Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (10/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Jueves 10 de abril de 2025 El Peruano / La resolución de incorporación debe ser noti fi cada al personal comprendido en el proceso de la incorporación dentro del plazo de tres (3) días hábiles de emitido el acto resolutivo. Dicha noti fi cación está a cargo de las O fi cinas de Recursos Humanos o las que hagan sus veces de las Instituciones Armadas y la Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad disciplinaria. Artículo 10.- Emisión de informe fi nal El equipo evaluador, una vez publicados los resultados fi nales, elabora y eleva ante la máxima autoridad de las Instituciones Armadas y de la Policía Nacional del Perú, según corresponda, con copia a su O fi cina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, un Informe Final respecto al desarrollo del proceso hasta la emisión de la resolución de nombramiento. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Incorporación de cargos y plazas de las instituciones de educación superior del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior en aplicación de la Ley N° 31882 La Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa y la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio del Interior ejecutan el proceso de racionalización y formalización de cargos y posiciones de sus docentes, a través de las Direcciones Generales de Personal de cada institución o las que hagan sus veces, los cuales deben ser incorporados en el instrumento de gestión en materia de recursos humanos de cada institución, según corresponda. Los ajustes formulados en el citado documento de gestión, de corresponder, deben realizarse considerando el marco normativo emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil. El Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior solicitan a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas la actualización de las plazas de docentes en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), según los resultados del proceso de racionalización y formalización de cargos y posiciones de sus docentes, previa veri fi cación del crédito presupuestario por parte de la Dirección General de Presupuesto Público de dicho Ministerio. Segunda.- Ejecución de la incorporación de los docentes civiles nombrados en las tres (3) categorías del docente ordinario de la Ley N° 30220 La presente norma no establece medidas presupuestales para el fi nanciamiento de estas incorporaciones, las cuales son de competencia del Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior y se rigen por lo dispuesto en la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público. En ese sentido, el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior realizan, respectivamente, el procedimiento de incorporación al que se re fi eren los presentes lineamientos, según su disponibilidad presupuestaria, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley N° 31882, Ley que incorpora a los docentes civiles de las instituciones de educación superior del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior en la carrera docente universitaria. Tercera.- Funciones, deberes, derechos y régimen de dedicación docente Los docentes civiles nombrados de las instituciones de educación superior del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, que son incorporados en una de las tres categorías del docente ordinario de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, cuentan con los deberes y derechos que dicha ley establece para los docentes, pudiendo desempeñar sus funciones en uno de los regímenes de dedicación establecidos en su artículo 85. Para el caso de los docentes a tiempo parcial, su remuneración se calcula de manera proporcional a las horas de dedicación al de su similar a tiempo completo. Cuarta.- Impedimento para acceder a la incorporación prevista en la norma Se encuentran impedidos de acceder a la incorporación a la que hace referencia la presente norma, los docentes que se encuentren inmersos en los supuestos de impedimento permanente o temporal previstos en la Ley N° 29988, Ley que establece medidas extraordinarias para el personal que presta servicios en instituciones educativas públicas y privadas implicado en diversos delitos; crea el Registro de personas condenadas o procesadas por los delitos establecidos en la Ley Nº 29988 y modi fi ca los artículos 36 y 38 del Código Penal. Quinta.- Docente nombrado que ejerza función docente que no cumple con los requisitos establecidos en los presentes Lineamientos La adecuación de los docentes civiles nombrados que no cumplan con las condiciones establecidas en la presente norma, se realiza a partir del día siguiente de la publicación de la presente norma y en el plazo señalado en el numeral 3.3 del artículo 3 de la Ley N° 31882. Una vez cumplida la adecuación, para la evaluación de su incorporación se aplican los procedimientos y mecanismos establecidos en la presente norma. 2389390-1 Designan Director de la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 161-2025- MINEDU Lima, 8 de abril de 2025 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor YACOV VEDER CAUTI HUAYTA, en el cargo de Director de la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación 2389068-1