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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (24/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Martes 24 de setiembre de 2024 El Peruano / y orientación de políticas públicas para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar. En razón a ello, solicita se autorice la ejecución de dicha investigación estadística, para cuyo efecto se adjunta la fi cha técnica y los cuestionarios a utilizarse en la referida Encuesta; Que, en el Informe Nº 182-2024-INEI-DTDIS/DML, emitido por la responsable de la ENARES 2024 se indica que la mencionada “Encuesta Nacional sobre Relaciones Sociales 2024”, se llevará a cabo en el área urbana y rural de los 24 departamentos y la Provincia Constitucional del Callao. El total de la muestra en viviendas es de 24 414, correspondiendo a 17 382 viviendas al área urbana y 7 032 viviendas al área de la rural. Respecto al total de muestra de Instituciones Educativas asciende a 2 006 colegios, correspondiendo a 1 324 al área urbana y 682 al área rural. La operación de campo, se ejecuta durante los meses de agosto a diciembre del presente año, de manera presencial; Que, el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2019-JUS, señala que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no se lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto justi fi cado para su adopción; Que, en atención a ello, resulta necesario autorizar, con efi cacia anticipada al mes de agosto de 2024, la ejecución de la “Encuesta Nacional sobre Relaciones Sociales 2024”, que cuenta con los documentos metodológicos correspondientes: fi cha técnica, y cuestionarios a utilizar; los mismos que requieren ser aprobados para efectos de lo dispuesto por los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, “Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Estando a lo propuesto por la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales, con la visación de la Sub Jefatura de Estadística y la visación de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta Nacional sobre Relaciones Sociales 2024“, con e fi cacia anticipada al mes de agosto 2024 que será aplicada en el área urbana y rural de los 24 departamentos y la Provincia Constitucional del Callao, a una muestra en viviendas de 24 414, correspondiendo a 17 382 viviendas al área urbana y 7 032 viviendas al área de la rural. Respecto al total de muestra de Instituciones Educativas asciende a 2 006 colegios, correspondiendo a 1 324 al área urbana y 682 al área rural, la misma que estará a cargo de la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales del Instituto Nacional de Estadística e Informática. Artículo 2.- Aprobar, los cuestionarios de la referida Encuesta, los mismos que forman parte de la presente Resolución. Artículo 3.- Establecer, como periodo de ejecución de la referida Encuesta, durante los meses de agosto a diciembre de 2024 de manera presencial. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI (https://www.gob.pe/inei/). Regístrese y comuníquese. PETER ABAD ALTAMIRANO Jefe (e) 2328034-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos de la SUCAMEC RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 00094-2024- SUCAMEC-GG Lima, 20 de setiembre de 2024VISTOS: El Informe Nº 00182-2024-SUCAMEC-ORH, emitido por la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe Nº 021-2024-SUCAMEC-OPP, emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 00066-2024-SUCAMEC-OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones; Que, la SUCAMEC fue creada con la fi nalidad de fortalecer las competencias del Sector Interior en el control, administración, supervisión, fi scalización, regulación normativa y sanción de las actividades en el ámbito de los servicios de seguridad privada, fabricación y comercio de armas, municiones y materiales relacionados, explosivos y productos pirotécnicos de uso civil; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007- 2024-IN y Resolución de Superintendencia Nº 05314-2024-SUCAMEC, se aprobó la Sección Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la entidad, el cual se encuentra vigente desde el 17 de agosto de 2024 y establece una nueva estructura orgánica para la SUCAMEC; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 007-2024-IN dispone que: “La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, adecúa sus documentos de gestión e implementa lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones, en un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles, contado desde su entrada en vigencia” ; Que, el artículo 6 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece que las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil y por la entidad; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021- SERVIR-PE, se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” (en adelante, Directiva), la misma que contiene, entre otras, las reglas que permitan a las entidades públicas, elaborar, aprobar, modi fi car y actualizar su Manual de Clasi fi cador de Cargos; Que, el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva, de fi ne el Manual de Clasi fi cador de Cargos como el documento