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32 NORMAS LEGALES Martes 29 de abril de 2025 El Peruano / que resulta legalmente viable el proyecto que formaliza la delegación de facultades y atribuciones al jefe de la Ofi cina General de Administración y en el ejecutivo de la Ofi cina de Abastecimiento, bajo el marco de la Ley y su Reglamento; Con los vistos de la O fi cina General de Administración; de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la O fi cina de Abastecimiento, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; el Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2025- EF; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado mediante la Resolución Nº 000046-2024-DP/SG. SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegación en el jefe de la O fi cina General de Administración Delegar en el jefe de la O fi cina General de Administración del Despacho Presidencial, las siguientes facultades y atribuciones, en materia de contrataciones del Estado, en el marco de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009- 2025-EF: a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades del Despacho Presidencial, así como sus modi fi catorias. b) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del Despacho Presidencial, así como sus modi fi catorias (inclusiones y/o exclusiones). c) Autorizar los procesos de compatibilización del requerimiento. d) Aprobar los expedientes de contratación de procedimientos de selección competitivos y no competitivos; así como, de las contrataciones a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. e) Aprobar que no se utilice la subasta inversa para la contratación de bienes o servicios que cuenten con fi cha técnica, cuando de la estrategia de contratación se determina que existe el riesgo objetivamente sustentado de que no se presenten su fi cientes proveedores para realizar la puja correspondiente; así como remitir a Perú Compras la documentación que sustenta dicha aprobación. f) Designar a los miembros integrantes de comités y a los expertos integrantes del jurado de procedimientos de selección competitivos, así como aprobar su remoción, renuncia y designar nuevos integrantes. g) Evaluar el motivo de la ausencia de integrantes titulares de comités de procedimientos de selección competitivos, a efectos de determinar indicios de responsabilidad, comunicando el resultado de la evaluación a la Subsecretaría General del Despacho Presidencial. h) Autorizar la participación de expertos en los comités y jurados de procedimientos de selección competitivos. i) Aprobar la cancelación de procedimientos de selección competitivos. j) Autorizar, modi fi car y/o resolver las contrataciones derivadas de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. k) Suscribir convenios interinstitucionales con entidades contratantes para realizar compras corporativas de bienes y servicios en general, y sus respectivas adendas. l) Suscribir convenios interinstitucionales para encargar a Perú Compras u otra entidad contratante la realización de la fase de actuaciones preparatorias y/o la fase de selección de bienes, servicios en general, consultorías y obras, y sus respectivas adendas. m) Suscribir convenios para encargar a organismos internacionales la realización de la fase de actuaciones preparatorias y/o la fase de selección de bienes, servicios, previa aprobación del encargo por el Titular de la entidad, y sus respectivas adendas; así como, aprobar el expediente de contratación derivado de dichos convenios.n) Suscribir convenios de colaboración u otros de naturaleza análoga entre entidades contratantes, siempre que se brinden los bienes, servicios y obras propios de la función que por ley les corresponde, no se persiga fi nes de lucro, no se obtengan utilidades y solo se reconozcan los costos en que incurre la entidad a cargo de la entrega del bien, servicio u obra, y sus respectivas adendas. o) Suscribir, modi fi car y resolver los contratos que resulten de procedimientos de selección competitivos y no competitivos, y los que deriven de procedimientos de selección desarrollados en el marco de los convenios a que se re fi eren los literales k) y l) precedentes; así como suscribir las adendas a dichos contratos. p) Autorizar, modi fi car y/o resolver las contrataciones derivadas de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. q) Resolver las órdenes de compra y las órdenes de servicios que perfeccionen la contratación, conforme a lo previsto en el artículo 87 del Reglamento de la Ley, así como las que perfeccionen contrataciones a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. r) Suscribir, modi fi car y resolver contratos con proveedores no domiciliados en el país, a que se re fi ere el literal n) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley, así como suscribir sus respectivas adendas. s) Autorizar y acordar por escrito con el contratista la suspensión del plazo de ejecución contractual; así como suscribir el acta acordando la fecha del reinicio del plazo de ejecución contractual. Cuando la suspensión se deba a causa imputable a la entidad contratante; además, efectuar la comunicación a la Secretaría Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Despacho Presidencial para el inicio del respectivo deslinde de responsabilidades. t) Autorizar y ordenar la ejecución de prestaciones adicionales de bienes, servicios y consultoría de obras hasta por el máximo permitido por ley. u) Autorizar y ordenar la ejecución de prestaciones adicionales de obras hasta por el máximo permitido por ley; así como informar al Tribunal de Contrataciones Públicas y a la Contraloría General de la República en caso se aprueben prestaciones adicionales de obra por defi ciencias en el expediente técnico de obra. v) Autorizar y ordenar la reducción de prestaciones de bienes, servicios y consultoría de obras hasta por el máximo permitido por ley. w) Autorizar el pago de la ejecución de mayores metrados, conforme a lo previsto en el artículo 197 del Reglamento de la Ley. x) Autorizar la modi fi cación contractual que conlleve la variación del monto contractual, así como la modi fi cación contractual por hecho sobreviviente bajo causa imputable a alguna de las partes, conforme a lo previsto por el artículo 110 del Reglamento de la Ley. y) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo y noti fi car la decisión a los contratistas. Asimismo, en virtud de la ampliación otorgada, ampliar el plazo de los contratos directamente vinculados al principal. z) Autorizar la cesión de posición contractual en los casos permitidos por ley. aa) Suscribir contratos complementarios hasta por el máximo permitido por ley. bb) Suscribir contratos de fi deicomiso derivados de contratos de ejecución de obra. cc) Aprobar u observar las liquidaciones de ejecución de obra y de consultoría de obra. dd) Designar a los miembros integrantes de comités de recepción de obra. ee) Aprobar u observar las liquidaciones de ejecución de obra y de consultoría de obra. ff ) Veri fi car que los compradores públicos de la dependencia encargada de las contrataciones del Despacho Presidencial se encuentren certi fi cados conforme al nivel que corresponda a las actividades que realizan. gg) Informar al Tribunal de Contrataciones Públicas sobre las presuntas infracciones que pueden dar lugar a imposición de sanción, conforme al artículo 359 del Reglamento de la Ley. hh) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido por ley.