira, distrito de Santiago, provincia Cusco, departamento Cusco”, con CUI Nº 2647139. Que, mediante el Informe Nº 749-2024-GR CUSCO/ GRPPM-SGPMI, de fecha 23 de agosto de 2024, la Subgerencia de Programación Multianual de Inversiones, ha verifi cado que la inversión a ejecutarse se encuentra alineada con los objetivos priorizados, metas e indicadores establecidos en el PMI de la Municipalidad Provincial de Cusco y contribuye efectivamente al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios, de acuerdo a los criterios de priorización establecidos por el sector correspondiente; por lo que, emite opinión técnica favorable del expediente técnico de la IOARR: “Adquisición de terreno; en el(la) Botadero de Jaquira en el Centro Poblado Jaquira, distrito de Santiago, provincia Cusco, departamento Cusco”; Que, a través del Informe Nº 1005-2024-GR CUSCO/ GRPPM-SGPR, de fecha 04 de setiembre de 2024, la Subgerencia de Presupuesto, emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal con cargo a los recursos provenientes de Saldos de Balance del ejercicio 2023 de la Fuente de Financiamiento de Recursos Determinados de la Unidad Ejecutora: 001 Sede Central - Pliego 446