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34 NORMAS LEGALES Viernes 1 de agosto de 2025 El Peruano / De conformidad con lo establecido en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas; y, en la Resolución Directoral N° 0005-2025-EF/53.01, Resolución Directoral que establece el inicio y el cronograma para el proceso de transferencia de la administración y pago de pensiones en el régimen del Decreto Ley N° 20530, modi fi cada por la Resolución Directoral N° 0011-2025-EF/53.01; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 3 503 550,00 (TRES MILLONES QUINIENTOS TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 00/100 SOLES), a favor de la O fi cina de Normalización Previsional, para fi nanciar el pago de las pensiones por los meses de agosto a diciembre de 2025 y el aguinaldo por navidad que corresponde percibir a quinientos ochenta y siete (587) pensionistas del Ministerio del Interior, a seis (6) pensionistas del Despacho Presidencial y a dos (2) pensionistas del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica del Decreto Ley N° 20530, conforme a lo establecido en numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales y dicta otras medidas, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio del Interior, del Despacho Presidencial y del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, respectivamente, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : M. del Interior CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones previsionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.2. Pensiones y otras prestaciones sociales 3 436 876,00 PLIEGO 011 : Despacho Presidencial CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones previsionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.2. Pensiones y otras prestaciones sociales 27 538,00 PLIEGO 114 : Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones previsionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.2. Pensiones y otras prestaciones sociales 39 136,00 ========== Total Egresos 3 503 550,00 ========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 095 : Oficina de Normalización Previsional - ONP UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina de Normalización Previsional CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones previsionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.2. Pensiones y otras prestaciones sociales 3 503 550,00 ========== Total Egresos 3 503 550,00 ========== 1.2 El detalle de los pliegos y los montos de la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo se encuentran en el Anexo “Transferencia de Partidas con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio del Interior, Despacho Presidencial y Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), del Despacho Presidencial (www.gob.pe/presidencia), del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (www.gob.pe/concytec) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitadores y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3 . Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4 . Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de julio del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Presidente del Consejo de Ministros RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas CARLOS ALBERTO MALAVER ODIAS Ministro del Interior 2424012-1