Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (24/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Martes 24 de setiembre de 2024 El Peruano / y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a la abogada ROSA MÓNICA FÁTIMA DEL RÍO ALTAMIRANO, en el cargo de con fi anza de Asesora de Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Salud. Artículo 2. - NOTIFICAR la presente resolución a la interesada para su conocimiento y a la O fi cina General de Gestión de las Personas para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Salud (www.gob.pe/susalud). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VELASCO GUERRERO Superintendente 2327839-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de Cajamarca para participar en evento que se realizará en los EE.UU. UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 3643-2024-UNC Cajamarca, 28 de agosto de 2024 Vistos, el O fi cio N° 008-2024-PICM/JAMG, de fecha 29 de abril de 2024, suscrito por el Dr. José Antonio Mantilla Guerra, mediante el cual solicita autorización de viaje a congreso y viáticos, contenido en el Expediente Administrativo N° 0056241-2024-UNC, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 18 de la Constitución Política del Perú, la Universidad Pública es una entidad de Derecho Público, que goza de autonomía gubernativa, normativa, académica, administrativa y económica; Que, la autonomía universitaria se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley Universitaria, el Estatuto y las demás normas jurídicas vigentes (artículo 8 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria); Que, conforme a lo sostenido por el Tribunal Constitucional (Exp. N° 00037-2009-PI), en lo referente a la autonomía universitaria, puede ser entendida “como la facultad de autorregulación que tienen todas las universidades ya sea en el ámbito normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, destacando además que dicha autorregulación no implica autonomía absoluta, sino relativa pues su ejercicio debe ser compatibilizado con otros bienes constitucionales”; Que, la Universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial. Está integrada por docentes, estudiantes y graduados. Participan en ella los representantes de los promotores, de acuerdo a ley; Que, la Universidad Nacional de Cajamarca, forma profesionales conforme a las necesidades y potencialidades regionales, nacionales e internacionales, fomentando el liderazgo social de los universitarios; Que, asimismo, el numeral 7 del artículo 2 del Estatuto de la Universidad Nacional de Cajamarca, establece como uno de los fi nes de nuestra Universidad: “Contribuir con otras entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, en la solución de problemas, el logro del desarrollo humano y la defensa del ambiente”; Que, con Resolución de Consejo Universitario N° 1137- 2023-UNC, de fecha 22 de marzo de 2023, se designa como Docente Investigador al Dr. José Antonio Mantilla Guerra, Docente Principal a Dedicación Exclusiva adscrito al Departamento Académico de Ciencias Pecuarias de la Facultad de Ingeniería en Ciencias Pecuarias de la Universidad Nacional de Cajamarca; Que, en ese mismo sentido, con Resolución de Consejo Universitario N° 1446-2023-UNC, de fecha 09 de mayo de 2023, se resuelve: APROBAR, el Proyecto de Investigación e Innovación a Ser Financiado con Fondos del Canon Minero, Sobrecanon y Regalías Mineras, denominado: “Mejoramiento del Per fi l Lipídico de la Leche de Vaca Mediante la Incorporación en su Ración Alimenticia de Insumos con Alto Contenido de Ácidos Grasos Poliinsaturados”, Que, con O fi cio N° 008-2024-PICM/JAMG, de fecha 29 de abril de 2024, el Dr. José Antonio Mantilla Guerra, mediante el cual solicita autorización de viaje a nivel internacional, pasajes y viáticos para la participación en la “Exposición Mundial Láctea-2024”, a desarrollarse en Wisconsin- Estados Unidos, del 30 de septiembre al 05 de octubre de 2024, participación que se hace extensiva, de igual manera, al Coinvestigador del proyecto al que hace referencia en el considerando anterior, el M. Cs. Javier Alejandro Perinango Gaitán; Que, con Informe N° 007-2024-EGAP-UNC, de fecha 22 de mayo de 2024, el CPC. Julio César Ángulo Salazar, Especialista Administrativo EGAP, señala: “opino que es procedente, la inclusión de este servicio dentro del presupuesto del proyecto de investigación y la atención del requerimiento”; Estando a lo expuesto, y; con las facultades conferidas por los artículos 62 y 73 de la Ley Universitaria N° 30220; y los artículos 32 y 239 del Estatuto vigente de la Universidad Nacional de Cajamarca; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje del Dr. José Antonio Mantilla Guerra, Docente Principal a Dedicación Exclusiva adscrito al Departamento Académico de Ciencias Pecuarias de la Facultad de Ingeniería en Ciencias Pecuarias de la Universidad Nacional de Cajamarca, para la “Exposición Mundial Láctea-2024”, a desarrollarse en Wisconsin- Estados Unidos, del 30 de septiembre al 5 de octubre de 2024. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, el viaje del Dr. Javier Alejandro Perinango Gaitán, Docente Principal a Dedicación Exclusiva adscrito al Departamento Académico de Ciencias Pecuarias de la Facultad de Ingeniería en Ciencias Pecuarias de la Universidad Nacional de Cajamarca, para la “Exposición Mundial Láctea-2024”, a desarrollarse en Wisconsin- Estados Unidos, del 30 de septiembre al 5 de octubre de 2024. Artículo Tercero.- SEÑALAR, que los costos para su participación en la “Exposición Mundial Láctea-2024”, en Wisconsin- Estados Unidos, se encuentra presupuestado en el proyecto de Investigación e Innovación denominado: “Mejoramiento del Per fi l Lipídico de la Leche de Vaca Mediante la Incorporación en su Ración Alimenticia de Insumos con Alto Contenido de Ácidos Grasos Poliinsaturados”, aprobado mediante Resolución de Consejo Universitario N° 1446-2023-UNC, de fecha 09 de mayo de 2023. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Dirección General de Administración, para que, en coordinación con sus dependencias, se realice la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- HACER CONOCER, la presente Resolución al Rectorado, Dirección General de