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72 NORMAS LEGALES Viernes 20 de junio de 2025 El Peruano / y la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan la reubicación de órganos jurisdiccionales transitorios, de acuerdo con las necesidades del servicio y los recursos limitados disponibles para tal fi n. Quinto. Que, el artículo 82, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 772-2025 de la vigésima tercera sesión continuada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 4 de junio de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer, a partir del 1 de agosto del 2025, las siguientes medidas administrativas en las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Ayacucho, Callao, Cusco, Ica, Junín, Lambayeque, La Libertad, Piura, Tumbes, Ucayali y el Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio con sede en Lima: a. Convertir y reubicar el Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Junín, el cual no tiene juez titular, como Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Sihuas de la Corte Superior de Justicia de Áncash con la misma competencia territorial en su función Investigación Preparatoria que el Juzgado de Paz Letrado del mismo distrito, provincia y Corte Superior, con turno abierto y por el periodo de seis (6) meses. b. Disponer que el Juzgado de Paz Letrado del distrito y provincia de Sihuas de la Corte Superior de Justicia Ancash, no conocerá ningún proceso y/o incidente nuevo en función investigación preparatoria. c. Redistribuir toda la carga procesal en función Investigación Preparatoria del Juzgado de Paz Letrado del distrito y provincia de Sihuas de la Corte Superior de Justicia de Ancash, al Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior. d. Convertir y reubicar el Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, el cual no tiene juez titular, como Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito de Parcona, provincia y Corte Superior de Justicia de Ica, con la misma competencia territorial y funcional que el Juzgado de Investigación Preparatoria del mismo distrito, provincia y Corte Superior, con turno cerrado y por el periodo de seis (6) meses. e. Redistribuir de forma equitativa y aleatoria la cantidad total de 336 expedientes de procesos comunes en función investigación preparatoria del Juzgado de Investigación Preparatoria del distrito de Parcona, provincia y Corte Superior de Justicia de Ica al Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior. f. Convertir y reubicar el Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Callao, el cual no tiene juez titular, como Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito de Paiján y provincia de Ascope de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, con la misma competencia territorial en su función Investigación Preparatoria que el Juzgado de Paz Letrado del mismo distrito, provincia y Corte Superior, con turno abierto y por el periodo de seis (6) meses. g. Disponer que el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Paiján y provincia de Ascope de la Corte Superior de Justicia de la Libertad no conocerá ningún proceso y/o incidente nuevo en función investigación preparatoria. h. Redistribuir toda la carga procesal en función Investigación Preparatoria del Juzgado de Paz Letrado del distrito de Paiján y provincia de Ascope de la Corte Superior de Justicia de La Libertad al Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior. i. Convertir y reubicar la Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio del Subsistema Especializado en Extinción de Dominio con sede en la ciudad de Lima, el cual no tiene jueces titulares, como Sala Penal de Apelaciones Transitoria del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Cusco, con la misma competencia territorial y funcional que la 2° Sala Penal de Apelaciones del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia, con turno cerrado y por el periodo de seis (6) meses. j. Redistribuir de forma equitativa y aleatoria la cantidad total de 360 expedientes de procesos comunes en función penal de apelación desde la 1° y 2° Salas Penales de Apelaciones del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Cusco a la Sala Penal de Apelaciones Transitoria del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia. k. Convertir y reubicar el Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, el cual no tiene juez titular como Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Chiclayo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, con la misma competencia territorial y funcional que el 1°, 2°, 3°, 5°, 6°, 7° y 8° Juzgado de Investigación Preparatoria del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia, con turno cerrado y por el periodo de seis (6) meses. l. Redistribuir de forma equitativa y aleatoria la cantidad total de 336 expedientes de procesos comunes en función investigación preparatoria del 1°, 2°, 3°, 5°, 6°, 7° y 8° Juzgado de Investigación Preparatoria del distrito y provincia de Chiclayo y Corte Superior de Justicia de Lambayeque al Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia. m. Convertir y reubicar el Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, el cual no tiene juez titular como Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Sechura de la Corte Superior de Justicia de Piura con la misma competencia territorial en su función Investigación Preparatoria que el Juzgado de Paz Letrado del mismo distrito, provincia y Corte Superior, con turno abierto y por el periodo de seis (6) meses. n. Disponer que el Juzgado de Paz Letrado del distrito y provincia de Sechura de la Corte Superior de Justicia de la Piura no conocerá ningún proceso y/o incidente nuevo en función investigación preparatoria. o. Redistribuir toda la carga procesal en función Investigación Preparatoria del Juzgado de Paz Letrado del distrito y provincia de Sechura de la Corte Superior de Justicia de Piura al Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior. p. Convertir y reubicar el Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio con sede en Lima, el cual no tiene juez titular, como Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Padre Abad de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, con la misma competencia territorial en su función Investigación Preparatoria que el Juzgado de Paz Letrado del mismo distrito, provincia y Corte Superior, con turno abierto y por el periodo de seis (6) meses. q. Disponer que el Juzgado de Paz Letrado del distrito y provincia de Padre Abad de la Corte Superior de Justicia de la Piura no conocerá ningún proceso y/o incidente nuevo en función investigación preparatoria. r. Redistribuir toda la carga procesal en función Investigación Preparatoria del Juzgado de Paz Letrado del distrito y provincia de Padre Abad de la Corte Superior de Justicia de Ucayali al Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior.