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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2025 (10/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Sábado 10 de mayo de 2025 El Peruano / DSV de fecha 06 de mayo de 2025, en el que se exponen las razones técnicas que justi fi can la participación de las referidas servidoras en la Reunión; Que, en dicho informe se señala que los bene fi cios a obtenerse con la participación del SENASA en la Reunión, son los siguientes: Permitir el acceso de nuevos productos agrícolas a nuevos mercados, otorgando de esta manera alternativas para el crecimiento y desarrollo de nuestra agroexportación, la misma que en el año 2024 ha tenido un incremento del 22.1% en comparación con el año anterior; el ingreso de productos a los Estados Unidos, como espárragos frescos, aguaymanto, pitahaya y cúrcuma, permitirá mejorar su demanda e incentivará a que los productores y empresas peruanas incrementen las áreas de cultivo, mejorando la economía del productor peruano y generando mayor tasa de empleabilidad; obtener nuevo material genético de plantas que permita diversi fi car la cartera de productos exportables, generando mayores oportunidades de inversión y desarrollo agrícola nacional; generar el crecimiento de las áreas productivas de productos agrícolas y la necesidad de buscar nuevas ventanas comerciales que favorezcan a todos los actores de la cadena agroexportadora; y, agilizar, por parte del SENASA, el proceso de apertura de nuevos mercados internacionales a través de las negociaciones en temas fi tosanitarios con las autoridades de protección vegetal, correspondientes; Que, a través del Memorando Nº 1038-2025-MIDAGRI- SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto - OGPP, remite el Informe Nº 0251-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI, mediante el cual, la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales - OCAI, señala que el expediente de autorización de viaje de la señora Vilma Aurora Gutarra García, Jefa; Enne María Carrillo Esquerre, Especialista en Importaciones III de la Subdirección de Cuarentena Vegetal; y, Cecilia Felicitas Lévano Stella, Especialista en Sanidad Agraria III de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA, cumple con acompañar, debidamente visados, los anexos requeridos en el numeral 6.1.1.3 de la Directiva Sectorial Nº 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización de viaje, otorgamiento y el control de pasajes, viáticos, y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI, en adelante la Directiva; Que, asimismo, la OCAI señala que dada la naturaleza de la Reunión, es de interés nacional e institucional autorizar el viaje de las referidas servidoras del SENASA, en tanto su participación en la Reunión permitirá agilizar el proceso administrativo normativo para la publicación de la norma que aprueba los requisitos fi tosanitarios para la exportación desde Perú de espárrago fresco, aguaymanto, pitahaya, frutas frescas y cúrcuma fresca; concretar el proceso de ampliación de la autorización a demás territorios fuera del continente para la importación de frutas cítricas desde Perú; agilizar la incorporación del nuevo programa de tratamiento de frío para mandarinas en el Manual de Tratamientos – APHIS; iniciar con el proceso de ARP para la exportación de limón eureka desde Perú; darle seguimiento y actualización de las gestiones de acceso de las siguientes frutas y productos: frutas frescas, granada, granadilla, mango y frambuesa; y, conocer el programa de manejo y diagnóstico fi tosanitario de viveros exportadores de material genético de berries y prunus, que permita la importación al Perú de plantas libres de plagas; Que, los gastos que irrogue el viaje de las servidoras comisionadas, por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, según lo señalado en la certi fi cación de crédito presupuestario contenida en las Notas Nº 0000002385, N° 0000002420, N° 0000002421 y Nº 0000002556; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, prevé que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, se otorga por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización debe sustentarse en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo de viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, establece que las resoluciones de autorización de viaje que irroguen gastos al Tesoro Público, deberán publicarse en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, mediante Informe N° 0610-2025-MIDAGRI-SG/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mani fi esta que se ha cumplido con la normativa en materia de autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y que, por tanto, debe procederse a la emisión del acto resolutivo de autorización del viaje de las servidoras Vilma Aurora Gutarra García, Enne María Carrillo Esquerre y Cecilia Felicitas Lévano Stella, con la fi nalidad de que participen en la Reunión; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de asegurar la participación de las servidoras comisionadas, resulta necesario autorizar su viaje del 12 al 16 de mayo de 2025, conforme se señala en el Anexo 5 – Formato de Información del Servidor Civil para Viaje al Exterior - de la Directiva y a la reserva de vuelos que obra en el expediente; Con las visaciones de la Viceministra de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modi fi catoria; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI y, la Directiva Sectorial N° 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización del viaje, otorgamiento y control de pasajes, viáticos y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI-SG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, de la señora Vilma Aurora Gutarra García, Jefa; Enne María Carrillo Esquerre, Especialista en Importaciones III de la Subdirección de Cuarentena Vegetal; y, Cecilia Felicitas Lévano Stella, Especialista en Sanidad Agraria III de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA, a las ciudades de Portland y McMinnville, Estado de Oregón