TEXTO PAGINA: 35
35 NORMAS LEGALES Viernes 1 de agosto de 2025 El Peruano / ENERGÍA Y MINAS Designan Asesora de Alta Dirección del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 251-2025- MINEM/DM Lima, 31 de julio de 2025VISTOS: El Memorando N° 01318-2025/MINEM- SG de la Secretaría General; el Informe N° 0205-2025/MINEM-SG-OII de la O fi cina de Integridad Institucional; el Informe N° 145-2025/MINEM-OGA-ORH de la Ofi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 706-2025-MINEM/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el puesto de Asesor(a) de Alta Dirección del Despacho Ministerial del Ministerio de Energía y Minas; siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho puesto; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Lili Carmen Sánchez Vera como Asesora de Alta Dirección del Despacho Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, puesto considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2423866-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION, con la finalidad de financiar la contratación de estudios para el proyecto “Gasoducto Regional de Cusco” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 252-2025- MINEM/DM Lima, 31 de julio de 2025VISTOS: El Informe Técnico Legal N° 070-2025-MINEM/DGH-DGGN-DNH de la Dirección General de Hidrocarburos; el Informe N° 190-2025/MINEM-OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 157-2025/MINEM-OGA-OFIN de la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 692-2025-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 469-2024-MINEM/DM, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas por la suma de S/ 751 615 274,00 (Setecientos cincuenta y un millones seiscientos quince mil doscientos setenta y cuatro y 00/100 soles), de conformidad con lo establecido en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, el literal bb) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 (en adelante, Ley N° 32185), autoriza de manera excepcional la transferencia fi nanciera que realice el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM), a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN), hasta por la suma de S/ 312 000,00 (TRESCIENTOS DOCE MIL Y 00/100 SOLES), previa suscripción de convenio, para la ejecución de estudios técnicos, así como para otras actividades que pudieran estar comprendidas en las diferentes fases del proceso de promoción de la inversión privada, cuya conducción le sean encargados; Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 32185, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 del presente dispositivo legal se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial El Peruano; Que, con fecha 02 de abril de 2025, se suscribió el Convenio de Colaboración y Encargo entre PROINVERSIÓN y el MINEM, y con fecha 24 de junio de 2025, se suscribió la Primera Adenda al Convenio de Colaboración y Encargo entre PROINVERSIÓN y el MINEM, el cual tiene como objeto establecer los términos y condiciones entre las Partes para la identi fi cación y desarrollo de proyectos de: i) procesamiento; ii) transporte de gas natural por ductos en los departamentos de Cusco, Apurímac, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna; y iii) de seguridad energética; y, iv) Micro o Pequeña Planta de Licuefacción en la Región Cusco; a efecto de incrementar el acceso de hidrocarburos en las regiones, así como, la masi fi cación del gas natural en el país, bajo las modalidades materia de competencia de PROINVERSION; Que, mediante Informe Técnico Legal N° 070-2025-MINEM/DGH-DGGN-DNH, la Dirección General de Hidrocarburos, señala que, corresponde que el MINEM realice la transferencia fi nanciera a favor de PROINVERSIÓN, hasta por la suma de S/ 312 000,00 (TRESCIENTOS DOCE MIL Y 00/100 SOLES), con la fi nalidad de fi nanciar la contratación de los estudios para el proyecto “Gasoducto Regional de Cusco”, conforme a lo dispuesto en el literal bb) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, mediante Informe N° 190-2025/MINEM-OGPP- OPRE, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emitió opinión favorable, señalando que el Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, cuenta con recursos presupuestales hasta por la suma de S/ 312 000,00 (TRESCIENTOS DOCE MIL Y 00/100 SOLES) para atender la transferencia fi nanciera a favor de PROINVERSIÓN; Que, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto aprobó la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 2025-02104-001 (SIAF 0000002160) de fecha 09 de julio de 2025, por el importe de S/ 312 000,00 (TRESCIENTOS DOCE MIL Y 00/100 SOLES) para la transferencia fi nanciera a favor de PROINVERSIÓN; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, mediante el Informe N° 157-2025/MINEM-OGA-OFIN, señala que el MINEM dispone de los recursos presupuestales y fi nancieros necesarios en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, así como los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor de PROINVERSIÓN, en el marco del literal bb) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185; Que, mediante Informe N° 692-2025-MINEM/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para autorizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor de PROINVERSIÓN, conforme a lo señalado en la normativa vigente;