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22 NORMAS LEGALES Viernes 9 de mayo de 2025 El Peruano / emite opinión favorable al viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor General FAP Luis Emilio CORTIJO ROSELL, como titular, y del Coronel FAP Eduardo Antonio LEDESMA BARBA, como suplente, para participar en el Curso de Altos Estudios Estratégicos para O fi ciales Superiores Iberoamericanos (AEEOSI), a realizarse en el lugar y fechas programadas; Que, de acuerdo con la Exposición de Motivos emitida por el Departamento de Especialización, Capacitación y Perfeccionamiento de la Dirección General de Educación y Doctrina de la FAP, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior del personal militar FAP para participar en el citado curso; por cuanto, la capacitación repercutirá en bene fi cio de la misma Institución, logrando con esto contar con personal actualizado y cali fi cado, por cuanto se contará con O fi ciales perfeccionados académicamente y con una cultura de unidad, entendimiento y responsabilidad, fortaleciendo la esencia del cargo Directivo; Que, de acuerdo a lo señalado en la Carta s/n de la Ministra de Defensa del Reino de España, el Ministerio de Defensa del Reino de España cubrirá los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales (ida y vuelta), costo del curso, alojamiento y manutención (alimentación), a excepción del transporte local para el participante; por lo que, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 3 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicios en caso de misión de estudios, comisión de servicios y tratamiento médico altamente especializado con fi nanciamiento parcial, corresponde que se le otorgue el pago del veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero para cubrir el gasto de transporte local del personal autorizado; Que, según la Hoja de Gastos N° 72 DGVC-ME/ SIAF-RP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto del veinte por ciento (20%) de compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, concordante con el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004- DE/SG; Que, asimismo, conforme al Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 0000000009, emitido por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestaria de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación; así como, su retorno dos (2) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto al Tesoro Público; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado del personal Militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo N° 1143, el O fi cial Superior nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, mediante O fi cio EXTRA FAP N° 001710-2025-SECRE/FAP, del 28 de abril de 2025, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor General FAP Luis Emilio CORTIJO ROSELL, identi fi cado con NSA N° O-95849 y DNI N° 43382229 (Titular), y del Coronel FAP Eduardo Antonio LEDESMA BARBA, identi fi cado con NSA N° O-96058 y DNI N° 19189653 (Suplente), para participar en el Curso de Altos Estudios Estratégicos para O fi ciales Superiores Iberoamericanos (AEEOSI), a realizarse en el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional, ubicado en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 12 de mayo al 27 de junio de 2025; así como, autorizar su salida del país el 10 de mayo y su retorno el 29 de junio de 2025; Que, mediante el O fi cio N° 00911-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN la Dirección General de Relaciones Internacionales remite el Informe Técnico N° 98-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU que contiene la opinión técnica favorable de dicha Dirección General respecto a la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del mencionado personal militar; Que, por medio del Informe Legal N° 00851-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor General FAP Luis Emilio CORTIJO ROSELL (Titular), y del Coronel FAP Eduardo Antonio LEDESMA BARBA (Suplente), para participar en el Curso de Altos Estudios Estratégicos para O fi ciales Superiores Iberoamericanos (AEEOSI), a realizarse en el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional, ubicado en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 12 de mayo al 27 de junio de 2025; así como, autorizar su salida del país el 10 de mayo y su retorno el 29 de junio de 2025. Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular. Artículo 3.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectúa el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo al concepto siguiente: Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero € 5,998.37 / 31 x 20 días x 1 persona x 20% = € 774.00 € 5,998.37 / 31 x 27 días x 1 persona x 20% = € 1,044.90 TOTAL A PAGAR EN EUROS = € 1,818.90