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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2025 (23/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Viernes 23 de mayo de 2025 El Peruano / Artículo 4. Ámbito de aplicación Los Procedimientos son de aplicación a todas las municipalidades provinciales y distritales del país priorizadas en la etapa de diseño de compromisos, indicadores y metas. TÍTULO II COMPROMISOS, INDICADORES Y METAS DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA MEJORA DE LA GESTIÓN MUNICIPAL Artículo 6. Compromisos, indicadores y metas 6.1. Las municipalidades deben cumplir con las metas de los indicadores asociados a los compromisos que se muestran en la Tabla 1 junto a las entidades que lideran su implementación. Tabla 1: Compromisos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondiente a la edición 2025 Compromiso Entidad implementadora Compromiso 1: Mejora del estado nutricional y de salud de los niños hasta los 12 meses de edad, a través de la mejora de la adherencia en el uso y consumo oportuno del suplemento de hierroMinisterio de Salud (MINSA) Compromiso 2: Mejorar los niveles de recaudación del Impuesto Predial (IP)Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) Compromiso 3: Fortalecimiento y ampliación del Registro de información Social (RIS)Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) Compromiso 4: Mejorar la prestación de servicios de agua potable y saneamiento ruralMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) Compromiso 5: Fortalecer el rol de los Gobiernos Locales (GL) en favor de la seguridad ciudadanaMinisterio del Interior (MININTER) 6.2. Los indicadores, fi chas técnicas y metas relacionado a cada compromiso se aprueban y publican mediante resolución directoral emitida por la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP) en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef). 6.3. Para calcular la asignación condicionada de recursos del PI, se toma en consideración la metodología descrita en el Anexo I de estos Procedimientos. TÍTULO III IMPLEMENTACIÓN DE LOS COMPROMISOS DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA MEJORA DE LA GESTIÓN MUNICIPAL Artículo 7. Asistencia técnica a las entidades implementadoras de los compromisos 7.1. La DGPP brinda asistencia técnica en el marco del PI a las entidades implementadoras de los compromisos sobre las etapas de: i) diseño de compromisos, indicadores y metas; ii) implementación de compromisos para el cumplimiento de metas; y, iii) veri fi cación del cumplimiento de metas, que se desarrollan como parte de la operatividad del PI. 7.2. Las entidades implementadoras de los compromisos tienen la responsabilidad de participar en las reuniones bilaterales, actividades de presentación, difusión, talleres de capacitación y demás actividades convocadas por la DGPP en el marco del PI. Artículo 8. Asistencia técnica y monitoreo a las municipalidades 8.1. Las entidades implementadoras de los compromisos brindan asistencia técnica y realizan el monitoreo a las municipalidades para el cumplimiento de las metas establecidas, en coordinación con la DGPP para alcanzar así ́ los objetivos del PI. 8.2. Las entidades implementadoras de los compromisos son responsables de atender los requerimientos solicitados por las municipalidades durante todas las etapas del PI y post transferencias de recursos. 8.3. Las entidades implementadoras de los compromisos deben remitir su plan de asistencia técnica y monitoreo a la DGPP, conforme a lo propuesto en la etapa de diseño, y según la estructura establecida en el Anexo II de estos Procedimientos, en un plazo no mayor de veinte (20) días hábiles, contados a partir de la publicación de la norma que aprueba los Procedimientos. 8.4. Las entidades implementadoras de los compromisos deben: i) Ejecutar el plan de asistencia técnica y monitoreo; ii) Publicar los medios, materiales y el cronograma de asistencia técnica establecido en el plan de asistencia técnica y monitoreo; iii) Publicar el/los instrumento(s) de monitoreo en la periodicidad y recursos de fi nido(s) en la etapa de diseño; iv) Garantizar la disponibilidad de canales de comunicación para las municipalidades que faciliten la implementación de los compromisos; v) Socializar la información del avance de los indicadores y monitoreo conforme a lo establecido en el plan de asistencia técnica y monitoreo; vi) Garantizar los recursos humanos y fi nancieros para la implementación de la asistencia técnica requerida, con cargo a su disponibilidad presupuestaria, conforme a lo propuesto en la etapa de diseño; y, vii) Atender solicitudes de reunión solicitadas por representantes de la municipalidad en cualquiera de las etapas del PI. 8.5. La publicación de los documentos, materiales, instrumentos e información descritos en los puntos ii) al v) del numeral 8.4, se realiza conforme a los establecido en el Anexo III de estos Procedimientos. 8.6. Las entidades implementadoras de los compromisos son responsables de asegurar el correcto funcionamiento de los medios informáticos utilizados para la implementación del compromiso, y capacitar al personal designado por la municipalidad para su correcto uso. 8.7. Las entidades implementadoras de los compromisos deben remitir a la DGPP: i) un informe respecto de la implementación de la asistencia técnica y monitoreo y ii) un informe que contenga las acciones realizadas que aseguren la validación de evidencias que se registran por parte de las municipalidades en los medios de veri fi cación que se utilizan para realizar la verifi cación de cumplimiento de las metas de indicadores, hasta treinta (30) días calendario contados a partir del día siguiente de haberse publicado los resultados fi nales a los que hace referencia el numeral 10.2 del artículo 10 de los Procedimientos. Artículo 9. Designación del Coordinador PI 9.1. El Alcalde, bajo responsabilidad, mediante resolución de alcaldía designa al Gerente de Planeamiento y Presupuesto u otro funcionario como Coordinador PI, quien es responsable de coordinar con las distintas áreas de la municipalidad para garantizar la adecuada implementación de las metas establecidas. 9.2. El Coordinador PI de la municipalidad tiene la responsabilidad de facilitar a los servidores municipales, que tienen a su cargo el cumplimiento de un compromiso, toda la información que contribuya al cumplimiento de las metas, así como información remitida por la DGPP y/o las entidades implementadoras de los compromisos. 9.3. Es responsabilidad del Alcalde facilitar la participación del Coordinador PI y de los servidores municipales designados como responsables de la gestión de los compromisos, a los eventos de asistencia técnica y monitoreo convocados por la DGPP y las entidades implementadoras de los compromisos.