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30 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de enero de 2025 El Peruano / la SUNARP a favor de la O fi cina de Infraestructura Penitenciaria, pudiendo suscribir formatos, formularios u otro documento necesario para tal fi n. 3.3.10 Aprobar los actos de administración que correspondan al Instituto Nacional Penitenciario, respecto de predios estatales sujetos a las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales (SNBE) o de inmuebles estatales sujetos a las normas del Sistema Nacional de Abastecimiento (SNA); incluyendo la suscripción de los documentos que sean necesarios para su formalización. 3.3.11 Solicitar la afectación en uso y/o transferencias de bienes muebles a favor del Instituto Nacional Penitenciario, conforme lo establece la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, aprobado por Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01. Artículo 4.- DELEGAR en el/la Jefe/a de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, las siguientes facultades: 4.1. Aprobar y formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático. 4.2. Aprobar las modi fi caciones del Plan Operativo Institucional, siguiendo los procedimientos establecidos que correspondan. 4.3. Aprobar instructivos presupuestarios en el marco de la Ley de Presupuesto y sus modi fi caciones. Artículo 5.- DELEGAR en los/las Directores/as de las Ofi cinas Regionales del Instituto Nacional Penitenciario, las siguientes facultades: 5.1. Facultades en materia de Contrataciones del Estado, previstas en la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante “la Ley”, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF, en adelante “el Reglamento” o normas que las sustituyan 5.1.1 Aprobar el Plan Anual de Contrataciones - PAC y sus modi fi caciones, según corresponda en el respectivo ámbito de su competencia. 5.1.2 Designar a los integrantes de los comités de selección, así como aprobar su remoción, renuncia y designar nuevos integrantes. 5.1.3 Aprobar los expedientes de contratación, incluyendo las contrataciones a través del Método Especial de Contratación de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, las bases administrativas y los documentos de los procedimientos de selección, incluyendo las contrataciones directas. 5.1.4 Aprobar la cancelación parcial o total de los procedimientos de selección, previo informe favorable del Jefe de Equipo de Logística, del Jefe de la Unidad de Administración y del Jefe de Equipo de Asesoría Jurídica. 5.1.5 Suscribir los contratos con los ganadores de la buena pro derivados de los procedimientos de selección, así como las modi fi caciones posteriores que se incluyan a estos y/o contratos complementarios. 5.1.6 Resolver total o parcialmente los contratos por las causales reguladas por la normativa de contrataciones pública vigente. 5.1.7 Aprobar la reserva del valor referencial en los procedimientos de selección. 5.1.8 Aprobar la autorización de los procesos de estandarización; así como, dejar sin efecto las mismas. 5.1.9 Dejar sin efecto el otorgamiento de la buena pro por causa imputable a la Entidad. 5.1.10 No suscribir el contrato derivado de un procedimiento de selección por razones de recorte presupuestal correspondiente al objeto materia de dicho procedimiento de selección, por norma expresa o porque desapareció la necesidad, debidamente acreditada u otras causales que establezca la Ley y su Reglamento. 5.1.11 Suscribir las comunicaciones, pedidos de sanción, denuncias y actos vinculados a los procedimientos de selección que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado-OSCE y el Tribunal de Contrataciones del Estado, así como gestionar las publicaciones que tengan que realizarse por mandato legal, y los pedidos de información y consultas que resulten necesario realizar ante otras entidades vinculadas a la materia. 5.1.12 Solicitar a la Procuraduría Pública del INPE el inicio de las acciones legales correspondientes contra los proveedores, participantes, postores y contratistas que hayan presentado documentos falsos o información inexacta, para que formalice la denuncia penal y demás acciones respectivas. 5.1.13 Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales y/o reducciones de bienes y/o servicios hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original de acuerdo a lo dispuesto en el marco normativo vigente; en el caso de prestaciones adicionales se deberá contar con la asignación presupuestal necesaria. 5.1.14 Disponer y/o ejercer inopinadamente, o en virtud de alguna denuncia administrativa, la supervisión sobre los procedimientos de contratación, el cual es obligatorio, hasta su culminación, sin perjuicio de la supervisión y/o control que correspondan a otros órganos. 5.1.15 Aprobar o denegar ampliaciones de plazo en bienes y servicios con estricta sujeción al marco normativo vigente. 5.1.16 Aprobar los procedimientos de selección denominados contrataciones directas, previstos en los incisos e),g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley. 5.1.17 Aprobar o denegar la oferta económica que supera el valor estimado en procedimientos de selección, hasta el límite máximo previsto por la Ley y su Reglamento. 5.1.18 Aprobar o denegar las subcontrataciones con estricta sujeción a la normativa de contrataciones del Estado. 5.1.19 Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades de su o fi cina regional, y de sus respectivas modi fi catorias, así como gestionar su publicación en la sede digital de la entidad, de conformidad con el artículo 24 y el artículo 27 de la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01, “Directiva para la programación multianual de bienes, servicios y obras”, o norma que la derogue y sustituya. 5.1.20 Autorizar la cesión de posición contractual en los casos previstos en la Ley y su Reglamento. 5.2. Facultades en materia Financiera y Presupuestal 5.2.1 Supervisar y controlar la correcta implementación de las medidas de disciplina fi scal, racionalidad y austeridad del gasto público a ser ejecutadas por la entidad, contenidas en la Ley N° 32185, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, y demás normas complementarias vinculadas a la materia. 5.2.2 Acreditar a los titulares y suplentes de la Unidad Ejecutora, responsables del manejo de las cuentas bancarias ante la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a través del aplicativo informático SIAF-SP “Acreditación Electrónica de Responsables de Cuentas”. Así como, expedir la resolución directoral que designa a los responsables titulares y suplentes. 5.2.3 Aprobar el castigo de las cuentas incobrables, de acuerdo a lo solicitado por la Procuraduría Pública previa evaluación y cumplimiento de los requisitos establecidos por el marco normativo vigente. 5.3. Facultades en materia Administrativa y de Representación 5.3.1 Suscribir convenios interinstitucionales con otras entidades del Estado o con las otras unidades ejecutoras del INPE, sus respectivas adendas y todo instrumento necesario para su ejecución e implementación, cuya única fi nalidad sea la realización de compras corporativas, de acuerdo a la normativa de contratación pública y directivas vigentes, para los fi nes de aprovechar las bondades que reporta la compra a economía de escala. 5.3.2 Representar al Instituto Nacional Penitenciario ante las compañías de seguros y/o reaseguros con las que se hayan suscrito contratos de seguros, para transferir bienes muebles siniestrados a la compañía de seguros, así como fi rmar las actas de transferencia vehicular, aclaratorias y rati fi catorias si fuere el caso,