TEXTO PAGINA: 33
33 NORMAS LEGALES Viernes 9 de mayo de 2025 El Peruano / en el Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2019-JUS. Artículo 2.- Autorizar al/a la Procurador/a Público/a del Ministerio de Economía y Finanzas a delegar, dentro del plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución, las facultades para conciliar a que se re fi ere dicho artículo a favor de los abogados que señale en el escrito respectivo para que, cuando sea conveniente a los intereses del Estado, puedan conciliar en los procesos judiciales tramitados con la Ley N° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, observando lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2019-JUS. Artículo 3.- Disponer que la Procuraduría Pública del Ministerio de Economía y Finanzas informe trimestralmente al Despacho Ministerial, así como a la Presidencia del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, sobre las conciliaciones realizadas en mérito de las autorizaciones concedidas en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ A. SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas 2397553-1 Resolución Ministerial que dispone que la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Competitividad y Formalización (CNCF), articule esfuerzos con el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas (EEME) y el Equipo Especial de Seguimiento de Inversiones (EESI) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 205-2025-EF/10 Lima, 8 de mayo del 2025 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 024-2002- PCM se constituyó el Consejo Nacional de Competitividad y Formalización (CNCF) como una comisión de coordinación de asuntos especí fi cos del Ministerio de Economía y Finanzas, siendo un espacio de articulación de los sectores público, privado y de la academia, encargada de desarrollar e implementar un Plan Nacional de Competitividad con el objeto de mejorar la capacidad del Perú para competir en el mercado internacional; Que, con Decreto Supremo N° 345-2018-EF se aprobó la Política Nacional de Competitividad y Productividad con el objetivo de disponer nueve objetivos prioritarios y lineamientos al sector público para mejorar proactivamente las intervenciones orientadas a incrementar la competitividad y productividad del país; Que, a fi n de cumplir con la conducción de la referida política se potenciaron las funciones del CNCF, mediante Decreto Supremo N° 038-2019-EF; sumándose a ello el encargo de la formulación y el seguimiento en la implementación del Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030, aprobado mediante Decreto Supremo N° 237-2019-EF y luego actualizado mediante Decreto Supremo N° 203-2024-EF; Que, acorde con el marco legal del Decreto Supremo N° 024-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 038-2019-EF, el CNCF cuenta con una Dirección Ejecutiva que depende funcionalmente y administrativamente del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, respondiendo sobre la dirección, supervisión y articulación de su Secretaría Técnica, la conducción de las relaciones interinstitucionales del CNCF, así como, en las coordinaciones con las autoridades de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, mediante el Decreto Supremo N° 008-2019-EF, se conformó el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas (EEME) en el Ministerio de Economía y Finanzas con el objeto de impulsar y promover la mejora y el desarrollo de diversos sectores productivos o transversales a fi n de mejorar la productividad del país, así como para mejorar el funcionamiento del Estado en áreas prioritarias, en concordancia con la Política Nacional de Competitividad y Productividad; disponiéndose mediante Decreto Supremo N° 053-2025-EF que dependa funcional y administrativamente del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el EEME facilita la coordinación público - público y público - privada, y contribuye con el diagnóstico e identi fi cación de problemas públicos con impacto en competitividad y productividad, las di fi cultades, barreras, ausencia o inadecuada prestación de bienes y servicios del sector público, con el objeto de impulsar y promover la mejora y el desarrollo de diversos sectores productivos o transversales a fi n de mejorar la productividad del país, en concordancia con la Política Nacional de Competitividad y Productividad; Que, mediante la Nonagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, se dispuso que el Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión (EESI) del Ministerio de Economía y Finanzas, implementado mediante Decreto Supremo N° 104- 2013-EF, elabore el diagnóstico preventivo de las trabas encontradas en la ejecución de la inversión, tanto de proyectos públicos, privados y públicos privados, según el sector asignado, así como proponer alternativas de solución, el seguimiento de proyectos de inversión pública, privada y público-privada a fi n de asegurar su ejecución, con el objeto de mantener la sostenibilidad del crecimiento económico y mejorar la competitividad del país; Que, a través del Decreto Supremo N° 054-2025-EF se modi fi can disposiciones para el funcionamiento del EESI disponiendo que dependa funcional y administrativamente del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, conforme con sus competencias y funciones, se desprende que el CNCF, el EEME y EES comparten la característica de ser espacios de coordinación con los sectores públicos, y público-privada orientados bajo el objetivo común de mejorar la competitividad del país; Que, se considera pertinente que se articulen sus esfuerzos para una mayor fl uidez en el intercambio de información y e fi ciencia de acciones en miras al logro de resultados comunes, en especial respecto de las decisiones de adopción de políticas públicas provenientes del Despacho Ministerial; Que, la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo N° 038-2019-EF, establece que los espacios de articulación público-privados de sectores y/o entidades, como las mesas ejecutivas, grupos multisectoriales y otros grupos de trabajo que, indistintamente a su denominación o su fi nalidad, tengan algún impacto directo o indirecto en la Política Nacional de Competitividad y Productividad prestan colaboración al Consejo Nacional de Competitividad y Formalización (CNCF), así como también a los Comités Técnicos Público - Privados, dentro del ámbito de sus competencias y funciones; Que, es competencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41, entre otros, armonizar la actividad económica y fi nanciera nacional para promover la competitividad, la mejora continua de productividad y el funcionamiento e fi ciente de los mercados, así como promover la e fi ciente asignación de recursos; y, De conformidad, con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Supremo N° 024-2002-PCM, Crean el Consejo Nacional de Competitividad y Formalización; en el Decreto Supremo N° 008-2019-EF, conforman el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas y establecen disposiciones para el funcionamiento de Mesas Ejecutivas; en el Decreto Supremo N° 104-2013- EF, que declara de interés nacional y prioritaria la promoción