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17 NORMAS LEGALES Viernes 11 de julio de 2025 El Peruano / policial de la Policía Nacional del Perú, que se encuentra percibiendo el personal militar que sea nombrado en Misión Diplomática y Comisión Especial en el Exterior; Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio Nº 01520-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 292-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior propuesto; Que, mediante el Informe Legal Nº 01336-2025-MINDEF/SG-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje en comisión especial en el exterior, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Variar la fecha de inicio y término de la designación autorizada en el artículo 1 de la Resolución Suprema Nº 019-2025-DE, mediante la cual se designó al Coronel FAP JESUS EDUARDO SAEZ MENDOZA para desempeñarse en el cargo de O fi cial Adjunto a la Consejería Militar para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas (ONUPER), en la ciudad de Nueva York, estado de Nueva York, Estados Unidos de América, del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2027, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, fi jándose como nuevo período el comprendido entre el 21 de julio de 2025 al 20 de julio de 2027. Artículo 2.- Autorizar el viaje en comisión especial en el exterior del Coronel FAP JESUS EDUARDO SAEZ MENDOZA, para desempeñarse en el cargo de O fi cial Adjunto a la Consejería Militar para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas (ONUPER), en la ciudad de Nueva York, estado de Nueva York, Estados Unidos de América, del 21 de julio de 2025 al 20 de julio de 2027, autorizando su salida del país el 20 de julio de 2025 y su retorno el 21 de julio de 2027. Artículo 3.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasaje aéreo (Ida): Lima –Nueva York (Estados Unidos de América) clase económica (Incluye importe TUUA) US$ 1,980.00 x 3 personas (titular, esposa e hijo) US$ 5,940.00 Gasto de Traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 10,693.80 x 2 compensaciones x 1 persona US$ 21,387.60Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$ 10,693.80 / 31 días x 11 días x 1 persona US$ 3,794.57US$ 10,693.80 x 5 meses x 1 persona US$ 53,469.00 Total a pagar: US$ 84,591.17 Artículo 4.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 5.- El pago por gastos de compensación extraordinaria, gastos de traslado, pasajes aéreos internacionales y tarifa única de uso de aeropuerto, que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en comisión especial en el exterior, según corresponda, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa – Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 6.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 7.- El O fi cial Superior autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendarios, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El O fi cial Superior, revistará en la O fi cina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, por el periodo que dure la comisión especial en el exterior. Artículo 9.- El O fi cial Superior designado, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2417743-1 Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 32251, Ley que unifica y armoniza la regulación de los símbolos de la patria, símbolos del Estado y emblemas nacionales, el proyecto de Reglamento y su exposición de motivos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00836-2025-DE Lima, 10 de julio del 2025 VISTOS:El O fi cio Nº 00869-2025-MINDEF/VPD-DIGEDOC de la Dirección General de Educación y Doctrina, el Informe Técnico Nº 00006-2025-MINDEF/VPD-DIGEDOC-DIGDOC de la Dirección de Gestión de Doctrina; y el Informe Legal Nº 01380-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 32251, Ley que uni fi ca y armoniza la regulación de los