NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (24/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 49
49 NORMAS LEGALES Martes 24 de setiembre de 2024 El Peruano / con la fi nalidad de optimizar la e fi ciencia y la celeridad de los procedimientos administrativos y actuaciones administrativas de la citada entidad, mediante la notifi cación vía casilla electrónica, garantizando el derecho a la debida noti fi cación implícito al debido procedimiento administrativo a favor de los administrados; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del referido Decreto Supremo Nº 004-2024-TR establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en un plazo no mayor a noventa días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del referido Decreto Supremo, mediante Resolución Ministerial, aprueba las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicación del citado Decreto Supremo, así como el cronograma que determine los plazos para la implementación progresiva de los actos administrativos, actuaciones sobre servicios prestados en exclusividad, y actuaciones administrativas, objeto de la noti fi cación obligatoria a través de la casilla electrónica del Sistema de Noti fi cación Electrónica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, de acuerdo con el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; asimismo, en los artículos 20 y 21 del mencionado reglamento se establece el contenido y la formalización que debe cumplirse para la publicación de los proyectos normativos; Que, en atención al marco normativo expuesto, resulta necesario se disponga la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que implementa la Segunda Disposición Complementaria Final del precitado Decreto Supremo Nº 004-20214-TR, a fi n de recibir los comentarios, aportes u opiniones que pudieran contribuir al mejoramiento de los mismos; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y de la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo1.1 Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba las Disposiciones Complementarias del Decreto Supremo Nº 004-2024- TR, Decreto Supremo que aprueba la obligatoriedad de la noti fi cación vía casilla electrónica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el Cronograma de implementación a nivel nacional del Sistema de Notifi cación Electrónica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, así como de las disposiciones complementarias y cronograma antes referidos, que como anexos forman parte de la presente Resolución Ministerial, en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la referida publicación, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general.1.2 La O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones es la responsable de la publicación en sede digital a que se re fi ere el numeral precedente. Artículo 2.- Mecanismo de participación2.1 Disponer que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto normativo, las disposiciones complementarias y el cronograma, a los que se re fi ere el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, pueden ser presentados, con atención a la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria: en la Mesa de Partes de la sede central del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ubicada en Avenida General Salaverry 655, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; a través de la mesa de partes digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, cuya dirección web es https://sgd.trabajo.gob.pe/appmesapartesenlinea/inicio; o, al correo electrónico comentarios_oacgd@trabajo.gob.pe. 2.2 La O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria es la encargada de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2327976-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Designan Director de la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial de la Oficina General de Administración RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 355-2024- VIVIENDA Lima, 23 de setiembre de 2024 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la O fi cina de Abastecimiento y Control Patrimonial de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor WILLY ALEJANDRO ALVARADO PALACIOS, en el cargo de Director de la O fi cina de Abastecimiento y Control Patrimonial de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2328057-1