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24 NORMAS LEGALES Viernes 11 de julio de 2025 El Peruano / 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Para el caso de los gobiernos locales, la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en dichos pliegos, elabora las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y veri fi cación El Ministerio de Salud es responsable del Monitoreo, seguimiento y veri fi cación, del cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son transferidos los recursos, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de los recursos; así como de los cronogramas de ejecución de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de julio del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2418377-3 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones DECRETO SUPREMO Nº 144-2025-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 32186, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, establece que cuando, luego de la evaluación periódica de los recursos previstos en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, resulte necesario realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, incluyendo, de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las operaciones de endeudamiento contratadas y no ejecutadas, el Poder Ejecutivo queda autorizado para que, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, realice las mencionadas modi fi caciones presupuestarias, únicamente, respecto de aquellos Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito en proceso de desembolso o con contratos de préstamo suscritos; precisando en el numeral 3.2 del citado artículo que dicha acción deberá ser informada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República durante los primeros cinco (05) días hábiles de haber sido realizada; Que, mediante el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 099-2021-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y la Corporación Andina de Fomento- CAF, hasta por la suma de US$ 233 315 826,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS VEINTISÉIS Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el “Programa de Infraestructura Vial para la Competitividad Regional - PROREGION 1”, a ser ejecutado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscribiéndose el Contrato de Préstamo Nº 011489; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 282-2022-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), hasta por la suma de US$ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el Programa de Inversión “Programa Integral de Agua y Saneamiento Rural Segunda Fase - PIASAR II”, a ser ejecutado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, suscribiéndose el Contrato de Préstamo Nº 5628/OC-PE; Que, mediante el O fi cio Nº 1336-2025-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 hasta por la suma de S/ 47 657 521,00 (CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, con cargo a los saldos de libre disponibilidad del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), para fi nanciar la ejecución de dos (02) proyectos de inversión con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2514132 y Nº 2464852 pertenecientes al Programa de Infraestructura Vial para la Competitividad Regional – PROREGIÓN 1, vinculados a la operación de endeudamiento externo aprobada mediante Decreto Supremo Nº 099-2021-EF; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nº 0354-2025-MTC/09.03 y Nº 0108-2025-MTC/09.02 de la O fi cina de Presupuesto y de la O fi cina de Inversiones, respectivamente, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del MTC, con los respectivos sustentos; Que, mediante el Memorando Nº 0313-2025-EF/52.04, la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de sus competencias, opina favorablemente respecto a la Transferencia de Partidas del MVCS a favor del MTC, por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para fi nanciar la ejecución de dos (02) proyectos de inversión con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2514132 y Nº 2464852, vinculados a la operación de endeudamiento externo aprobada mediante Decreto Supremo Nº 099-2021-EF; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 47 657 521,00 (CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 32186, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;