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67 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de diciembre de 2025 El Peruano / para el 05 de diciembre de 2025; a fi n de cumplir los objetivos establecidos en el proyecto de investigación que desarrollo, así como para el fortalecimiento de la visibilidad y proyección académica de nuestra institución en el ámbito internacional; Que, mediante OFICIO N° 0315-2025-UNAB-VP. INVEST, de fecha 12 de noviembre de 2025, el despacho de la Vicepresidencia de Investigación, en atención al OFICIO N° 1238-2025-UNAB/VPI/DII, de fecha 11 de noviembre de 2025, suscrito por la Directora del Instituto de Investigación, solicita disponibilidad presupuestal, a fi n de que el Mg. Wenceslao Heriberto Franco Azánen, participe como ponente en la Universidad Fidélitas, ubicada en San José, Costa Rica, donde expondré el tema “Análisis de propiedades de unidades de concreto con residuos de construcción y demolición”; Que, mediante INFORME Nº 1054-2025-UNAB/ OPP, de fecha 17 de noviembre de 2025, el Director de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, informa que, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, ha veri fi cado que la 0090 “ANÁLISIS DE LAS PROPIEDADES DE BLOQUES CON RESIDUOS DE CONCRETO RECICLADO”, las especí fi cas de gastos 2.3.2 1.1 1 pasajes y gastos de transporte, 2.3.2 1.1 2 Viáticos y asignaciones, cuentan con saldo presupuestal por el importe total de S/ 5 300.00 en la Fuente de Financiamiento (5) Recursos Determinados; Que, mediante OFICIO N° 0323-2025-UNAB-VP. INVEST., de fecha 18 de noviembre de 2025, el despacho de la Vicepresidencia de Investigación, en atención OFICIO N° 1309-2025-UNAB-VPI-DII, de fecha 17 de noviembre de 2025, la Directora del Instituto de Investigación, solicita autorización de viaje a favor del Mg. WENCESLAO HERIBERTO FRANCO AZAN, para participar como ponente invitado con el tema “Análisis de propiedades de unidades de concreto con residuos de construcción y demolición”, a desarrollarse en la Universidad Fidélitas, ubicado en San José - Costa Rica, que se desarrollara el 03 y 04 de diciembre de 2025, asimismo, se precisa que, los gastos que incurra este viaje serán afectados al presupuesto del referido proyecto de investigación, por el importe de S/. 5, 300.00 (cinco mil trescientos y 00/100 Soles), según el siguiente detalle: Clasificador Descripción Importe (S/) 2.3.2 1.11 Pasaje aéreo Lima - Costa Rica (San José) S/ 2, 700.00 2.3.2 1.12Viáticos (alimentación, alojamiento y movilidad local)S/ 2, 600.00 Total: S/ 5, 300.00 Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de noviembre de 2025, acordó AUTORIZAR el viaje al exterior del Mg. WENCESLAO HERIBERTO FRANCO AZAN, docente adscrito al Departamento de Ciencias Básicas y A fi nes, para participar como ponente invitado con el tema “Análisis de propiedades de unidades de concreto con residuos de construcción y demolición”, a desarrollarse en la Universidad Fidélitas, ubicado en San José - Costa Rica, a partir del 02 al 05 de diciembre de 2025; Que, en uso de las facultades y atribuciones establecidas en la Constitución Política del Perú, Ley N° 30220- Ley Universitaria, Ley N° 29553- Ley que crea la UNAB, Estatuto de la UNAB, Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el documento normativo denominado: “DISPOSICIONES PARA LA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES ORGANIZADORAS DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS EN PROCESO DE CONSTITUCIÓN”; modi fi cadas por: Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU, Resolución Viceministerial N° 053-2023-MINEDU, Resolución Viceministerial N° 077-2025-MINEDU; la Resolución Viceministerial N° 158-2023-MINEDU que designa a la Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca y la Resolución Viceministerial Nº 062-2024-MINEDU que designa a los Vicepresidentes de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca;SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior del Mg. WENCESLAO HERIBERTO FRANCO AZAN, docente adscrito al Departamento de Ciencias Básicas y A fi nes, para participar como ponente invitado con el tema “Análisis de propiedades de unidades de concreto con residuos de construcción y demolición”, a desarrollarse en la Universidad Fidélitas, ubicado en San José - Costa Rica, a partir del 02 al 05 de diciembre de 2025. Artículo 2.- AUTORIZAR los gastos correspondientes a viáticos y pasajes aéreos, por un monto de S/. 5, 300.00 (cinco mil trescientos y 00/100 Soles). Artículo 3.- ENCARGAR a la Vicepresidencia de Investigación y la Dirección del Instituto de Investigación, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano de conformidad a las normas vigentes. Artículo 4.- DISPONER que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de culminado el viaje, el docente deberá presentar un informe de su participación y la rendición de cuentas. Artículo 5.- NOTIFICAR a la Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Instituto de Investigación, Facultad de Ingeniería, Departamento de Ciencias Básicas y A fi nes, Instituto de Investigación, Unidad de Recursos Humanos y al Mg. Wenceslao Heriberto Franco Azan para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CECILIA H. E. ALIAGA HERRERA Presidenta de la Comisión Organizadora ADALBERTO CRUZ GARCÍA Secretario General 2462410-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huancayo, departamento de Junín RESOLUCIÓN N° 0608-2025-JNE Expediente N° JNE.2024003887 HUANCAYO - JUNÍNVACANCIA APELACIÓN Lima, 7 de noviembre de 2025 VISTO: en audiencia pública virtual del 6 de noviembre de 2025, debatido y votado en la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Misael Saúl Quispe Estrada, regidor del Concejo Provincial de Huancayo, departamento de Junín (en adelante, señor recurrente), en contra del Acuerdo de Concejo Municipal N° 239-2024-MPH/CM, del 19 de noviembre de 2024, que desaprobó la solicitud de vacancia formulada en contra de doña Noemí Curi Capcha, regidora de la citada comuna (en adelante, señora regidora), por causal de nepotismo, conforme a la ley de la materia, prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); y visto también el recurso de apelación presentando por don Freddy Robit Romero Buendía (en adelante, señor adherente) en contra del Acuerdo de Concejo Municipal N° 008-2025-MPH/CM, del 17 de enero de 2025, que rechazó su recurso de reconsideración formulado en contra del referido Acuerdo de Concejo Municipal N° 239-2024-MPH/CM.