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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (31/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 288

TEXTO PAGINA: 145

145 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de diciembre de 2025 El Peruano / adicionales de bienes, servicios y consultoría de obras hasta por el máximo permitido por ley. u) Autorizar y ordenar la ejecución de prestaciones adicionales de obras hasta por el máximo permitido por ley; así como informar al Tribunal de Contrataciones Públicas y a la Contraloría General de la República en caso se aprueben prestaciones adicionales de obra por defi ciencias en el expediente técnico de obra. v) Autorizar y ordenar la reducción de prestaciones de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por ley. w) Autorizar la modi fi cación contractual por hecho sobreviviente que conlleve la variación del monto contractual o se deba a causa imputable a alguna de las partes siempre que no hubiere dolo, y efectuar la comunicación para el inicio del respectivo deslinde de responsabilidades cuando corresponda. x) Autorizar el pago de la ejecución de mayores metrados. y) Designar al inspector o, en su caso, al equipo de inspectores cuando no se pueda contar con la supervisión de obra. z) Suscribir contratos complementarios hasta por el máximo permitido por ley. aa) Designar a los miembros integrantes de comités de recepción de obra, así como disponer su reemplazo o remoción. bb) Aprobar u observar las liquidaciones de ejecución de obra y de consultoría de obra. cc) Suscribir contratos de fi deicomiso para constituir garantías de fi el cumplimiento de contratos, así como garantías de adelanto directo, adelanto para materiales, insumos, equipamiento y mobiliario. dd) Veri fi car que los compradores públicos de la dependencia encargada de las contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores se encuentren certi fi cados conforme al nivel que corresponda a las actividades que realizan. ee) Informar al Tribunal de Contrataciones Públicas sobre las supuestas infracciones que pueden dar lugar a imposición de sanción conforme al artículo 359 del Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. ff ) Representar al Ministerio de Relaciones Exteriores ante la Dirección General de Abastecimiento - MEF, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y ante el Tribunal de Contrataciones del Estado en los procedimientos, trámites y gestiones que se realicen ante dichas instancias, de acuerdo con la normatividad de contratación pública. Artículo 2.- De la delegación al Titular de la Ofi cina General de Inversiones, Infraestructura y Lineamientos para la Adquisición y Mantenimiento de Bienes en el Exterior Se delega en el/la jefe/a de la O fi cina General de Inversiones, Infraestructura y Lineamientos para la Adquisición y Mantenimiento de Bienes en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar los expedientes técnicos de obra, en el marco de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. Artículo 3.- De la delegación al Titular de la O fi cina de Logística Se delega en el/la jefe/a de la O fi cina de Logística de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes facultades en materia de contrataciones públicas bajo el alcance de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas: a) Aprobar los expedientes de contratación para las contrataciones que se realicen a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. b) Suscribir, modi fi car y resolver las órdenes de compra y las órdenes de servicios que perfeccionen la contratación conforme a lo previsto en el artículo 87 del Reglamento de la Ley Nº 32069, así como las que perfeccionen contrataciones a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. c) Suscribir y resolver los contratos menores, ya sea que se perfeccionen mediante orden de compra, orden de servicio o contrato, así como acordar modi fi caciones mediante la suscripción del acta respectiva. d) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo y notifi car la decisión a los contratistas. e) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido por ley. f) Expedir a los contratistas de bienes, servicios y obras las constancias de prestación que soliciten, en tanto se implementan las funcionalidades de la Pladicop para generar las constancias de prestación. Artículo 4.- De la delegación al Titular de la Procuraduría Pública Se delega en el/la Procurador/a Público/a, así como en el/la Procurador/a Público/a Adjunto/a del Ministerio de Relaciones Exteriores, de manera individual e indistinta, las siguientes facultades en materia de contrataciones públicas bajo el alcance de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas: a) Evaluar, a través de un informe, la decisión de conciliar o no, en base al principio de e fi cacia y e fi ciencia, considerando criterios de costo-bene fi cio y ponderando los costos en tiempo y recursos de un eventual proceso arbitral, la expectativa de éxito de seguir el arbitraje, la conveniencia de resolver la controversia a través de la conciliación, así como los riesgos que representa la controversia en el normal desarrollo de la ejecución contractual, en el marco de lo dispuesto por el artículo 82 de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. b) Evaluar la conveniencia o no de someter a arbitraje cada una de las controversias que cumplan con el supuesto de arbitrabilidad y el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, conforme a lo previsto en el artículo 353 del Reglamento de la Ley Nº 32069, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF. Artículo 5.- Del alcance de la delegación La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se re fi ere la presente resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 6.- De las actuaciones realizadas Los/as funcionarios/as a quienes se les delega las facultades indicadas en la presente resolución están obligados a dar cuenta e informar a la Secretaría General del Ministerio de Relaciones Exteriores, respecto de las actuaciones realizadas en el marco de las delegaciones otorgadas, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del semestre. Artículo 7.- Noti fi cación Se noti fi ca la presente resolución a la O fi cina General de Inversiones, Infraestructura y Lineamientos para la Adquisición y Mantenimiento de Bienes en el Exterior, a la O fi cina General de Administración, a la O fi cina de Logística, a la Procuraduría Pública, y a los(as) titulares de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento, cumplimiento y difusión. Artículo 8.- De la vigencia Las delegaciones otorgadas mediante la presente resolución tendrán vigencia durante el año 2026. Regístrese, comuníquese y publíquese.ERIC ANDERSON MACHADO Secretario General 2472847-1