NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (24/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 51
51 NORMAS LEGALES Martes 24 de setiembre de 2024 El Peruano / ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Dejan sin efecto la delegación de facultad dispuesta en el literal a) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 0001-2024-ANA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0367-2024-ANA San Isidro, 20 de setiembre de 2024VISTO: El Informe Legal N° 0939-2024-ANA-OAJ, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 21 de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua ejerce la representación legal e institucional de la entidad y conduce la marcha general de la misma, asumiendo la titularidad del pliego presupuestal; Que, el literal b) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI, señala que la Jefatura ejerce la representación legal e institucional de la Autoridad Nacional del Agua suscribiendo contratos, convenios y demás documentos que en tal virtud corresponda; Que, mediante literal a) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 0001-2024-ANA, se delega en la Gerencia General, durante el año fi scal 2024, la facultad de “Suscribir acuerdos y convenios de colaboración interinstitucional con entidades nacionales públicas y/o privadas, dentro del marco legislativo aplicable y siempre que con ello se logre el cumplimiento de su fi nalidad y no se vulnere normas de orden público, acorde con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General”; Que, atendiendo a la gestión realizada en la Autoridad Nacional del Agua respecto a la colaboración entre entidades para el intercambio voluntario de bene fi cios y trabajo conjunto en el cumplimiento de las funciones que una entidad pueda necesitar, a través de la suscripción de acuerdos y convenios por parte de la Jefatura de la entidad durante el presente año fi scal, y conforme a lo señalado en el inciso 78.5 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, corresponde dejar sin efecto de manera expresa lo dispuesto en el literal a) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 0001-2024-ANA; Con los vistos de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y, de conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI, y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto Déjese sin efecto la delegación de facultad dispuesta en el literal a) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 0001-2024-ANA, modi fi cada por la Resolución Jefatural N° 0329-2024-ANA.Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Web Institucional (www.gob.pe/ana). Regístrese, comuníquese y publíquese.ALONZO ZA PATA CORNEJO Jefe 2327749-1 Designan Gerente General de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0370-2024-ANA San Isidro, 23 de septiembre de 2024 VISTOS:El Memorando Nº 0261-2024-ANA-J de la Jefatura, el Memorando Nº 2458-2024-ANA-OA, de la O fi cina de Administración que adjunta el Informe Nº 1220-2024-ANA- OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos; el Informe Legal Nº 0944-2024-ANA-OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal k) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI, establece que la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua tiene como función designar y remover a los empleados de con fi anza, así como aquellas personas que deban representar a la Autoridad Nacional del Agua ante organismos y eventos nacionales e internacionales sobre materias de competencia de la entidad; Que, a través del Memorando Nº 0261-2024-ANA-J la Jefatura Institucional solicita a la Unidad de Recursos Humanos, evalúe si el señor César Edmundo Gálvez Pardavé, cumple con los requisitos del per fi l de Gerente General de la Autoridad Nacional del Agua; Que, la Unidad de Recursos Humanos, mediante Informe de Vistos, comunica que el profesional propuesto, el señor César Edmundo Gálvez Pardavé, cumple con el per fi l establecido en el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Resolución de Gerencia General Nº 0134-2023-ANA- GG, y con los requisitos exigidos en la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, para ostentar el cargo de con fi anza de Gerente General de la Autoridad Nacional del Agua. Además, que el profesional propuesto no se encuentra incurso en causal de impedimento o incompatibilidad legal, para ejercer algún cargo de con fi anza en la entidad pública; opinando por su viabilidad legal la O fi cina de Asesoría Jurídica, a través del Informe Legal de Vistos; Que, en ese sentido, encontrándose vacante el cargo de Gerente General de la Autoridad Nacional del Agua, corresponde designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI;