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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2025 (10/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Sábado 10 de mayo de 2025 El Peruano / públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán FAP EULER ABDEL SALDIVAR ESPEJO (titular) y del Teniente FAP RONALD BUSTAMANTE VÁSQUEZ (suplente), para participar en la actividad UR-10 “Semana de Visitas Operativas”, a realizarse en el Servicio Meteorológico, ubicado en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 12 al 16 de mayo de 2025; así como, autorizar su salida del país el 11 de mayo y su retorno el 17 de mayo de 2025. Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Montevideo (República Oriental del Uruguay) - Lima US$ 1,998.39 x 1 persona US$ 1,998.39 Viáticos US$ 370.00 x 5 días x 1 persona x 20% US$ 370.00 Total a pagar en dólares americanos: US$ 2,368.39 Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de personal autorizado. Artículo 5.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, y su modi fi catoria. Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2397799-1 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a la República Francesa, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00533-2025-DE Lima, 8 de mayo del 2025VISTOS:El O fi cio N° 2439/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 00761-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00894-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica.CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° 176/MDD/PER/AD/NP, la Agregada de Defensa ante la Embajada de Francia en el Perú informa al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, que el Capitán de Navío Fernando Andrés SARMIENTO ROZAS ha sido seleccionado para seguir el Programa “Personnalité d’Avenir Défense”, organizado por el Estado Mayor de las Fuerzas Armadas Francesas, a realizarse del 2 al 6 de junio de 2025; Que, por medio del O fi cio N° 0316/42, el Secretario de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú informa a la Agregada de Defensa ante la Embajada de Francia en el Perú que la citada Institución Armada ha efectuado la evaluación correspondiente, emitiendo opinión favorable a la participación del Capitán de Navío Fernando Andrés SARMIENTO ROZAS, en el Programa “Personal Futuro de Defensa”; Que, a través del Informe Legal N° 004-2025, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal del Estado Mayor General de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del mencionado O fi cial Superior para participar en el referido programa, a realizarse en la ciudad de París, República Francesa, del 2 al 6 de junio de 2025; Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto permitirá el intercambio de experiencias e información de índole profesional y aspectos de interoperabilidad para la seguridad nacional, en bene fi cio de la Marina de Guerra del Perú. Asimismo, permitirá fortalecer los vínculos de amistad y cooperación entre las instituciones participantes; Que, conforme a lo indicado en la Carta N° 176/ MDD/PER/AD/NP de la Agregada de Defensa ante la Embajada de Francia en el Perú, los gastos por concepto de pasajes aéreos, hospedaje, alimentación y programa serán cubiertos por Francia, a excepción del transporte interno; por lo que, debe otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográ fi ca, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013- DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan fi nanciamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, para cubrir el gasto de transporte interno del personal autorizado; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos N° 044-2025, suscrita por el Jefe de la División de Pasaportes, Visas y Viáticos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Jefe de la O fi cina de Gestión de Remuneraciones, Pasajes y Viáticos de dicha Institución Armada, el fi nanciamiento parcial equivalente al veinte por ciento (20%) de viáticos se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 053-2025, el Jefe de la O fi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección General de Personal de la Marina de Guerra del Perú, detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, con la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000002 emitida por el Departamento de Evaluación y Ejecución Presupuestaria de la Dirección de Presupuesto de la citada Institución Armada, se garantiza su fi nanciamiento; Que, con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;