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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (29/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Martes 29 de abril de 2025 El Peruano / General de Electri fi cación Rural ha señalado que, en mérito a los comentarios y aportes recibidos, ha identi fi cado la necesidad de modi fi car la medida administrativa N° 9, a fi n de darle mayor claridad al procedimiento; Que, por su parte, la O fi cina General de Gestión Social, en coordinación con la Dirección General de Electricidad, la Dirección General de Electri fi cación Rural y la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad, analizó y revisó los comentarios, aportes u opiniones realizados por parte de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general, a fi n de incorporarlos, de ser el caso, al proyecto de Directiva que aprueba los “Lineamentos para la implementación del proceso de consulta previa en el subsector electricidad”, habiendo realizado la correspondiente Matriz de Comentarios; Que, mediante Informe N° 0025-2025-MINEM-OGGS/ OGDPC/IRCQ, de fecha 08 de abril de 2025, la O fi cina General de Gestión Social sustentó la necesidad de aprobar y disponer la publicación de la Directiva que aprueba los “Lineamentos para la implementación del proceso de consulta previa en el subsector electricidad”, cuya fi nalidad es regular las acciones a realizar en el marco de la evaluación e implementación del proceso de consulta previa en el subsector electricidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 104-2024-MINEM/DM; Que, mediante Informe N° 126-2025-MINEM/OGPP- ODICR, la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable al proyecto de Directiva “Lineamientos para la implementación del proceso de consulta previa en el subsector electricidad” y sobre la modi fi cación a la medida administrativa N° 9; Que, mediante los Memorandos N° 00711-2025/ MINEM-DGE y N° 00195-2025/MINEM-DGAAE, la Dirección General de Electricidad y la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad, respectivamente, otorgaron su conformidad al Proyecto de Directiva que aprueba los “Lineamentos para la implementación del proceso de consulta previa en el subsector electricidad”; Que, el literal a) del sub numeral 8.4.2. del numeral 8.4. de la Directiva N° 004-2020-MINEM/SG, “Directiva para normar la Formulación, Aprobación y Modi fi cación de Directivas del Ministerio de Energía y Minas”, aprobada por Resolución Secretarial N° 017-2020-MINEM/SG, señala que la aprobación de las directivas se efectúa mediante Resolución Ministerial, cuando el área proponente es un órgano que depende del Despacho Ministerial, como sucede en el presente caso, toda vez que la O fi cina General de Gestión Social, depende jerárquicamente del Despacho Ministerial, de acuerdo con lo señalado en el artículo 50 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM; Que, en el presente caso, se advierte que el proyecto de Directiva tiene por fi nalidad establecer lineamientos que regulan las acciones a realizar en el marco de la evaluación e implementación del proceso de consulta previa en el subsector electricidad; asimismo, que los referidos lineamientos son de obligatorio cumplimiento para la O fi cina General de Gestión Social, la Dirección General de Electricidad y la Dirección General de Electri fi cación Rural; Que, mediante el Informe N° 0350-2025-MINEM/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la modi fi cación de la medida administrativa N° 9, aprobada mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 104-2024-MINEM/DM, así como también, para la aprobación de los “Lineamientos para la implementación del proceso de consulta previa en el subsector electricidad”; Con los vistos de la O fi cina General de Gestión Social, de la Dirección General de Electricidad, de la Dirección General de Electri fi cación Rural, de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2012-MC; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 104-2024-MINEM/DM, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 349-2024-MINEM/DM y la Resolución Ministerial N° 034-2025-MINEM/DM, que aprueba las medidas administrativas en las que corresponde realizar el proceso de consulta previa para los proyectos de inversión del subsector electricidad, de acuerdo al siguiente detalle: “Artículo 1.- Medidas administrativas objeto de consulta previa para el subsector electricidad Aprobar las medidas administrativas en las que corresponde realizar el proceso de consulta previa, conforme se detalla a continuación: N° Medidas administrativasOportunidad del proceso de consulta previa (…) (…) (…) 9Aprobación del Estudio Definitivo o Expediente Técnico del proyecto de inversión, formulado por la Dirección General de Electrificación Rural (DGER).Antes de que se apruebe el Estudio Definitivo o Expediente Técnico del proyecto. (…)” Artículo 2.- Aprobación Aprobar la Directiva N° 01-2025-MINEM/DM “Lineamientos para la implementación del proceso de consulta previa del subsector electricidad”, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Vigencia La Directiva aprobada en el artículo precedente entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 4.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano - Plataforma GOB.PE (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2394848-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal 2025 de la Unidad Ejecutora N° 001-15: Ministerio de Justicia - Oficina General de Administración RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0141-2025-JUS Lima, 28 de abril de 2025