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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (12/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Jueves 12 de setiembre de 2024 El Peruano / magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Disponer la notifi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Autoridad Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Ica, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2324232-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Establecen nueva conformación de la Sala Primera del Tribunal Constitucional y ratifican la Resolución Administrativa Nº 004-2024-P/TC, en el extremo que determina la conformación de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 139-2024 -P/TC Lima, 9 de septiembre de 2024 VISTO La comunicación del Secretario General de la fecha; y,CONSIDERANDO Que, de conformidad con el artículo 5 de la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, éste se encuentra constituido por dos Salas, integrada por tres magistrados cada una; Que, el artículo 12 del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional establece que las presidencias y la conformación de las Salas son acordadas por el Pleno al inicio de cada año, a propuesta del Presidente del Tribunal Constitucional; Que, mediante la Resolución Administrativa 004- 2024-P/TC, de fecha 15 de enero de 2024, se establece la nueva conformación de las Salas Primera y Segunda del Tribunal Constitucional; Que, en sesión del Pleno de fecha 04 de septiembre de 2024, se ha elegido a la nueva titular de la entidad; en consecuencia, a fi n de garantizar el adecuado funcionamiento jurisdiccional del Tribunal Constitucional, a propuesta de su presidenta, en sesión de fecha 09 de septiembre de 2024, el Pleno ha decidido establecer la nueva conformación de la Sala Primera y ratifi car la conformación de la Sala Segunda de este Órgano Constitucional; En uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y su Reglamento Normativo, SE RESUELVE Artículo Primero.- ESTABLECER la nueva conformación de la Sala Primera del Tribunal Constitucional, la cual queda integrada de la siguiente manera: SALA PRIMERA Magistrado (Presidente) : Pedro Alfredo Hernández ChávezMagistrado : Francisco Humberto Morales SaraviaMagistrado : Manuel Monteagudo ValdezArtículo Segundo.- RATIFICAR la Resolución Administrativa 004-2024-P/TC, en el extremo que determina la conformación de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, integrada por los siguientes magistrados: SALA SEGUNDA Magistrado (Presidente) : Luis Gustavo Gutiérrez TicseMagistrado : Helder Domínguez HaroMagistrado : César Augusto Ochoa Cardich Artículo Tercero.- Comunicar la presente resolución a los señores magistrados, Secretaría General, Secretaría Relatoría, al jefe del Gabinete de Asesores Jurisdiccionales, Dirección General de Administración, Ofi cinas de Logística, Servicios Generales, Presupuesto, Planeamiento y Desarrollo, Gestión y Desarrollo Humano, Contabilidad y Tesorería, Tecnologías de la Información, Imagen Institucional, Trámite Documentario y Archivo, Asesoría Jurídica; y, al Órgano de Control Institucional, para los fi nes de ley. Regístrese y comuníquese. LUZ IMELDA PACHECO ZERGA Presidenta del Tribunal Constitucional 2323939-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO Autorizan transferencia financiera de recursos públicos del Gobierno Regional de Cusco a favor de la Municipalidad Provincial de Cusco CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 276-2024-CRC/GR CUSCO Cusco, 10 de septiembre del 2024 VISTOS: La novena sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha nueve de septiembre del año dos mil veinticuatro y el Ofi cio Nº 562-2024-GR CUSCO/GR, que contiene los informes presupuestales y legales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido y aprobado la transferencia fi nanciera a gobiernos locales; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el inciso 6.2. del artículo 6º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon prevé: “Los recursos que los gobiernos regionales y gobiernos locales reciban por concepto de canon serán utilizados exclusivamente para el fi nanciamiento o co-fi nanciamiento de proyectos u obras de infraestructura de impacto regional y local, respectivamente, a cuyo efecto establecen una cuenta destinada a esta fi nalidad, (…).”; Que, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece: “Artículo 76. Transferencias Financieras: 76.1 Son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos