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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (20/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Viernes 20 de junio de 2025 El Peruano / Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, y sus modi fi catorias, se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, que tiene por objetivo Establecer la metodología para el proceso de elaboración (formulación o actualización) del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), conforme al Ciclo de Planeamiento Estratégico. Que, el numeral 1.2.de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, establece que cada pliego presupuestario formula su PEI, el cual constituye una referencia vinculante para todas sus unidades ejecutoras. A su vez, dichos pliegos y sus unidades ejecutoras - UE elaborarán su POI; asimismo que el PEI es un instrumento de gestión que identi fi ca la estrategia de la entidad para lograr sus objetivos, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve y cumplir su misión; Que, el numeral 1.4 de la Guía antes mencionada, señala que el CEPLAN veri fi ca y valida la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el plan superior; (este último deberá contar con Informe técnico de validación emitido por el CEPLAN), y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del PEI. Asimismo, luego de contar con el informe técnico emitido por CEPLAN, el Titular del pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, en el marco de la normativa vigente, con Resolución de Superintendencia N° 044-2018-SUSALUD/S, se conformó la Comisión de Planeamiento Estratégico, la misma que tiene como función: 1) Determinar el plan de trabajo para elaborar o modi fi car el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, 2) Priorizar los Objetivos Estratégicos Institucionales y Actividades Operativas, 3) Validar el documento del Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, y 4) Revisar los informes de evaluación del Plan Estratégico Institucional; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 056-2024-SUSALUD/S, se aprobó el Plan Estratégico Institucional 2024 - 2028 de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, mediante Acta N° 002-2025-SUSALUD/CPE, la Comisión de Planeamiento Estratégico de la entidad, validó el proyecto del Plan Estratégico Institucional 2025 - 2030 de la Superintendencia Nacional de Salud -SUSALUD; Que, el literal a) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, establece que es función del Consejo Directivo aprobar el Plan Estratégico Institucional, por lo que, mediante Acta de Sesión Ordinaria N° 011-2025- CD, el Consejo Directivo aprobó el Plan Estratégico Institucional de la Superintendencia Nacional de Salud 2025-2030; Que, luego de ello, mediante O fi cio N° D000589-2025- OGPPM-MINSA, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, en su calidad de Ente Rector del Sector Salud, emite la validación del Plan Estratégico Institucional de SUSALUD 2025 - 2030; Que, a través de O fi cio N° 000626-2025-CEPLAN- DNCP, la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, remite el Informe Técnico N° 000222-2025-CEPLAN-DNCPPEI, en donde se concluye que el Plan Estratégico Institucional 2025- 2030 de SUSALUD cumple con lo requerido por la normatividad vigente; Que, teniendo en cuenta los informes de vistos y la normativa reseñada en párrafos precedentes, corresponde la aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025-2030 de la Superintendencia Nacional de Salud -SUSALUD; Con los vistos del Gerente General, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud y; Estando a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1289 y el Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR, el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025-2030 de la Superintendencia Nacional de Salud -SUSALUD, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Salud, el seguimiento y evaluación del PEI 2025-2030. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; así como la publicación de la indicada resolución y del Plan Estratégico Institucional a que se re fi ere el artículo 1 del presente, en la página web Institucional (www.gob.pe/susalud). Artículo 4.- DISPONER la publicación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025-2030 de la Superintendencia Nacional de Salud en el Portal Institucional de SUSALUD (www.gob.pe/susalud) y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VELASCO GUERRERO Superintendente 2411110-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen ampliación de competencia territorial y material de órganos jurisdiccionales especializados en flagrancia, extendiéndose dicha competencia a todo el Distrito Judicial de Lima Centro, y dictan diversas disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000193-2025-CE-PJ Lima, 19 de junio del 2025 VISTO: El O fi cio N° 001011-2025-ST-CNF/PJ, cursado por señor Edman Rodríguez Vásquez, Secretario Técnico de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial, que contiene el Informe N° 000035-2025-ST-CNF-PJ sobre la propuesta de ampliación de competencia territorial y material de la Unidad Piloto de Flagrancia de Lima, Distrito Judicial de Lima. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, es el órgano máximo de dirección y gestión del Poder Judicial, cuya competencia abarca todo el territorio nacional. Dentro de sus funciones y atribuciones, se encuentra la adopción de acuerdos y la implementación de las medidas necesarias para garantizar que las dependencias del Poder Judicial operen con celeridad