Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (20/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Viernes 20 de junio de 2025 El Peruano / de los comentarios, aportes u opiniones, que no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario; Que, de otro lado, conforme al artículo 3 de la Ley Nº 31961, Ley que fortalece la rectoría del Ministerio de Salud en vigilancia epidemiológica en salud pública e inteligencia sanitaria, el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC) es el órgano desconcentrado del Ministerio de Salud responsable de conducir y gestionar el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública e Inteligencia Sanitaria, así como de formular y proponer la normativa de la materia, desarrollar la investigación epidemiológica y el entrenamiento especializado en epidemiología del recurso humano del sector. Es el centro nacional de enlace con la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el marco del Reglamento Sanitario Internacional. Asimismo, lidera la promoción, prevención, preparación, respuesta y control frente a brotes, epidemias, pandemias y otros eventos de importancia para la salud pública (EVISAP); Que, con los documentos del visto, el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades propone la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 31727, Ley que promueve la creación del Observatorio Nacional para la Vigilancia de la Salud Integral de la Madre Gestante y del Recién Nacido, para sugerencias, comentarios o recomendaciones de los interesados, durante el plazo de quince (15) días calendario; Con el visado del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la O fi cina General de Tecnologías de la Información, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General, y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modi fi cado mediante los Decretos Supremos Nº 011- 2017-SA y Nº 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer que la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General efectúe la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 31727, Ley que promueve la creación del Observatorio Nacional para la Vigilancia de la Salud Integral de la Madre Gestante y del Recién Nacido, de su exposición de motivos y del Decreto Supremo que lo aprueba, en la sede digital del Ministerio de Salud (https://www.gob.pe/institucion/minsa/normas-legales), a efecto de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general, a través del correo electrónico: webmaster@minsa.gob.pe., o presentadas en la mesa de partes presencial, ubicada en la Avenida Salaverry Nº 801 - Jesús María, de lunes a viernes de 8:30 horas a 16:30 horas, durante el plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Encargar al Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, así como la elaboración de la propuesta fi nal de Reglamento. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2411429-1TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 090-2025-TR Lima, 19 de junio de 2025 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designe a la persona que asumirá dicho cargo; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, la Resolución Ministerial N° 194-2024- TR, que actualiza el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor LUIS EDGARDO VASQUEZ SANCHEZ, en el cargo de Asesor II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2411343-1 Aprueban el documento “Tipologías de la Informalidad Laboral” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000091-2025-TR Jesús María, 19 de junio del 2025VISTOS: El Memorándum N° 001074-2025-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; la Hoja de Elevación N° 000387- 2025-MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo; el Informe N° 000109-2025-MTPE/3/17.1 de la Dirección de Promoción del Empleo y Autoempleo; el Memorándum N° 000996-2025-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; la Hoja de Elevación N° 000543-2025-MTPE/2/16 de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo; el Informe N° 000027-2025- MTPE/2/16.5 de la Dirección de Supervisión y Evaluación; el Memorándum N° 000769-2025-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y la Hoja de