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32 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de enero de 2025 El Peruano / la normatividad laboral pública vigente, con excepción de trabajadores contratados por la O fi cina de Infraestructura Penitenciaria y las o fi cinas regionales, cuya función estará a cargo de la O fi cina Infraestructura Penitenciaria. 7.4 Emitir las constancias y/o los certi fi cados de trabajo solicitados por los trabajadores y ex trabajadores, respectivamente. En las otras unidades ejecutoras, los Jefes de Equipos de Recursos Humanos, harán lo propio, solo en caso de aquellos servidores contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057 por la propia unidad ejecutora. 7.5 Resolver las acciones administrativas de desplazamiento de: rotación, permuta, destaque y comisión de servicios de personal de la Sede Central y de una O fi cina Regional a otra, conforme a su respectivo régimen laboral. 7.6 Dar término al vínculo laboral por las causales de fallecimiento, renuncia y cese de fi nitivo conforme a los regímenes laborales existentes en la entidad y de acuerdo a su correspondiente marco normativo, con excepción de trabajadores contratados por la O fi cina de Infraestructura Penitenciaria y las o fi cinas regionales, cuya función estará a cargo de la O fi cina Infraestructura Penitenciaria y las Ofi cinas Regionales. 7.7 Aprobar o denegar las solicitudes de reserva de plaza de los servidores que sean designados como funcionarios públicos o de con fi anza de libre designación o remoción, conforme a su respectivo régimen laboral, de acuerdo a la normatividad vigente. 7.8 Resolver las solicitudes de licencias sin goce de remuneraciones, formuladas por los servidores de la Entidad, de acuerdo al marco normativo vigente y según el régimen laboral que corresponda. 7.9 Disponer la destitución automática, la extinción del contrato o la culminación de la relación laboral; por sentencia consentida y/o ejecutoriada de pena privativa de libertad por delito doloso o por pena privativa de libertad efectiva por delito culposo vinculado con la actividad funcional del servidor, por un plazo mayor a tres meses, según corresponda, previstas en la Ley Nº 29709, el Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 30057 y el Decreto Legislativo Nº 1057; y conforme a sus reglamentaciones respectivas. 7.10 Disponer la ejecución de las resoluciones judiciales consentidas y/o ejecutoriadas de inhabilitación para el ejercicio de la función pública. 7.11 Administrar y monitorear el presupuesto asignado para la planilla del personal que labora en el Instituto Nacional Penitenciario, previstas en la Ley N° 30057, Ley N° 29709, el Decreto Legislativo N° 276 y el Decreto Legislativo N° 1057, por toda fuente de fi nanciamiento. 7.12 Representar al Instituto Nacional Penitenciario cuando esta Entidad actúe como administrado ante el Ministerio de Trabajo, SUNAFIL, ONP, AFP, SBS, ESSALUD y/o dependencias administrativas de las mismas, o entes privados de su ámbito de competencia para iniciar y proseguir procedimientos administrativos. 7.13 Gestionar las solicitudes de licencia sindical a los representantes de los sindicatos a nivel nacional. 7.14 Resolver el desplazamiento por encargo de funciones de los servidores de la Sede Central de los regímenes laborales del Decreto Legislativo Nº 276, 1057 y de la Ley Nº 29709 para el desempeño temporal de funciones por ausencia del titular de la plaza debido a licencias, vacaciones, destaque o comisión de servicios. Artículo 8.- DELEGAR en el Procurador Público del Instituto Nacional Penitenciario, la función de aprobar la designación del árbitro por parte de la entidad en los procesos arbitrales, a que se re fi ere el numeral 230.2 del artículo 230 del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF. Artículo 9.- DISPONER que los responsables de las Unidades Ejecutoras que integran el Pliego 061: Instituto Nacional Penitenciario, durante el Ejercicio Presupuestario del Año 2025, son responsables de la Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto, Proyecto, Actividad, Obra, Acción de Inversión, Categoría de Gasto, Genérica del Gasto y Fuente de Financiamiento, que conlleven al logro de los objetivos institucionales; así como todas las demás acciones en materia de Gestión Administrativa (Plan Operativo Institucional y Plan Anual de Contrataciones) de cada Unidad Ejecutora integrante del Pliego 061: INPE, para el Año Fiscal 2025. Artículo 10.- PRECISAR que la delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se re fi ere la presente resolución, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver las mismas, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto, de acuerdo al marco normativo vigente. Artículo 11.- PRECISAR que las facultades conferidas en la Jefatura de la O fi cina General de Administración, en la Jefatura de la O fi cina de Infraestructura Penitenciaria, en las Direcciones de las O fi cinas Regionales, en la Unidad de Logística y en la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración, sólo podrán ser ejercidas por las personas designadas en los referidos cargos, no pudiendo delegarlo en otra persona. Artículo 12.- DISPONER que las delegaciones y atribuciones efectuadas en la presente resolución tienen vigencia durante el Año Fiscal 2025, debiendo cumplirse bajo responsabilidad funcional, dando cuenta semestralmente a la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario de las acciones efectuadas en ejercicio de las mismas. Artículo 13.- DISPONER que la presente resolución se publique en el portal institucional del Instituto Nacional Penitenciario (https://www.gob.pe/inpe) y en el diario Ofi cial El Peruano. Artículo 14.- DISPONER que la presente resolución entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el diario O fi cial El Peruano. Artículo 15.- REMITIR copia de la presente resolución a la O fi cina General de Administración, a la O fi cina de Infraestructura Penitenciaria, a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a las O fi cinas Regionales, a la Unidad de Recursos Humanos, a la Unidad de Logística, a la Procuraduría Pública del INPE y al Órgano de Control Institucional para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FEDERICO JAVIER LLAQUE MOYA Presidente 2359896-1 ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE Delegan facultades en diversos órganos del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, durante el Año Fiscal 2025 RESOLUCIÓN DE JEFATURA Nº 00001-2025- OSINFOR /01.1 Lima, 6 de enero de 2025CONSIDERANDO:Que, el artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado mediante Resolución de Jefatura Nº 00003-2023-OSINFOR/01.1 (en adelante, ROF del OSINFOR), establece que la Jefatura es el órgano máximo de dirección y ejecución del OSINFOR. Es responsable del establecimiento de las políticas y de la dirección de la entidad. Está a cargo de el/la Jefe/a del OSINFOR, quien es el/la titular de la entidad y del pliego presupuestal, y ejerce la representación del OSINFOR;