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31 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de enero de 2025 El Peruano / exigiendo el honramiento de las pólizas aseguradas, así como para transar las mismas para que aquella repare el bien siniestrado o se declare la pérdida total o para transferir dicho bien siniestrado a la compañía de seguros o aseguradora, evaluando siempre lo más conveniente a los intereses de la entidad. 5.3.3 Someter a las acciones legales, dentro del plazo de caducidad, las controversias derivadas por defectos o vicios ocultos, por intermedio de la Procuraduría Pública del INPE. 5.3.4 Representar al Instituto Nacional Penitenciario en todo el procedimiento del saneamiento físico legal de los predios en posesión del INPE a nivel nacional, conforme al procedimiento legal correspondiente; así como ante los Registros Públicos respectivos para la inscripción provisional o de fi nitiva que permita concretar dicho saneamiento físico legal. 5.3.5 Suscribir las minutas y escrituras públicas de aceptación de donación de predios o terrenos, a favor del INPE. 5.3.6 Implementar la totalidad de las recomendaciones que la Dirección de Gestión de Riesgos y/o la Subdirección de Identi fi cación de Riesgos que afectan la Competencia, ambas del Organismo Supervisor de las Contrataciones efectúen a sus procedimientos de selección con motivo de su labor de supervisión de o fi cio o vía denuncia, incluso estando facultados a remitir copia de los actuados pertinentes directamente a las Secretarías Técnicas de los órganos disciplinarios, según corresponda, para que la misma efectúe el deslinde de responsabilidades a que hubiere lugar, si correspondiere. 5.3.7 Representar al Instituto Nacional Penitenciario cuando esta Entidad actúe como administrado ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas, o entes privados de su ámbito de competencia para iniciar y proseguir procedimientos sin que puedan ser cuestionados por insu fi cientes. En caso resulte necesario, deberán coordinar directamente con la Procuraduría Pública del Instituto Nacional Penitenciario para que, en ejercicio de la defensa y representación de los derechos e intereses de esta Entidad, interponga los actos impugnativos y demás actos correspondientes. 5.3.8 Conformar los Comités de Evaluación de Documentos (CED) para la eliminación del acervo documental conforme a las normas legales archivísticas, debiendo tales Comités coordinar con la Responsable del Centro de Documentación y Archivo de la Sede Central. 5.3.9 Suscribir convenios en el marco del Decreto Legislativo N° 1343, Decreto Legislativo para la Promoción e Implementación de Cárceles Productivas, previo informe técnico y jurídico. 5.3.10 Ejercer la representación del Instituto Nacional Penitenciario ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP), para realizar actos inscribibles en el Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP a favor de su o fi cina regional, pudiendo suscribir los documentos necesarios para tal fi n. 5.4. Facultades en materia de Recursos Humanos Resolver los desplazamientos de rotación, permuta y comisión de servicios del personal, que corresponde a sus respectivos ámbitos de competencia, para lo cual el jefe de Equipo de Recursos Humanos de la O fi cina Regional emitirá un informe técnico a efectos que el jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Sede Central emita su visto bueno aprobando la propuesta de desplazamiento. Asimismo, dentro de los dos (02) días hábiles siguientes de haber expedido las resoluciones de desplazamiento deberán remitirlos a la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración, bajo responsabilidad funcional. Artículo 6.- DELEGAR en forma exclusiva en el/la Jefe/a de la Unidad de Logística de la Sede Central del Instituto Nacional Penitenciario, las siguientes facultades: 6.1 Suscribir los contratos y adendas correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Sede Central, derivados de los procedimientos de selección, así como, suscribir las respectivas órdenes de compra o servicio, según corresponda, en el marco del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 6.2 Resolver total o parcialmente, los contratos o el vínculo contractual contenido en las órdenes de compra o de servicio de contrataciones de bienes, servicios y consultorías en general, en el marco del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 6.3 Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual de contrataciones de bienes, servicios y consultorías en general, incluidas las contrataciones a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, en el marco del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 6.4 Informar al Tribunal de Contrataciones sobre supuestas infracciones a la normativa de contrataciones del estado y en general atender las solicitudes del Tribunal de Contrataciones. 6.5 Aprobar las contrataciones complementarias en bienes y servicios, de acuerdo a lo establecido en el TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 6.6 Emitir y suscribir las constancias de prestación de las contrataciones de bienes, servicios y consultorías en general. 6.7. No suscribir el contrato derivado de un procedimiento de selección por razones de recorte presupuestal correspondiente al objeto materia de dicho procedimiento de selección, por norma expresa o porque desapareció la necesidad, debidamente acreditada. 6.8. Registrar en el SEACE las actas de conciliación con acuerdo parcial o total, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de suscritas, siempre que haya sido remitido oportunamente, de conformidad con lo dispuesto en el Núm. 224.4 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o norma que lo sustituya. 6.9. Solicitar a la Procuraduría Pública del INPE, el inicio de las acciones legales correspondientes contra los proveedores, participantes, postores y contratistas que hayan presentado documentos falsos o información inexacta. 6.10 Comunicar mediante carta, o fi cio y/o Acta la suspensión de la ejecución de contratos de bienes y/o servicios, y/o su reinicio. 6.11 Suscribir contratos referidos a bienes y servicios cuyos montos de contratación sean menores o iguales a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias, así como suscribir los demás actos para su ejecución, modi fi cación y/o resolución. 6.12 Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades del Instituto Nacional Penitenciario, y de sus respectivas modi fi catorias, así como gestionar su publicación en la sede digital de la entidad, de conformidad con el artículo 24 y el artículo 27 de la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01, “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada con Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01, o norma que la derogue y sustituya. Artículo 7.- DELEGAR en forma exclusiva en el/ la Jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional Penitenciario, las siguientes facultades: 7.1 Suscribir por fi rma manuscrita y/o por fi rma digital, todos los contratos laborales que correspondan a los regímenes laborales existentes en la entidad, con los trabajadores o servidores, así como su renovación, suspensión, extinción y otros que correspondan, con sujeción estricta a la normatividad laboral pública y presupuestaria vigente, con excepción de los contratos administrativos de servicios (CAS) y adendas que se deriven de las convocatorias efectuadas por la O fi cina de Infraestructura Penitenciaria y las O fi cinas Regionales, cuyas suscripciones estarán a cargo del Jefe de la O fi cina de Infraestructura Penitenciaria o el Director de la O fi cina Regional, según corresponda. 7.2 Resolver, los pedidos o solicitudes de carácter laboral y/o previsional que los trabajadores o ex trabajadores presenten, con sujeción estricta a la normatividad laboral pública, previsional y presupuestaria vigente; así como, ejecutar las decisiones judiciales en materia laboral. 7.3 Resolver los contratos laborales y/o aceptar las renuncias cuando corresponda, con estricta sujeción a